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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MARZO DEL AÑO 2000 (03/03/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 18

Pág. 184340 NORMAS LEGALES Lima, viernes 3 de marzo de 2000 cancelará la Inscripción, según corresponda, publicando la resolución correspondiente en el Diario Oficial El Pe- ruano; Que, de la revisión efectuada, se tiene que la em- presa en mención ha incumplido con comunicar oportunamente la variación de su plantel técnico, por lo que siendo así, en aplicación de la acotada norma legal, resulta pertinente disminuir la Capacidad de Contratación otorgada a la empresa ETA CONTRA- TISTAS GENERALES S.R.L., ante el Registro Nacio- nal de Contratistas, de CINCUENTA MILLONES DE NUEVOS SOLES (S/.50'000,000.00) a la suma de VEIN- TITRES MILLONES DOSCIENTOS MIL NUEVOS SOLES (S/. 23'200,000.00), por ende, modificar el pri- mer párrafo de la parte resolutiva de la Resolución de Gerencia Nº 2093-99/RNC-CONSUCODE del 2.9.99, procediéndose en consecuencia a emitir de oficio un nuevo certificado de Inscripción a favor de la empresa ETA CONTRATISTAS GENERALES S.R.L., con la nueva Capacidad Máxima de Contratación dispuesta por la presente Resolución, por el término que resta del certificado anterior; Que, estando a la facultad conferida por Resolución Nº 069-99-CONSUCODE/PRE, a lo dispuesto por los Artícu- los 20º y 25º de la R.M. Nº 043-99-PCM, al D.S. Nº 047-98- PCM, Artículo 14º incisos c) y h), y a lo informado por el Registro Nacional de Contratistas; SE RESUELVE: 1.- Modificar el primer párrafo de la parte resolutiva de la Resolución de Gerencia Nº 2093-99/RNC-CONSU- CODE del 2.9.99, únicamente en el extremo que otorga la Capacidad Máxima de Contratación a la empresa ETA CONTRATISTAS GENERALES S.R.L., la cual a partir de la fecha, disminuye a la suma de VEINTITRES MI- LLONES DOSCIENTOS MIL NUEVOS SOLES (S/. 23'200,000.00), por contar ésta con sólo cuatro (4) profe- sionales como integrantes de su plantel técnico y no con cinco (5) como se requiere de acuerdo a ley. 2.- Dejar sin efecto legal, el CERTIFICADO DE INS- CRIPCION Nº 1706 del 7.9.99 otorgado a la mencionada empresa. 3.- Emitir de oficio, nuevo Certificado de Inscripción a favor de la empresa ETA CONTRATISTAS GENERA- LES S.R.L., con la nueva Capacidad Máxima de Contra- tación dispuesta por la presente Resolución, por el térmi- no que resta del certificado anterior, previa devolución de la original del Certificado de Inscripción Nº 1706. 4.- Declarar que la empresa ETA CONTRATISTAS GENERALES S.R.L., tiene expedito su derecho a solici- tar nuevamente el AUMENTO DE CAPACIDAD DE CONTRATACION, regularizando la falta de integrante de Plantel Técnico en dicha solicitud. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN VARGAS DE ZELA Gerente de Registros 2543 Anulan inscripciones otorgadas a empresas en el Registro Nacional de Contratistas CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION DE GERENCIA Nº 0227-2000-RNC-CONSUCODE San Isidro, 31 de enero de 2000 Vista la solicitud de INSCRIPCION otorgada a la empresa INVERSIONES CAN CUN BEACH S.A. con Registro Nº 7973 mediante Resolución de Gerencia Nº 2752-99/RNC-CONSUCODE del 28.10.99, relacionado con el Proceso de Fiscalización Posterior.CONSIDERANDO: Que, el 14.10.99 doña Angélica Eulalia Gonzales Acu- ña, Representante Legal de la empresa INVERSIONES CAN CUN BEACH S.A., solicitó la INSCRIPCION de su representada ante el Registro Nacional de Contratistas, solicitud que fue aprobada mediante Resolución de Ge- rencia Nº 2752-99/RNC-CONSUCODE del 28.10.99, con una Capacidad Máxima de Contratación de QUINIEN- TOS MIL NUEVOS SOLES (S/. 500,000.00), expi- diéndosele el Certificado de Inscripción Nº 2119 de fecha 4.11.99, con vigencia hasta el 27.10.2001, en razón de haber cumplido con presentar los requisitos legales corres- pondientes, acreditando como integrante de su plantel técnico, al ingeniero Ciro Angel Sihuay Pedrosa; Que, de la fiscalización posterior efectuada a la docu- mentación recaudada por la empresa INVERSIONES CAN CUN BEACH S.A., en su referida solicitud, se verificó que el único profesional integrante de su plantel técnico, el ingeniero Ciro Angel Sihuay Pedrosa; ha deja- do de pertenecer a la misma, conforme es de verse de la carta remitida a este Consejo Superior por el referido profesional con fecha 3.12.1999, obrante a fojas 59; Que, el Artículo 20º de la Resolución Ministerial Nº 043-99-PCM, establece como requisito para estar inscrito en el Registro Nacional de Contratistas, acreditar Capa- cidad Técnica; la cual está dada por la conformación del plantel técnico; que para el presente caso es de un inge- niero o arquitecto, en razón que la Capacidad de Contra- tación otorgada a la empresa es de QUINIENTOS MIL NUEVOS SOLES (S/. 500,000.00); Que, el Artículo 25º de la acotada norma legal, estipula que los Ejecutores de Obras, están obligados a comunicar al CONSUCODE dentro de los diez días siguientes al término de cada mes, las variaciones de su plantel técnico; de no hacerlo y ser detectado por CONSUCODE, éste de oficio le disminuirá la Capacidad de Contratación o le cancelará la Inscripción, según corresponda, publicando la resolución correspondiente en el Diario Oficial El Pe- ruano; Que, de la revisión efectuada, se tiene que la empresa en mención ha incumplido con comunicar oportunamente la variación de su plantel técnico, por lo que siendo así, en aplicación de la acotada norma legal, resulta pertinente anular la INSCRIPCION otorgada a la referida empresa, así como el Certificado de Inscripción expedido a su favor, por carecer ésta de plantel técnico alguno; Que, estando a la facultad conferida por Resolución Nº 069-99-CONSUCODE/PRE, a lo dispuesto por los Artícu- los 20º y 25º de la R.M. Nº 043-99-PCM, al D.S. Nº 047-98- PCM, Artículo 14º incisos c) y h), y a lo informado por el Registro Nacional de Contratistas; SE RESUELVE: 1.- Anular la INSCRIPCION otorgada a la empresa INVERSIONES CAN CUN BEACH S.A., en el Registro Nacional de Contratistas, Reg. Nº 7973; en consecuencia, dejar sin efecto legal la Resolución de Gerencia Nº 2752- 99-RNC-CONSUCODE del 28.10.99. 2.- Dejar sin efecto legal, el CERTIFICADO DE INS- CRIPCION Nº 2119 de fecha 4.11.99 emitida a nombre de la mencionada empresa. 3.- Declarar que la empresa INVERSIONES CAN CUN BEACH S.A., tiene expedito su derecho a solicitar la RENOVACION de Inscripción, regularizando la falta de su Capacidad Técnica en dicha solicitud. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN VARGAS DE ZELA Gerente de Registros 2544 CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION DE GERENCIA Nº 0262-2000-RNC-CONSUCODE San Isidro, 3 de febrero de 2000