Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2000 (31/03/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 31 de marzo de 2000

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Disponen contratacion de suministro de combustibles y lubricantes para vehiculos mediante procedimiento de adjudicacion directa de menor cuantia
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 134-2000 La MORDAZA, 27 de marzo de 2000 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA VISTO: El Informe Nº 026-2000-MDLM-OA de fecha 20 de marzo del 2000 de la Oficina de Administracion en el cual informan que luego de realizada la MORDAZA convocatoria de la Licitacion Publica Nº 001-CE-99 ha sido declarada desierto por MORDAZA vez el Item I: Suministro de combustibles y lubricantes para la flota de vehiculos de la Municipalidad de La MORDAZA, por lo que debera seguirse con el tramite dispuesto por el inciso f) del Articulo 19º y los Articulos 20º, 13º y 32º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad de La MORDAZA convoco a la Licitacion Publica Nº 001-CE-99 para el suministro de combustibles y lubricantes para su flota de vehiculos para el Ejercicio Fiscal 2000, habiendo sido declarado desierto al no haberse presentado postores, siendo por ello necesario que se convoque a un MORDAZA MORDAZA de Licitacion Publica, de conformidad con lo establecido en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento; Que, realizado el acto de la MORDAZA convocatoria fue declarado desierto por MORDAZA vez al no haberse presentado postores; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso f) del Articulo 19º y los Articulos 20º, 13º y 32º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, cuando un mismo MORDAZA de seleccion sea declarado desierto en dos oportunidades, la Entidad convocante podra realizar una Adjudicacion Directa de menor cuantia; Que, de conformidad con lo establecido en el penultimo parrafo del Articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las exoneraciones de los procesos de seleccion deben hacerse de conocimiento, bajo responsabilidad de la mas alta autoridad presupuestaria, de la Comision de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la Republica, del Ministerio de Economia y Finanzas y de la Contraloria General de la Republica dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, en el inciso f) del Articulo 19º de la Ley Nº 26850 se establece que cuando se declare desierto un MORDAZA de seleccion en dos oportunidades la Entidad debera remitir, dentro de los diez dias siguientes a la fecha de su aprobacion, el expediente correspondiente a la Contraloria General de la Republica para su evaluacion; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo establecido en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento y en uso de las facultades conferidas por el Articulo 47º de la Ley Nº 23853, Organica de Municipalidades; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de Licitacion Publica para el suministro de combustibles y lubricantes para la flota de vehiculos de la Municipalidad de La MORDAZA, debiendo contratarse dicho

suministro siguiendo el procedimiento de Adjudicacion Directa de menor cuantia. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente exoneracion, dentro de los diez dias calendario siguientes, de la Comision de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la Republica, del Ministerio de Economia y Finanzas y de la Contraloria General. Articulo Tercero.- Remitir dentro de los diez dias siguientes a la Contraloria General de la Republica el expediente correspondiente para su evaluacion. Articulo Cuarto.- Publicar el presente dispositivo municipal en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Quinto.- Encargar a la Unidad de Logistica, como Organo encargado, el cumplimiento de lo dispuesto en el Primer Articulo de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LEQUIEN MORDAZA 3688

Disponen contratacion de servicio de mantenimiento de areas verdes mediante procedimiento de adjudicacion directa de menor cuantia
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 135-2000 La MORDAZA, 27 de marzo de 2000 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA VISTO: El Informe Nº 026-2000-MDLM-OA de fecha 20 de marzo del 2000 de la Oficina de Administracion en el cual informan que luego de realizada la MORDAZA convocatoria del Concurso Publico Nº 001-CE-99 ha sido declarada desierto por MORDAZA vez el Item I: Mantenimiento de Areas Verdes MORDAZA II, por lo que debera seguirse con el tramite dispuesto por el inciso f) del Articulo 19º y los Articulos 20º, 13º y 32º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad de La MORDAZA convoco al Concurso Publico Nº 001-CE-99 para la contratacion de los servicios necesarios para el Ejercicio Fiscal 2000, de los cuales quedaron desiertos el Item IV Serenazgo y la MORDAZA Nº II del Item III Mantenimiento y Recuperacion de Areas Verdes, siendo por ello necesario que se convoque a un MORDAZA MORDAZA de Concurso Publico, de conformidad con lo establecido en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento; Que, realizado el acto de la MORDAZA convocatoria fue declarado desierto por MORDAZA vez el Item I: Mantenimiento de Areas Verdes MORDAZA II, al haberse presentado un solo postor; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso f) del Articulo 19º y los Articulos 20º, 13º y 32º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, cuando un mismo MORDAZA de seleccion sea declarado desierto en dos oportunidades, la Entidad convocante podra realizar una Adjudicacion Directa de menor cuantia; Que, de conformidad con lo establecido en el penultimo parrafo del Articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las exoneraciones de los procesos de seleccion deben hacerse de conocimiento, bajo responsabilidad de la mas alta autoridad presupuestaria, de la Comision de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la Republica, del Ministerio de Economia y Finanzas y de la Contraloria General de la Republica dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion;

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