Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2000 (31/03/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 31 de marzo de 2000

nandolo como Juez del MORDAZA MORDAZA Juzgado Especializado en lo Penal, a partir del 31 de marzo del ano en curso, en reemplazo del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Huerta. Articulo Sexto.- DESIGNAR a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Juez Suplente del Primer Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA de Miraflores, a partir del 31 de marzo del ano en curso, por promocion del Dr. MORDAZA MORDAZA Zarria Carbajo. Articulo Septimo.- PONER la presente resolucion en conocimiento de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, de la Secretaria Ejecutiva de la misma, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General, de la Oficina de Supervision de Personal, de la Fiscalia de la Nacion, de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico y de los Magistrados interesados, para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA INFANTES MORDAZA Presidente Corte Superior de Justicia de MORDAZA 3741

los presuntos autores comprendidos en el Informe Nº 12899-CG/SCU, remitiendose para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CASO LAY Contralor General de la Republica 3714

Autorizan a procurador iniciar MORDAZA judicial contra presuntos responsables de la comision de delitos en agravio de la Municipalidad Distrital de MORDAZA
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 067-2000-CG MORDAZA, 23 de marzo de 2000 Visto, el Informe Nº 129-99-CG/SMO, resultante del Examen Especial practicado en la Municipalidad Distrital de MORDAZA de la provincia de Tarapoto, departamento de San MORDAZA, periodo enero 1997 a noviembre 1998; y, CONSIDERANDO: Que, en el desarrollo del Examen Especial practicado por la Contraloria General de la Republica en la Municipalidad Distrital de MORDAZA de la provincia de Tarapoto, departamento de San MORDAZA, en cumplimiento del Plan Operativo del ejercicio 1998 de la Sede Regional de Auditoria Moyobamba, han sido evidenciados, entre otros, indicios razonables de comision de delito en la adquisicion a la empresa Nutrientes MORDAZA S.A. de 71 152,77 kilogramos de productos lacteos valorizados en S/. 284 792,00 (Doscientos ochenticuatro mil setecientos noventidos y 00/100 Nuevos Soles), empleando para el efecto la modalidad de adjudicacion directa; Que, dichas adquisiciones se efectuaron durante los meses de enero, febrero, MORDAZA y MORDAZA de 1997 y los periodos julio-diciembre 1997 y enero-noviembre 1998, por disposicion del MORDAZA y sin solicitar un minimo de tres (3) cotizaciones, pagando precios que fluctuan entre S/. 3,90 (Tres y 90/100 Nuevos Soles) y S/. 4,20 (Cuatro y 20/100 Nuevos Soles) por kilogramo, que resultan mayores a los ofertados a las municipalidades aledanas tales como la Municipalidad Provincial de San MORDAZA y la Municipalidad Distrital de La Banda de Shilcayo; Que, asimismo se ha determinado que las ordenes de compras correspondientes a los meses de enero, febrero, MORDAZA 1997, periodo agosto-noviembre 1997 y febrero, junio, agosto y octubre 1998 por 37 086,47 kilogramos valorizados en S/. 147 742,03 (Ciento cuarentisiete mil setecientos cuarentidos y 03/100 Nuevos Soles) fueron elaboradas y emitidas con caracter de regularizacion luego del ingreso de los bienes al almacen; Que, igualmente se ha determinado que el senor MORDAZA dispuso la entrega de 694,11 kilogramos de productos lacteos valorizados en S/. 2 795,14 (Dos mil setecientos noventicinco y 14/100 Nuevos Soles), a personas no beneficiarias del Programa del Vaso de Leche, informando a la Contraloria General de la Republica, mediante los respectivos formularios de "Informacion Mensual del Programa del Vaso de Leche" correspondiente a los periodos marzomayo y agosto-octubre de 1998, que tal cantidad habia sido distribuida a los beneficiarios; Que, todos estos hechos se encuadran en los delitos Contra la Administracion Publica, en las modalidades de Colusion y Peculado previstos y penados en los Articulos 384º y 387º del Codigo Penal, respectivamente, asi como Contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Generica, previsto y penado en el Articulo 438º del mismo Codigo; Que, en tal sentido, se hace necesario autorizar al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que formule la denuncia respectiva ante el Ministerio Publico contra los presuntos responsables;

CONTRALORIA GENERAL
Autorizan a procurador formular denuncia penal contra presuntos responsables de delito en agravio de la Municipalidad Distrital de Colquepata
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 066-2000-CG MORDAZA, 23 de marzo de 2000 VISTO; el Informe Nº 128-99-CG/SCU, resultante del Examen Especial en la Municipalidad Distrital de Colquepata; y, CONSIDERANDO: Que, en la ejecucion del Examen Especial efectuado por la Contraloria General de la Republica en la Municipalidad Distrital de Colquepata, provincia de Paucartambo, departamento del MORDAZA, realizado a la gestion del Programa del Vaso de Leche, periodo enero a MORDAZA de 1997; se evidenciaron indicios razonables de comision de delito de Corrupcion de Funcionarios, tipificado y penado en el Articulo 397º del Codigo Penal vigente, al haberse adjudicado irregularmente la Buena Pro, al postor que participo con la oferta mas onerosa, en el MORDAZA de adjudicacion directa para la adquisicion de productos destinados al citado Programa para el ano 1997; ocasionando un perjuicio economico de veintinueve mil seiscientos cuarentinueve y 00/100 nuevos soles (S/. 29,649.00) a la indicada municipalidad y, por ende, al Estado; Que, en tal sentido, se hace necesario autorizar al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que formule la denuncia respectiva ante el Ministerio Publico, e inicie las acciones legales pertinentes contra los presuntos responsables; De conformidad con lo establecido en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, Articulos 19º, incisos e) y f), y 24º inciso h) del Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control y los Decretos Leyes numeros 17537 y 17667; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado interponga las acciones legales, contra

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