Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2000 (11/05/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 11 de MORDAZA de 2000

lo cual se propone fijar nueva fecha de vencimiento del plazo para el pago de las Obligaciones Tributarias hasta el 31 de MORDAZA del 2000; Que, en uso de las facultades conferidas por el Articulo 111º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: Articulo Primero.- Fijar nueva fecha de vencimiento de pago de los tributos municipales del ano 2000, como sigue: IMPUESTO PREDIAL: PRIMER TRIMESTRE 31 DE MORDAZA DEL 2000.

ARBITRIOS MUNICIPALES: PRIMER BIMESTRE 31 DE MORDAZA DEL 2000. MORDAZA BIMESTRE 31 DE MORDAZA DEL 2000. Articulo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto, a las Oficinas de Rentas, Administracion, e Informatica, en cuanto les corresponda. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA CASASSA BACIGALUPO MORDAZA 5232

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA
Autorizan contratacion de servicio de recaudacion y fiscalizacion tributaria mediante adjudicacion directa de menor cuantia
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 206.2000.AMPI Ica, 26 de MORDAZA de 2000 CONSIDERANDO: Que, el Articulo 191º de la Constitucion Politica establece que las Municipalidades son los organos de Gobierno Local con autonomia economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el inciso 2) del Articulo 192º de la Constitucion senala que las Municipalidades tienen competencia para administrar sus rentas; Que, los incisos 1), 2) y 3) del Articulo 193º de la Carta Magna indican que son rentas de las Corporaciones los ingresos propios, los Impuestos creados por Ley a su favor y las Contribuciones y Tasas (Arbitrios, Derechos y Licencias de su competencia creados por su Concejo); Que, mediante la Resolucion Nº Uno de fecha 24-1-2000, (Exp. CON 19991100005), el Auxiliar Coactivo de la Subgerencia de Recaudacion de la Gerencia Departamental Ica de ESSALUD notifica a esta Municipalidad para que cumpla con pagar a dicha Entidad la suma de S/. 1'585,774.00 (Un Millon Quinientos Ochenta y Cinco Mil Setecientos Setenta y Cuatro y 00/100 Nuevos Soles) por concepto de aportaciones mas la suma de S/. 5'885,099.00 (Cinco Millones Ochocientos Ochenta y Cinco Mil Noventa y Nueve y 00/100 Nuevos Soles) por concepto de intereses generados al 20-1-2000, las mismas que suman el importe de S/. 7'470,873.00 (Siete Millones Cuatrocientos Setenta Mil Ochocientos Setenta y Tres y 00/100 Nuevos Soles) deuda actualizada al 20-1-2000, mas intereses, gastos administrativos y costas procesales que se generen hasta el momento de la cancelacion de la deuda; Que, mediante el Oficio Nº 046-2000/NH0200, de fecha 14-4-2000, la Intendencia Regional Ica de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria (SUNAT) remite a esta Corporacion el listado de valores con deudas pendientes de pago que tiene esta Municipalidad con dicha Superintendencia la cual asciende a la suma de S/. 9'291,403.13 (Nueve Millones Doscientos Noventa y un Mil Cuatrocientos Tres y 13/100 Nuevos Soles);

Que, la Oficina de Rentas y Hacienda Municipal ha informado que en lo que respecta al comportamiento de ingresos desde el ano 1996 (proyeccion) hasta el ano 1999 especificamente en los rubros de Impuesto Predial, Impuesto de Alcabala, Impuesto al Patrimonio Vehicular, Licencia de Construccion, Licencia de Funcionamiento y Anuncios y Propaganda existe una cartera pesada aproximadamente de cerca de S/. 6'000,000.00 (Seis Millones y 00/100 Nuevos Soles); Que, el 29 de febrero del ano en curso los Sindicatos de Empleados (SITRAMUN) y de los Obreros de la Entidad (SOMUN), iniciaron una huelga general indefinida, la misma que genero una inadecuada atencion a los contribuyentes impidiendo que estos cumplan con sus obligaciones pendientes de pago, lo que ha originado que la Entidad deje de percibir las sumas correspondientes por concepto del pago de los diversos tributos; Que, la huelga mencionada en el considerando precedente ha impedido, ademas, que la Municipalidad cumpla con su funcion de fiscalizar las diversas actividades, autorizaciones y permisos otorgados a las personas naturales y juridicas dentro de la jurisdiccion; Que, por el tiempo transcurrido desde el inicio de la precipitada huelga, es necesario que se emitan disposiciones que permitan solucionar la grave crisis en materia tributaria y economica que impide que la Municipalidad pueda cumplir con una adecuada prestacion de los servicios publicos locales esenciales, los mismos que son inherentes a toda Corporacion, hecho que atenta contra los intereses de la comunidad; Que, con el objeto de solucionar la huelga MORDAZA citada y cumplir con deudas pendientes de pago por concepto de remuneraciones y pago de beneficios sociales a los trabajadores y pensionistas las mismas que provienen de Gestiones anteriores, se solicito un sobregiro por ante una Institucion integrante del Sistema Bancario, compromiso que es necesario honrar y para lo cual deben expedirse las acciones inmediatas; Que, es necesario que se proceda a convocar la prestacion del servicio de recaudacion y fiscalizacion tributaria referida al periodo comprendido al periodo 1996 a 1999; En cumplimiento al Articulo 19º inciso c) y Articulo 21º de la Ley Nº 26850, Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado y el Articulo 44º inciso c) de su Reglamento, el Decreto Supremo Nº 039-98-PCM; Con el informe favorable de la Oficina de Presupuesto, Planificacion y Racionalizacion y en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 6) del Articulo 47º de la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar en situacion de URGENCIA, el servicio de recaudacion y fiscalizacion tributaria de la Municipalidad Provincial de Ica, en cumplimiento al Articulo 21º de la Ley Nº 26850. Articulo Segundo.- Autorizar a la Direccion de Administracion para que, a traves de la Unidad de Abastecimientos y de conformidad a lo que establece el Articulo 19º inciso c) de la Ley Nº 26850, Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, se exonere del MORDAZA de seleccion de Licitacion Publica y Concurso Publico y en cumplimiento del Articulo 44º del Reglamento de la Ley Nº 26850, se proceda a adjudicar por la modalidad directa de menor cuantia el servicio de Recaudacion y Fiscalizacion Tributaria de la Municipalidad Provincial de Ica, en atencion a la actual situacion por la que atraviesa la Entidad. Articulo Tercero.- Encargar a la Oficina de Rentas y Hacienda Municipal y a la Direccion de Servicios Urbanos que apoyen tecnicamente a la Unidad de Abastecimientos en la elaboracion de las referencias para la adjudicacion. Articulo Cuarto.- Encargar a la Oficina de Secretaria General la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, y su respectiva notificacion a la Comision de Presupuesto del Congreso de la Republica, a la Contraloria General de la Republica y a la Direccion Nacional de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas de acuerdo a Ley. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 5177

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