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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MAYO DEL AÑO 2000 (21/05/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 14

Pág. 186908 NORMAS LEGALES Lima, domingo 21 de mayo de 2000 M T C Otorgan concesión a empresa para prestar servicio público de transporte terrestre interprovincial de pasajeros en la ruta Huancayo - Cerro de Pasco y Huancayo - Lima RESOLUCION DIRECTORAL Nº 676-2000-MTC/15.18 Lima, 2 de mayo de 2000 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 2000-00895010, organizado por la empresa de transportes TURISMO NEVADO S.R.L. sobre Concesiones de Rutas del Servi- cio Público de Transporte Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus y el Informe Nº 302-2000- MTC/15.18.04.1.MMF emitidos por la Dirección de Trans- porte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes TURISMO NEVADO S.R.L., mediante el expediente indicado en vistos, ha solicitado las concesiones de las rutas: HUANCAYO - CERRO DE PASCO y viceversa y HUANCAYO - LIMA y viceversa, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por De- creto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Nº 302-2000-MTC/ 15.18.04.1.MMF, se concluye que la referida Empresa ha cumplido con acreditar los requisitos establecidos en el Artículo 13º del referido Reglamento y señalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC, reco- mendándose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la empresa de transportes TU- RISMO NEVADO S.R.L., las concesiones de rutas: HUANCAYO - CERRO DE PASCO y viceversa y HUAN- CAYO - LIMA y viceversa, para prestar Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el período de diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedición de esta Resolución, de acuerdo con los siguientes términos: RUTA A :HUANCAYO - CERRO DE PASCO Y VICEVERSA ORIGEN :HUANCAYO DESTINO :CERRO DE PASCO ITINERARIO :LA OROYA ESCALA COMERCIAL :LA OROYA FRECUENCIAS :UNA DIARIA HORARIOS DE SALIDA :DE HUANCAYO: A LAS 06.00 HORAS DE CERRO DE PASCO: A LAS 13.00 HORAS TIEMPO DE VIAJE :4 HORAS APROXIMADAMENTE FLOTA OPERATIVA :UI-9208 (1991) FLOTA DE RESERVA :UQ-7323 (1984) RUTA B :HUANCAYO - LIMA y VICEVERSA ORIGEN :HUANCAYO DESTINO :LIMA ITINERARIO :LA OROYA ESCALA COMERCIAL :LA OROYA FRECUENCIAS :UNA DIARIA HORARIOS DE SALIDA :DE HUANCAYO: A LAS 07.00 HORAS DE LIMA: A LAS 18.00 HORAS TIEMPO DE VIAJE :6 HORAS APROXIMADAMENTE FLOTA OPERATIVA :VG-2235 (1995) FLOTA DE RESERVA :UQ-7323 (1984) Las tarjetas de circulación serán expedidas en rela- ción al año de fabricación de los vehículos ofertados.Segundo.- La empresa está obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demás disposiciones vigen- tes, concernientes al Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus. Tercero.- La presente Resolución Directoral deberá ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha de su notificación. Cuarto.- La empresa iniciará el servicio dentro de los treinta (30) días calendario, improrrogables, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución; para lo cual deberá contar con lo establecido en el Art. 17º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, caso contrario se procederá a aplicar lo dispues- to en el segundo párrafo del Art. 16º del referido Reglamento. Quinto.- Encargar la ejecución de esta Resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacio- nal e Internacional. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 5658 O N P E FE DE ERRATAS RESOLUCION JEFATURAL Nº 207-2000-J/ONPE Por Oficio Nº 1002-2000-J/ONPE, la Oficina Nacional de Procesos Electorales solicita se publique fe de erratas de la Resolución Jefatural Nº 207-2000-J/ONPE, publi- cada en nuestra edición del día 17 de mayo de 2000, en la página 186695. En el tercer considerando, onceavo lugar de la lista de candidatos: DICE: - Lara Luis García Blasquez, por el Colegio de Aboga- dos de Ayacucho DEBE DECIR: - Luis García-Blasquez Lara, por el Colegio de Aboga- dos de Ayacucho En el Artículo Primero, onceavo lugar de la lista de candidatos: DICE: - Lara Luis García Blasquez, por el Colegio de Aboga- dos de Ayacucho DEBE DECIR: - Luis García-Blasquez Lara, por el Colegio de Aboga- dos de Ayacucho 5632 CONSUCODE Dejan sin efecto certificados de ins- cripción de empresas ante el Registro Nacional de Contratistas CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION DE GERENCIA Nº 0882-2000-RNC-CONSUCODE San Isidro, 12 de mayo de 2000