Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MAYO DEL AÑO 2000 (21/05/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 17

Pág. 186911 NORMAS LEGALES Lima, domingo 21 de mayo de 2000 disolvieron los tribunales registrales de los órganos descon- centrados que integran el Sistema Nacional de los Regis- tros Públicos, con excepción del correspondiente a la Ofici- na Registral de Lima y Callao; Que, en virtud de la mencionada Resolución se orde- nó la implementación del Tribunal Registral del Sur, con sede en la ciudad de Arequipa, autorizando al Jefe de la Oficina Registral Regional Arequipa a convocar al co- rrespondiente concurso público de mérito para cubrir las plazas respectivas; Que, la Oficina Registral Regional Arequipa ha cum- plido con la convocatoria a concurso para cubrir tres (3) plazas de Miembro de la Segunda Instancia Adminis- trativa Registral, contando con la conformidad de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, en concordancia con lo dispuesto por el referido reglamento; De conformidad con la delegación de atribuciones de la Superintendente Nacional de los Registros Públicos contenida en la Resolución Nº 093-2000/SN; De conformidad con lo dispuesto en el inciso w) del Artículo 7º del Estatuto de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 04-95-JUS; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Designar a la doctora CARMELA D'BROT BURGOS, Gerente General de la SUNARP, como representante de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos ante el Jurado Calificador del Concurso Público de Méritos convocado por la Oficina Registral Regional Arequipa para cubrir las plazas indi- cadas en la parte considerativa de la presente Resolu- ción. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARMELA D'BROT BURGOS Gerente General 5660 Designan representantes de la SUNARP y de la Escuela de Capacitación Registral ante el Jurado Calificador del Concurso Público de Méritos convocado por la Oficina Registral Regional La Libertad RESOLUCION DE LA GERENCIA GENERAL DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 028-2000-SUNARP/GG Lima, 19 de mayo de 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución del Superintendente Na- cional de los Registros Públicos Nº 097-96-SUNARP, de fecha 3 de junio de 1996, se puso en vigencia el Regla- mento del Concurso Público de Méritos para el acceso a los cargos de Registrador Público e Integrante de los Organos de la Segunda Instancia Administrativa Regis- tral; Que, con arreglo al Artículo 12º del citado Reglamen- to, el Jurado Calificador para los Concursos se compone de tres miembros, uno de los cuales es el representante de la Superintendencia Nacional, quien preside dicho Jurado; Que, mediante Resolución de la Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 054-99-SUNARP, de fecha 9 de febrero de 1999, se modificó el literal c) del Artículo 12º del Reglamento antes citado, modificando la integración del Jurado Calificador, reemplazando al Decano del Colegio de Abogados de la sede central de la Oficina Registral convocante, o su representante, por el Director de la Escuela de Capacitación Registral de la SUNARP, o su representante, debidamente autorizado por el Superintendente Nacional;Que, mediante Resolución de la Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 092-2000-SU- NARP/SN, se disolvieron los tribunales registrales de los órganos desconcentrados que integran el Sistema Nacio- nal de los Registros Públicos, con excepción del corres- pondiente a la Oficina Registral de Lima y Callao; Que, en virtud de la mencionada Resolución se orde- nó la implementación del Tribunal Registral del Norte, con sede en la ciudad de Trujillo, autorizando al Jefe de la Oficina Registral Regional La Libertad a convocar al correspondiente concurso público de méritos para cubrir las plazas respectivas; Que, la Oficina Registral Regional La Libertad ha cumplido con la convocatoria a concurso para cubrir tres (3) plazas de Miembro de la Segunda Instancia Adminis- trativa Registral, contando con la conformidad de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, en concordancia con lo dispuesto por el referido reglamento; De conformidad con la delegación de atribuciones de la Superintendente Nacional de los Registros Públicos contenida en la Resolución Nº 093-2000/SN; De conformidad con lo dispuesto en el inciso w) del Artículo 7º del Estatuto de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 04-95-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al doctor NAPOLEON FER- NANDEZ URCIA, Gerente Legal de la SUNARP, como representante de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos ante el Jurado Calificador de Concur- so Público de Méritos convocado por la Oficina Registral Regional La Libertad para cubrir las plazas indicadas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Designar a la doctora NELIDA PALA- CIOS LEON, abogada de la Gerencia Legal de la SU- NARP, como representante de la Escuela de Capacita- ción Registral ante el mencionado Jurado Calificador. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARMELA D'BROT BURGOS Gerente General 5661 SUNASS Aprueban el Reglamento de Presta- ción de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de SEDACAJ S.A. RESOLUCION DE INTENDENCIA Nº 001-2000-SUNASS-INF Lima, 18 de mayo del 2000 VISTO: El Proyecto de Reglamento de Prestación de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de la "Empresa Presta- dora de Servicios de Saneamiento de Cajamarca Socie- dad Anónima" - SEDACAJ S.A., así como la opinión de la Comisión Revisora designada para tal efecto por la Alta Dirección de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 019-96/PRES-VMI-SUNASS, se aprobó la Directiva para la Formulación del Reglamento de Prestación de Servi- cios de Agua Potable y Alcantarillado de Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento - EPS; Que, en dicho reglamento se deberá plasmar la nor- matividad que regula las relaciones entre las respectivas EPS legalmente reconocidas por la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento y los usuarios de los servicios de agua potable y alcantarillado; Que la "Empresa Prestadora de Servicios de Sanea- miento de Cajamarca Sociedad Anónima" - SEDACAJ