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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MAYO DEL AÑO 2000 (22/05/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 15

Pág. 186929 NORMAS LEGALES Lima, lunes 22 de mayo de 2000 Artículo 2º. - Nombrar como miembro del Comité Médico de la Superintendencia (COMEC), por el período de un (1) año contado a partir del 2000.4.22, al doctor Patricio Wagner Grau en representación de las Facultades de Medicina de las univer- sidades del país y del Colegio Médico del Perú. Artículo 3º. - Ratificar como miembros de la Comisión Técnica Médica (CTM), por el período de un (1) año contado a partir del 2000.4.22, al doctor Oswaldo Salaverry García y por el período de un (1) año contado a partir del 2000.5.15, al doctor Alfredo Benavides Zúñiga, en representación de las Faculta- des de Medicina de las universidades del país y del Colegio Médico del Perú. Regístrese, notifíquese y publíquese. AUGUSTO MOUCHARD RAMIREZ Superintendente de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 5622 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Modifican artículos de Ordenanza de Anuncios y Publicidad Exterior ORDENANZA Nº 191-2000-CDSB-C San Borja, 13 de abril de 2000 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN BORJA VISTO, en su VI-2000 Sesión Ordinaria de fecha 6.4.2000 el Dictamen Nº 006-2000-CDSB-CIMAS de la Comisión de Infraestructura, Medio Ambiente y Servicios, sobre la modifi- cación de la Ordenanza Nº 173-2000-CDSB-C, de Anuncios y Publicidad Exterior; Estando a lo dispuesto en el Artículo 109º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, habiéndose aprobado la Reorgani- zación de la Estructura Orgánica de la Municipalidad de San Borja, mediante Acuerdo de Concejo Nº 171-99-CDSB-C, la cual se encuentra vigente desde el 10 de enero del 2000, el Concejo Municipal por unanimidad aprobó la siguiente: ORDENANZA MODIFICATORIA DE LA ORDENANZA DE ANUNCIOS Y PUBLICIDAD EXTERIOR Nº 173-2000-CDSB-C Artículo Primero.- Modifíquese todos aquellos artículos de la Ordenanza Nº 173-99-CDSB-C de Anuncios y Publicidad Exterior en los que menciona "Comisión de Desarrollo Urba- no", por "Comisión de Infraestructura, Medio Ambiente y Servicios". Artículo Segundo.- Modifíquese el Artículo 43º de la Ordenanza Nº 173-99-CDSB-C de Anuncios y Publicidad Ex- terior quedando redactada de la siguiente manera: Artículo 43º.- La Comisión Técnica de Anuncios está inte- grada por: - Un (1) representante de la División de Licencias Comer- ciales de la Dirección de Desarrollo Urbano, quien la presidirá. - Un (1) representante de la División de Obras Privadas de la Dirección de Desarrollo Urbano. - Un (1) representante de la División de Obras Públicas de la Dirección de Desarrollo Urbano. - Un (1) abogado representante de la Dirección de Asesoría Jurídica. Artículo Tercero.- Modifíquese todos aquellos artículos de la Ordenanza Nº 173-99-CDSB-C de Anuncios y Publicidad Exterior que menciona a la "División de Obras Privadas, Catastro y Ornato", por la División de Licencias Comerciales. Artículo Cuarto.- Modifíquese los Artículos 19º, 20º y 38º de la Ordenanza de Anuncios y Publicidad Exterior, quedando redactada de la siguiente manera: Artículo 19º.- Banderola: En esta modalidad de anuncios, se contemplan las banderolas comunales y comerciales. Para todos los casos éstas deberán ser adosadas a la fachada del inmueble. Artículo 20º.- Características Técnicas de las Banderolas: (...) 1. Deben ser confeccionadas en material sintético, lino plas- tificado y otro, a fin de garantizar su conservación. Solo si estará expuesta por un período corto podrá ser de tela bramante.(...) 5. La Banderola deberá ser dimensionada armónicamente, integrándose a la arquitectura de la edificación, adosadas a los paramentos opacos de la fachada, a fin de no obstruir la visibilidad de las ventanas. Artículo 38º.- Banderolas en Vía Pública (...) b) Transversal a la calle: Se deben adosar convenien- temente a fachadas o postes, sin perturbar el paisaje urbano y ornato. Debe tener dimensiones máximas de 0.60 mt. Por el ancho de la calzada. c. No se permitirá banderolas en vías arteriales del sistema vial metropolitano y en la Av. Aviación instaladas transversal- mente a la Vía. Artículo Quinto.- Encargar el cumplimiento de la pre- sente Ordenanza a la Dirección General de Infraestructura, Medio Ambiente y Servicios. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE LERMO RENGIFO Alcalde 5650 Modifican el Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos de la Munici- palidad ORDENANZA Nº 193-2000-CDSB-C San Borja, 5 de mayo de 2000 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN BORJA VISTO, el Informe Nº 043-2000-CDSB-DGAE-DPR y el Dictamen Nº 042-2000-CDSB-CALYSC sobre modificación de la Ordenanza Nº 138-99-CDSB-C Ordenanza aprobatoria del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Munici- palidad de San Borja . CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 171-99-CDSB-C se aprobó la nueva estructura orgánica municipal la cual, quedó implementada por el Reglamento de Organización y Funcio- nes, aprobado mediante el Edicto Nº 001-2000-CDSB-C el mismo que, define las funciones generales a realizar por cada área de la Institución; Que, entrada en vigencia la Ley Nº 27157 - Ley de Regula- rización de Edificaciones y su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 008-2000-MTC, el cual estableció nueva nomenclatura para procedimientos existentes, simpli- ficando sus requisitos; Que, las funciones asignadas a las nuevas áreas, agrupan diversos procedimientos del TUPA que anteriormente se en- contraban dispersos en diferentes direcciones, tal es el caso de la nueva División de Licencias Comerciales, la cual expedirá todas las Licencias Comerciales cualquiera sea su modalidad; Que, la modificación del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA, se ha centrado básicamente en agrupar los procedimientos existentes por área funcional, por lo que variará las instancias resolutivas para los mismos, de igual forma recoge los alcances dados por la Ley de Regulari- zación de Edificaciones y su Reglamento, el mismo que simpli- fica ciertos requisitos en muchos de los procedimientos de la Dirección de Desarrollo Urbano renombrando a varios de estos procedimientos; por lo que, se ha visto por conveniente apro- bar un texto único ordenado, en el que se recogerá las modifi- caciones antes expuestas, sin generar alteración en el conteni- do de los procedimientos ni de los costos; Estando a lo expuesto, con el voto aprobatorio del Pleno del Concejo Municipal y de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 109º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 23853, se aprobó la siguiente; ORDENANZA MODIFICATORIA DEL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Nº 138-99-CDSB-C Primero.- Aprobar la modificación de la Ordenanza Nº 138-99-CDSB-C quedando, según el texto anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Segundo .- La presente ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de la publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE LERMO RENGIFO Alcalde