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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MAYO DEL AÑO 2000 (22/05/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 3

Pág. 186917 NORMAS LEGALES Lima, lunes 22 de mayo de 2000 Artículo 26º .- De las sanciones. 26.1 Los infractores de las disposiciones de la presente Ley son pasibles de una o más sanciones administrativas: a) Multa no menor de una ni mayor de cincuenta unidades impositivas tributarias vigentes a la fecha del pago. b) Suspensión de la realización de experimentos e investigaciones que no observen lo dispuesto en la presen- te Ley. c) Clausura parcial o total, temporal o definitiva, del centro o institución donde se lleva a cabo la actividad generadora de la infracción. d) Decomiso de los objetos, instrumentos o artefactos utilizados en la comisión de la infracción. e) Suspensión o cancelación del permiso, licencia de funcio- namiento, concesión o cualquier otra autorización, según el caso. 26.2 Tratándose de universidades, sólo se podrán aplicar las sanciones contempladas en los incisos a), b) y d) del presente artículo. 26.3 Al calificar la infracción, la autoridad competente tomará en cuenta la gravedad de la misma y la condición socioeconómica del agente. Artículo 27º .- De la responsabilidad civil o penal. La responsabilidad administrativa es independiente de la responsabilidad civil o penal que pueda derivarse de los hechos materia de la infracción. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera .- Derogación específica. Derógase el inciso 4) del Artículo 450º del Código Penal. Segunda .- Incorporación en el Código Penal del Artículo 450º-A. Incorpórase en el Código Penal el Artículo 450º-A con el siguiente texto: "Artículo 450º-A.- El que comete actos de crueldad contra un animal, lo somete a trabajos manifiestamente excesivos o lo maltrata, será sancionado hasta con sesenta días-multa.Si el animal muriera a consecuencia de los maltratos sufridos, la pena será de ciento veinte a trescientos sesenta días-multa. El juez podrá en estos casos prohibir al infractor la tenen- cia de animales bajo cualquier modalidad." Tercera .- Excepciones a la ley . Exceptúanse de la presente Ley las corridas de toros, peleas de gallos y demás espectáculos declarados de carácter cultural por la autoridad competente. Cuarta .- Reglamento de la ley. El Poder Ejecutivo, mediante Decreto Supremo refrenda- do por el Presidente del Consejo de Ministros, dictará las normas reglamentarias para el cumplimiento de la presente Ley dentro de los 90 (noventa) días siguientes a la fecha de su publicación. Quinta .- Derogación genérica. Deróganse todas las normas que se opongan a la presente Ley. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los ocho días del mes de mayo del dos mil. MARTHA HILDEBRANDT PÉREZ TREVIÑO Presidenta del Congreso de la República RICARDO MARCENARO FRERS Primer Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República KPMGGrellaud y Luque, ABOGADOS Miembro de KLegal International , la red mundial de servicios legales "EL VALOR DE TRANSACCION Y EL REGIMEN DE VERIFICACION ADUANERA" Invitamos a la comunidad de negocios, en especial a las empresas importadoras, agencias de aduana, abogados y asesores, a participar en este seminario en el que se analizarán las nuevas reglas de la OMC aplicables a todas las importaciones a partir del 1º de abril del 2000. En particular, se tratarán los siguientes aspectos: 1.El marco normativo que regula la aplicación del acuerdo de valoración de la OMC en nuestro país. 2.Las diferencias sustanciales entre el Sistema de Valoración del GATT y el Acuerdo de Valoración del OMC. 3.Los criterios utilizados por ADUANAS en la aplicación de las reglas de valoración de la OMC en el despacho de las mercancías de importación. 4.La vigencia de la DUA y sus diferencias con la DUI, considerando que esta última estará vigente hasta el 5 de junio del presente año. La metodología comprenderá la realización de casos prácticos. Se entregará material especialmente preparado para este evento y se emitirán certificados de participación. Expositores :Dr. Alexander Lino Dr. Julio Guadalupe Fecha: Dos sesiones los días lunes 29 y miércoles 31 de mayo de 2000 Hora: 6.00 p.m. (hora exacta) Lugar: Salón América, Torre KPMG, Av. Javier Prado Oeste Nº 203, Piso 14, San Isidro. Inscripciones :Teléfono: 442-2836 Fax: 441-1033 Costo: US$ 130 + IGV