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Pág. 186920 NORMAS LEGALES Lima, lunes 22 de mayo de 2000 Pasajes :US$ 993,02 Viáticos :US$ 660,00 Tarifa CORPAC :US$ 25,00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no otorga dere- cho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economía y Finanzas 5694 EDUCACION Autorizan permanencia de ceramios arqueológicos pertenecientes al Patrimonio Cultural de la Nación en el Japón, para su exhibición RESOLUCION SUPREMA Nº 059-2000-ED Lima, 19 de mayo del 2000 Visto el Oficio Nº 405-2000-INC/DN, cursado por el Direc- tor Nacional del Instituto Nacional de Cultura; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Suprema Nº 167-98-ED del 23 de noviembre de 1998, se autorizó hasta el 31 de diciembre de 1999, la salida temporal del país de diez (10) ceramios arqueo- lógicos pertenecientes al Patrimonio Cultural de la Nación, de propiedad del Estado peruano y bajo la custodia del Museo de la Nación, con destino al Japón, para ser exhibidos en la sede de la Embajada del Perú en el citado país; Que, mediante Facsímil (CLT) Nº 142 del 19 de abril del 2000, el Embajador Alejandro León Pazos, Director Ejecutivo de la Oficina de Promoción Cultural del Ministerio de Relacio- nes Exteriores, solicita prorrogar la permanencia de los cera- mios arqueológicos hasta el 31 de diciembre del 2000; Que, los bienes antes referidos, actualmente se exhiben en la sede la Embajada del Perú en Japón, por lo que es necesario regularizar la autorización de su permanencia en dicho país; De conformidad con la Ley Nº 24047 - Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación, Decreto Ley Nº 25762 - Ley Orgánica del Sector Educación, modificado por la Ley Nº 26510; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, en vía de regularización, a partir del 1 de enero del 2000 y por el término de un (1) año, la permanencia en la Embajada del Perú en el Japón, de diez (10) ceramios arqueológicos pertenecientes al Patrimonio Cultural de la Nación, a que se refiere la Resolución Suprema Nº 167-98-ED. Artículo 2º.- El Instituto Nacional de Cultura, adoptará las medidas más adecuadas para verificar las características, estado de conservación y autenticidad de los bienes culturales a los que se contrae la presente Resolución Suprema, a su retorno al país. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FELIPE GARCIA ESCUDERO Ministro de Educación 5692 P R E S Aprueban donaciones de vehículos a favor de los CTAR Puno, Loreto y Caja- marca, destinados a labores de supervi- sión de obras de infraestructura RESOLUCION SUPREMA Nº 047-2000-PRES Lima, 19 de mayo del 2000Visto el Oficio Nº 1031-99-CTAR-PUNO/P de fecha 10 de diciembre de 1999, del Presidente Ejecutivo del Consejo Tran- sitorio de Administración Regional, CTAR-Puno. CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de la Presidencia es un organismo público integrante del Poder Ejecutivo, que se rige por su Ley Orgánica aprobada por Decreto Ley Nº 25556, modifica- do por Decreto Ley Nº 25738, que tiene entre sus funciones atender las necesidades de la población, a través del desa- rrollo de obras de infraestructura básica y programas socia- les; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 063-95 del 12 de diciembre de 1995, se autorizó al Ministerio de Economía y Finanzas a adquirir trescientas (300) camionetas Pick Up, doble tracción, a favor del Ministerio de la Presidencia para la implementación de sus programas a nivel nacional, que permi- tan el adecuado cumplimiento de sus funciones; Que, por Decreto Supremo Nº 034-96-EF del 15 de marzo de 1996, se autorizó una operación de Transferencia de Parti- das en el Presupuesto del Gobierno Central correspondiente al Ejercicio Fiscal 1996, por la suma de S/. 12 382 575,00 (Doce Millones Trescientos Ochentidós Mil Quinientos Setenticinco y 00/100 Nuevos Soles) a favor del Ministerio de la Presiden- cia, destinada a financiar la consecución de los objetivos a que se refiere el considerando precedente; Que, mediante Convenio III-96-PRES - Convenio de Ce- sión en Uso para la Administración, Operación y Manteni- miento de Camionetas Pick Up suscrito el 18 de setiembre de 1996, el Ministerio de la Presidencia entregó a la Región Moquegua-Tacna-Puno, los vehículos cuyas características se mencionan en el Anexo que forma parte integrante del referido Convenio, como apoyo a las labores que desarrolla; Que, mediante Ley Nº 26922, Ley Marco de Descen- tralización, se creó, entre otros, el Consejo Transitorio de Administración Regional de Puno, como organismo público descentralizado del Ministerio de la Presidencia, habiendo asumido el patrimonio, personal, acervo documentario y los recursos presupuestales y financieros correspondientes a su respectivo departamento; Que, el Decreto Supremo Nº 010-98-PRES precisa que los Consejos Transitorios de Administración Regional, tienen por finalidad promover e impulsar el desarrollo socioeconómico sostenido y armónico de los departamentos del país, revalo- rando sus patrones culturales, la prestación de los servicios públicos y administrativos e impulsando las obras de infra- estructura básica, mejorando la calidad de vida de la población y promoviendo la participación de la inversión privada; Que, para el mejor cumplimiento de las funciones asigna- das a la CTAR-Puno, resulta necesario autorizar la donación de veintidós (22) vehículos que han sido requeridos mediante el Oficio de Visto y que fueron entregados por el Ministerio de la Presidencia mediante Actas de Recepción Entrega, en mérito al Convenio citado en el cuarto considerando de la presente Resolución; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738 y el Decreto Legislativo Nº 804; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar y aceptar la donación de veintidós (22) vehículos cuyas características se describen en el Anexo Nº 1, que forma parte integrante de la presente Resolución, valorizados en S/. 1 072 089,48 (Un Millón Setentidós Mil Ochentinueve y 48/100 Nuevos Soles), a favor del Consejo Transitorio de Administración Regional de Puno, los mismos que serán destinados para las labores de gestión y la super- visión de las obras de infraestructura que ejecuta. Artículo 2º.- El Ministerio de la Presidencia dará de baja de sus registros patrimoniales y contables los bienes a que se refiere el Artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución Suprema a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a la Contraloría General de la República dentro de los términos establecidos por Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República EDGARDO MOSQUEIRA MEDINA Ministro de la Presidencia 5696 RESOLUCION SUPREMA Nº 048-2000-PRES Lima, 19 de mayo del 2000