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Pág. 186919 NORMAS LEGALES Lima, lunes 22 de mayo de 2000 Miami, Estados Unidos de América, con la finalidad de asistir a la VII Reunión del Grupo de Negociaciones del Area de Libre Comercio de las Américas - ALCA sobre Compras del Sector Público, así como a una reunión de coordinación andina previa, que se llevarán a cabo del 24 al 26 de mayo del año 2000; Que, mediante Resolución Suprema Nº 059-97-EF se de- signó al ingeniero JAVIER GALVAN COSTA como represen- tante del Ministerio de Economía y Finanzas para participar en las negociaciones comerciales internacionales, por lo que es necesario autorizar su viaje; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560 y Decretos Supremos Nºs. 163-81-EF, 053-84-PCM, 074-85-PCM, 031-89-EF, 135-90-PCM y 037-91-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al ingeniero JAVIER GALVAN COSTA, representante del Ministerio de Economía y Finan- zas, a ausentarse del país del 23 al 26 de mayo del año 2000, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presen- te Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 MEF Administración General del Plie- go Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos del 23 al 26 de mayo :US$ 880,00 Pasajes :US$ 359,22 Tarifa CORPAC :US$ 25,00 Artículo 3º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ningu- na clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economía y Finanzas 5693Autorizan viaje del Presidente del OSIP- TEL para participar en reunión sobre telecomunicaciones e industria de la información, a realizarse en México RESOLUCION SUPREMA Nº 136-2000-EF Lima, 19 de mayo del 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Carta C.197-SG/2000, el Organismo Super- visor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, solicita se autorice el viaje del señor Jorge Kunigami Kuniga- mi, Presidente de dicho Organismo, a la ciudad de Cancún, México, del 23 al 26 de mayo del año 2000, para que participe en la Cuarta Reunión Ministerial sobre Telecomunicaciones e Industria de la Información (TELMIN4), organizado por el Foro de Cooperación Económica Asia - Pacífico (APEC); Que, en consecuencia es necesario autorizar dicho viaje, cuyos gastos de pasajes y viáticos serán cubiertos con recursos del presupuesto del Organismo Supervisor de Inversión Priva- da en Telecomunicaciones -OSIPTEL-, correspondiente al ejercicio 2000; De conformidad con lo establecido en los Decretos Supre- mos Nºs. 053-84-PCM, 074-85-PCM, 011-88-PCM, 135-90- PCM y 037-91-PCM y en el numeral 1.5. de la Directiva Nº 001- 2000/FONAFE; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje del señor Jorge Kunigami Kunigami, Presidente del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones -OSIPTEL-, a la ciudad de Can- cún, México, del 23 al 26 de mayo del año 2000, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, según se indica, serán cubiertos con recursos del Presupuesto del Organismo Supervisor de Inver- sión Privada en Telecomunicaciones -OSIPTEL-: AVISO DE CONOCIMIENTO PUBLICO El Comité Olímpico Peruano y el Comité Olímpico Internacional ponen en conocimiento de los agentes económicos y del público en general lo siguiente: 1.El Comité Olímpico Internacional es titular del emblema olímpico: 2.De acuerdo a la legislación vigente, el Comité Olímpico Internacional y su representante en el país, el Comité Olímpico Peruano, tienen derecho exclusivo al uso del emblema olímpico. 3.Ninguna persona puede utilizar en el Perú el emblema olímpico sin estar debidamente autorizada por el Comité Olímpico Peruano. 4.El Comité Olímpico Peruano y el Comité Olímpico Internacional iniciarán las acciones legales administrativas, civiles y penales contra las perso- nas que sin su autorización utilicen el emblema olímpico.