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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2000 (02/11/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 1

DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALES Lima, jueves 2 de noviembre de 2000 AÑO XVIII - Nº 7437 Pág. 194579Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe "AÑO DE LA LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR" CONGRESO DE LA REPÚBLICA LEY Nº 27364 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE PRECISA LOS ALCANCES DE LOS INCISOS C) Y D) DEL ARTÍCULO 2º DE LA LEY Nº 26439 Y LA LEY Nº 27278 Y MODIFICA EL ARTÍCULO 6º DE LA LEY Nº 26439 Artículo 1º .- Precisión de la norma Precísase que las universidades que cuentan con autorización de funcionamiento provisional otorgada de conformidad con la Ley Nº 26439, Ley de Creación del CONAFU, hayan o no culmina- do su proceso de adecuación al Decreto Legislativo Nº 882, Ley de Promoción de Inversión en Educación, se mantienen regidas por lo dispuesto en los incisos c) y d) del Artículo 2º de la Ley Nº 26439 y la Ley Nº 27278. Artículo 2º .- Atribuciones del CONAFU Modifícase el Artículo 6º de la Ley Nº 26439, con el texto siguiente: "Artículo 6º.- Para autorizar el funcionamiento de las univer- sidades públicas se requiere la ley de creación, la intervención del Ministerio de Economía y Finanzas sobre la capacidad del Estado para financiar su funcionamiento y la aprobación del estudio de factibilidad por el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades (CONAFU)." Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los veinte días del mes de octubre de dos mil. MARTHA HILDEBRANDT PÉREZ TREVIÑO Presidenta del Congreso de la República LUZ SALGADO RUBIANES DE PAREDES Primera Vicepresidenta del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treintiún días del mes de octubre del año dos mil. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República FEDERICO SALAS GUEVARA S. Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación 12588P C M Autorizan al Ministro de Agricultura a ausentarse del país RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 485-2000-PCM Lima, 31 de octubre del 2000 CONSIDERANDO: Que, el señor José Chlimper Ackerman, Ministro de Agri- cultura, viajará a la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, del 3 al 7 de noviembre del 2000, por razones de índole personal; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor José Chlimper Ackerman, Ministro de Agricultura, a la ciudad de Santiago de Chile del 3 al 7 de noviembre del presente año, por razones de índole personal. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema no irrogará gasto alguno al tesoro público, ni otorgará el derecho a exonera- ción de tributos ni de derechos de aduana de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FEDERICO SALAS GUEVARA S. Presidente del Consejo de Ministros 12589 Encargan el Despacho de Agricultura al Ministro de Salud RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 486-2000-PCM Lima, 31 de octubre del 2000 CONSIDERANDO: Que, el señor José Chlimper Ackerman, Ministro de Agricul- tura, se ausentará del país por razones de índole personal; Que, en consecuencia es necesario encargar el Despacho de Agricultura en tanto dure la ausencia del titular; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 127º de la Constitución Política del Perú; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Encargar el Despacho de Agricultura al señor doctor ALEJANDRO AGUINAGA RECUENCO, Ministro de Salud, a partir del 3 de noviembre del 2000 en tanto dure la ausencia del Titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FEDERICO SALAS GUEVARA S. Presidente del Consejo de Ministros 12590