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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2000 (02/11/2000)

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Pág. 194589 NORMAS LEGALES Lima, jueves 2 de noviembre de 2000 Artículo 2º.- Autorizar la donación de cuatro (4) bienes muebles del Terminal Portuario General San Martín, de la Em- presa Nacional de Puertos S.A. - ENAPU S.A. a favor de la Sociedad Peruana de la Cruz Roja - Pisco, de acuerdo al Anexo 2 que forma parte de la presente Resolución. Artículo 3º.- Los bienes muebles a que se refiere el artículo precedente, serán excluidos del inventario de activos fijos de la Empresa Nacional de Puertos S.A. - ENAPU S.A. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema al Colegio Estatal Técnico Raúl Porras Barrenechea - Pisco, Sociedad Peruana de la Cruz Roja - Pisco, Empresa Nacional de Puertos S.A. - ENAPU S.A., Contraloría General de la República y Superintendencia de Bienes Nacionales. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República AUGUSTO BEDOYA CAMERE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 12594 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 153-2000-MTC Lima, 31 de octubre del 2000 Visto, los Oficios Nºs. 199-2000-ENAPU S.A./PD y 200-2000- ENAPU S.A./PD de la Presidencia del Directorio de la Empresa Nacional de Puertos S.A. - ENAPU S.A.; CONSIDERANDO: Que, por Oficio Nº 255-99-CTARI-DREI-DIR-C/JGHG de fe- cha 17 de noviembre de 1999, el Colegio Nacional José G. Huamán Girao - El Arenal - Ica, ha solicitado a la Empresa Nacional de Puertos S.A. - ENAPU S.A. la donación de bienes para mejorar la calidad educativa de su institución; Que, por Oficio Nº 159-99-JDI-VI/CEP37, de fecha 21 de octubre de 1999, el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú "Nuestra Señora de las Mercedes" Pisco Nº 37, ha solicitado a la Empresa Nacional de Puertos S.A. - ENAPU S.A. la donación de bienes muebles para ser usados en su institución; Que, ENAPU S.A. a través del Acuerdo de Directorio Nº 025/ 03/98/D, ha aprobado la baja contable, y exclusión de bienes de los activos en uso del Terminal Portuario General San Martín de ENAPU S.A.; Que, mediante Acuerdo de Directorio Nº 111/12/99/D de fecha 29 de diciembre de 1999, ENAPU S.A. acordó ampliar el Acuerdo de Directorio Nº 025/03/98/D, en el sentido que los bienes dados de baja puedan ser donados y/o eliminados; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 804; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la donación de doce (12) bienes del Terminal Portuario General San Martín, de la Empresa Nacional de Puertos S.A. - ENAPU S.A. a favor del Colegio Nacional José G. Huamán Girao - El Arenal - Ica, de acuerdo al Anexo 1 que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Autorizar la donación de veinticinco (25) bienes muebles del Terminal Portuario General San Martín, de la Em- presa Nacional de Puertos S.A. - ENAPU S.A. a favor del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú "Nuestra Señora de las Mercedes", Pisco Nº 37, de acuerdo al Anexo 2 que forma parte de la presente Resolución. Artículo 3º.- Los bienes muebles a que se refiere el artículo precedente, serán excluidos del inventario de activos fijos de la Empresa Nacional de Puertos S.A. - ENAPU S.A. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema al Colegio Nacional José G. Huamán Girao - El Arenal, Ica, Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú "Nuestra Señora de las Mercedes" Pisco Nº 37, Empresa Nacional de Puertos S.A. - ENAPU S.A., Contraloría General de la República y Superintendencia de Bienes Nacionales. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República AUGUSTO BEDOYA CAMERE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 12595Aprueban transferencia parcial de concesiones para prestar servicio pú- blico de distribución de radiodifusión por cable, a favor de H&C T.V. S.A. y Televisión Total S.A.C. RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 353-2000-MTC/15.03 Lima, 26 de setiembre de 2000 Vista, la solicitud formulada por la empresa CASA GRANDE TELEVISIÓN E.I.R.L. para la aprobación de transferencia de concesiones; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 670-97-MTC/15.03 se otorgó a la empresa CASA GRANDE TELEVISIÓN E.I.R.L. concesión para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable en las ciudades de Barranca, Supe, Supe Puerto, Paramonga y Pativilca, provincia de Barranca, departa- mento de Lima; Que, la empresa CASA GRANDE TELEVISIÓN E.I.R.L., solicita al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vi- vienda y Construcción, se autorice la transferencia parcial de la concesión otorgada mediante Resolución Ministerial Nº 670-97-MTC/15.03 para la prestación del servicio de distribu- ción de radiodifusión por cable a favor de la empresa H&C T.V. S.A., en el área de cobertura de la ciudad de Barranca, provincia de Barranca, departamento de Lima, y de la empre- sa TELEVISIÓN TOTAL S.A.C., en el área de cobertura de la ciudad de Paramonga, provincia de Barranca, departamento de Lima; Que, el Artículo 120º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06- 94-TCC, establece que las concesiones y las asignaciones de espectro relativas a aquéllas son intransferibles total o par- cialmente, salvo aprobación previa del Ministerio por Resolu- ción Viceministerial; Que, mediante Informe Nº 221-2000-MTC/15.03.UECT, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones opina es procedente la solicitud formulada por la empresa CASA GRANDE TELEVISIÓN E.I.R.L.; Que, estando a lo expuesto en los anteriores considerandos, corresponde dictarse el acto administrativo del caso; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC, 06-94-TCC, 007-97-MTC 005-98-MTC, 022-98- MTC y 002-99-MTC; Con la opinión favorable del Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar a favor de la empresa H&C T.V. S.A. la transferencia parcial de la concesión otorgada a la empresa CASA GRANDE TELEVISIÓN E.I.R.L. por Resolución Ministerial Nº 670-97-MTC/15.03 para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable, en la parte que correspon- de al área de cobertura de la ciudad de Barranca, provincia de Barranca, departamento de Lima. Artículo 2º.- Reconocer a la empresa H&C T.V. S.A. como titular de la concesión otorgada por Resolución Ministerial Nº 670-97-MTC/15.03 para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable, en la parte que correspon- de al área de cobertura de la ciudad de Barranca, provincia de Barranca, departamento de Lima; asumiendo del pleno derecho las obligaciones que le correspondan. Artículo 3º.- Aprobar a favor de la empresa TELEVISIÓN TOTAL S.A.C. la transferencia parcial de la concesión otorgada a la empresa CASA GRANDE TELEVISIÓN E.I.R.L. por Resolu- ción Ministerial Nº 670-97-MTC/15.03 para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable, en la parte que corresponde al área de cobertura de la ciudad de Paramonga, provincia de Barranca, departamento de Lima. Artículo 4º.- Reconocer a la empresa TELEVISIÓN TO- TAL S.A.C. como titular de la concesión otorgada por Resolu- ción Ministerial Nº 670-97-MTC/15.03 para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la parte que corresponde al área de cobertura de la ciudad de Paramonga, provincia de Barranca, departamento de Lima; asumiendo de pleno derecho las obligaciones que le correspon- dan. Artículo 5º.- La empresa CASA GRANDE TELEVISIÓN E.I.R.L. mantendrá la concesión para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable en las ciudades de Supe, Supe Puerto y Pativilca, en la provincia de Barranca, departamento de Lima, que le fuera otorgada por Resolución Ministerial Nº 670-97-MTC/15.03.