Norma Legal Oficial del día 02 de noviembre del año 2000 (02/11/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, jueves 2 de noviembre de 2000

NORMAS LEGALES
Horario Ubicacion de los Estudios y Planta Transmisora : H24

Pag. 194591

El plazo de la autorizacion y el permiso concedido se computara a partir del dia siguiente de publicada la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- MORDAZA MORDAZA MORDAZA esta obligado a instalar y operar el servicio de radiodifusion concedido acorde con la presente resolucion, estando impedido de modificar sin autorizacion previa de este Ministerio las caracteristicas a que se contrae el Articulo 1º de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 12548

: Jr. La Mar Nº 675, distrito, provincia y departamento de Cajamarca. : L.O. 78° 30' 58.5" L.S. 07° 09' 14.0"

Coordenadas

Otorgan autorizacion y permiso de instalacion y prueba a Radio y Television MORDAZA E.I.R.L. para operar estacion transmisora del servicio de radiodifusion comercial por television
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 359-2000-MTC/15.03 MORDAZA, 28 de setiembre de 2000 VISTA, la solicitud formulada por la empresa RADIO Y TELEVISION MORDAZA E.I.R.L., para que se le otorgue autorizacion y permiso de instalacion y prueba para una estacion transmisora del servicio de radiodifusion comercial por Television en la Banda de UHF, ubicada en el distrito, provincia y departamento de Cajamarca; CONSIDERANDO: Que, segun lo establecido por el Articulo 22º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, para la prestacion de servicios de radiodifusion privados de interes publico se requiere autorizacion y permiso otorgados por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, segun lo establecido por los Articulos 48º y 49º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones MORDAZA referido, la autorizacion es la facultad, otorgada a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de telecomunicaciones; y el permiso es la facultad otorgada a personas naturales o juridicas para la instalacion de equipos de radiocomunicacion en un lugar determinado; Que, el Articulo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94TCC, y sus modificatorias, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, establecen la informacion y documentacion que se debe presentar para solicitar autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion privado de interes publico; Que, mediante Informes Nºs. 099-2000-MTC/15.19.03.2 y 189-2000-MTC/15.19.01, la Direccion de Administracion de Frecuencias y la Direccion de Asesoria Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones, respectivamente, senalan que la solicitud formulada por la empresa RADIO Y TELEVISION MORDAZA E.I.R.L. cumple con los requisitos tecnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgarle la autorizacion y permiso solicitados; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC; 06-94-TCC; 005-98-MTC; 022-98-MTC; 002-99-MTC y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; y, Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa RADIO Y TELEVISION MORDAZA E.I.R.L., autorizacion y permiso de instalacion y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estacion transmisora del servicio de radiodifusion comercial por Television en la Banda UHF, ubicada en el distrito, provincia y departamento de MORDAZA, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: Estacion Frecuencia: MORDAZA Indicativo Potencia Emision : BC-TV Video: 513.25 MHz Audio: 517.75 MHz : 21 : OAV-2J : Video: 250 w Audio: 25 w : Video: C3F Audio: F3E

El plazo de la autorizacion y el permiso concedido se computara a partir del dia siguiente de publicada la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- La empresa RADIO Y TELEVISION MORDAZA E.I.R.L. esta obligada a instalar y operar el servicio de radiodifusion concedido acorde con la presente resolucion, estando impedido de modificar sin autorizacion previa de este Ministerio las caracteristicas a que se contrae el Articulo 1º de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 12540

Sancionan con multa a personas juridica y natural por incurrir en infraccion postal
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 061-2000-MTC/15.20 MORDAZA, 14 de setiembre de 2000 Vista la accion de supervision llevada a cabo a la empresa SERVECOM S.A. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 685 y el Reglamento de Servicios y Concesiones Postales aprobado por Decreto Supremo Nº 032-93-TCC, para la prestacion del servicio postal se requiere de concesion otorgada por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, el servicio postal debe prestarse dentro del MORDAZA del contrato de concesion postal, conforme lo senala el Articulo 9º del Decreto Legislativo Nº 685 y los Articulos 5º, 8º, 31º y siguientes del Reglamento de Servicios y Concesiones Postales aprobado por Decreto Supremo Nº 032-93-TCC, por lo que es imprescindible la suscripcion de un contrato de concesion postal; Que, con fecha 14 de MORDAZA de 2000, dentro del plan de supervision llevado a cabo por la Direccion General de Correos, se efectuo una visita de inspeccion inopinada a las instalaciones de la empresa SERVECOM S.A., con RUC Nº 36653299 ubicada en MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 844, distrito de Iquitos, provincia de Maynas, departamento de MORDAZA, encontrando que la mencionada empresa ha venido prestando el servicio postal sin autorizacion; Que, el hecho de prestar el servicio postal sin tener autorizacion del Ministerio, constituye infraccion de caracter postal tipificada en el inciso a) del Articulo 38º del Reglamento de Servicios y Concesiones Postales; Que, la Direccion de Normas y Supervision Postal mediante Informe Nº 260-2000-MTC/15.20.03 de fecha 7 de setiembre de 2000, ha emitido opinion al respecto, encontrando que debe imponerse la sancion administrativa correspondiente; De conformidad con lo establecido en los Articulos 39º y 43º del Reglamento de Servicios y Concesiones Postales y atribuciones conferidas en el Articulo 8º inciso j) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Direccion General de Correos, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 397-95-MTC/15.04; SE RESUELVE: Articulo Primero.- SANCIONAR a la empresa SERVECOM S.A., con una multa equivalente a diez (10) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) al haber incurrido en la infraccion postal indicada en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- El importe de la multa impuesta debera ser abonado en el plazo MORDAZA de treinta (30) dias calendario contados a partir del dia siguiente de notificada o publicada la presente resolucion en la Tesoreria del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, caso contrario se procedera a iniciar las acciones legales correspondientes. Articulo Tercero.- Requerir a la empresa SERVECOM S.A., se abstenga de prestar el servicio postal, en tanto formalice su concesion postal, conforme a Ley. Articulo Cuarto.- La Direccion de Normas y Supervision Postal queda encargada de verificar el cumplimiento de la presen-

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