Norma Legal Oficial del día 01 de septiembre del año 2000 (01/09/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 1 de setiembre de 2000

que se dirijan al mismo proveedor, a los correspondientes Puntos de Conexion o "Puntos de Presencia" (PoPs). En estos puntos se conectaran dichos proveedores de servicio. Cada PoP representara una "demarcacion" (conjunto de centrales locales de una determinada area geografica). El proveedor se conectara a estos puntos mediante enlaces portadores de alta velocidad, tambien a velocidades de 155 Mbps y recibira a cada uno de sus clientes, como circuitos virtuales dentro de este MORDAZA virtual. Por tanto, los circuitos virtuales se extienden desde la PC del abonado (en su tramo externo, las celdas ATM son transportadas a traves de acceso ADSL) hasta el PoP donde se conecta con el respectivo Proveedor de Servicio de este abonado. IV. COBERTURA DEL SERVICIO Se ha previsto que las prestaciones materia de la resolucion tarifaria aprobada MORDAZA accesibles para los usuarios de todo el pais; no obstante, esto implicara el desarrollo gradual de la infraestructura necesaria, por lo que en el Articulo 7º de la resolucion, se ha dispuesto que la empresa Telefonica del Peru S.A.A., en un plazo de por lo menos quince (15) dias habiles de anticipacion a la fecha de disponibilidad correspondiente, comunique a OSIPTEL y publique en al menos un diario de circulacion nacional, el cronograma que aplicara para la implementacion de las prestaciones en todo el territorio nacional, asi como la ubicacion de los puntos de presencia correspondientes donde se concentren los flujos de informacion generados a traves de los accesos ADSL, senalando las series de numeros que identifiquen a las lineas telefonicas que estaran comprendidas en la cobertura prevista para cada departamento y, en cada caso, la fecha de disponibilidad. De acuerdo a lo informado inicialmente por Telefonica del Peru S.A.A., esta previsto que durante los primeros dos anos se implementaran 11 puntos de presencia en la MORDAZA de Lima: San MORDAZA, Monterrico, Miraflores, MORDAZA, San MORDAZA, Higuereta, MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, El Cercado, Callao y Los Olivos. Asimismo, en igual periodo de tiempo, se establecerian otros puntos de presencia en las siguientes ciudades del interior del pais: MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Tumbes, MORDAZA, Abancay, Chiclayo, Tacna, MORDAZA, Pucallpa, Ica, Huancayo, MORDAZA, MORDAZA, Chimbote, MORDAZA, Iquitos y Tarapoto. V. Principales Beneficios Algunos de los beneficios y efectos mas importantes que se esperan obtener con la implementacion de la nueva tecnologia que es objeto de la resolucion tarifaria aprobada, son los siguientes:
q Alta confiabilidad y calidad. q Eficiencia en la utilizacion del ancho de banda. q Acceder a una diversidad de servicios con tarifa plana, tales como acceso a Internet, acceso a centros proveedores de informacion, realizar teletrabajo y comercio electronico, conformacion de redes privadas virtuales en los modos Intranet y Extranet, etc. q Variedad de modalidades de transmision asimetrica (mayor velocidad de transmision desde la red al usuario que la del usuario hacia la red). q La posibilidad de transmitir volumenes de informacion de aplicaciones que demandan un trafico considerable, tales como graficos, imagenes, audio y video. q De este modo, los usuarios podran acceder a una diversidad de servicios sin ver afectado su servicio de telefonia fija. q Su implementacion y desarrollo se constituira en una plataforma tecnologica fundamental para el desarrollo de la Sociedad Global de la Informacion, colocando al Peru a la vanguardia de los avances tecnologicos a nivel mundial, al igual que paises como MORDAZA, MORDAZA, Estados Unidos, Espana, Reino Unido, Austria, Alemania y Brasil, donde recientemente se ha implementado esta tecnologia de MORDAZA generacion.

la Municipalidad del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con la asistencia de los senores Regidores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunton, MORDAZA MORDAZA Castaneda MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Armijo MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Pintado de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lazo. Visto, el Dictamen Nº 001-2000-C.S.C.emitido por la Comision de Servicios a la MORDAZA del Concejo Distrital del MORDAZA, referente a la ampliacion del Acuerdo de Concejo Nº 060-99-MDR de fecha 15 de MORDAZA de 1999, sobre Control de Gases Toxicos en la jurisdiccion del distrito; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo de Concejo Nº 060-99-MDR, en el cual se establece procedimientos en el Control de Gases Toxicos en la jurisdiccion del distrito, en un concepto MORDAZA, debiendose ampliar el mencionado acuerdo posteriormente; Que, los municipios son competentes para normar y controlar las actividades relacionadas con el saneamiento ambiental dentro de su jurisdiccion; Que, el MORDAZA vehicular esta creciendo a niveles elevados, siendo por el contrario, el nivel de renovacion muy bajo, provocando esta circunstancia el continuo aumento de emisiones de gases toxicos generados por estos vehiculos; Que, un aspecto importante de la funcion municipal es, establecer medidas para eliminar o reducir la contaminacion del aire generada por la descarga de contaminantes, gases toxicos emitidos por los vehiculos; Que, es necesario proteger y conservar la calidad del aire, a fin de garantizar un ambiente saludable, ecologicamente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la MORDAZA, satisfaciendo las necesidades y aspiraciones de las generaciones futuras; Que, de conformidad con lo previsto por el Art. 2º Inc. 22) de la Constitucion Politica del Estado, Art. 1º Inc. 4) del Codigo de Medio Ambiente y los Recursos Naturales, Arts. 53º y 54º del Reglamento de Acondicionamiento Territorial; Codigo de MORDAZA y Seguridad Vial aprobado por D.Leg. N° 429, Arts. 36º y 66º Incs. 3) y 1) respectivamente, de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 23853; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el Art. 47º Inc. 6) de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº23853, con el MORDAZA UNANIME de los miembros del Concejo y con la dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- AMPLIAR el Acuerdo de Concejo Nº 06099-MDR de fecha 15 de MORDAZA de 1999, mediante la presente Ordenanza, precisando los limites Maximos Permisibles, clasificacion y gradualidad, para la emision de gases contaminantes del MORDAZA automotor que circula por la jurisdiccion del distrito. Articulo Segundo.- PROHIBIR la descarga de contaminantes que alteren la atmosfera provenientes de fuente moviles, fuera de los limites permisibles tal como se establecen a continuacion: GRUPO A: Fabricacion de 1997 en adelante MORDAZA emision segun sistemas de medicion permitidos

Escalas de medicion permitidos
Nivel MORDAZA permisible

CO %V
0,5

HC PPM
250

RINGELMANN

UNIDADES BACHARACH (UB)
4

2

9964

MODO DE APLICACION GRADUAL EN EL TIEMPO

MUNICIPALIDAD DEL MORDAZA
Amplian acuerdo de concejo y precisan limites maximos permisibles, clasificacion y gradualidad para emision de gases contaminantes del MORDAZA automotor
ORDENANZA Nº 012-MDR MORDAZA, 18 de agosto del 2000 LA ALCALDESA DISTRITAL DEL MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DEL MORDAZA, en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, bajo la Presidencia de la senora Alcaldesa de

Escalas de medicion permitidos
Nivel MORDAZA permisible hasta 31/12/2000 Nivel MORDAZA permisible hasta 30/6/2001 Nivel MORDAZA permisible Hasta 31/12/2001

CO HC RINGELMANN UNIDADES %VOL PPM BACHARACH
3.0 400 2 4

2.5

300

2

4

2.0

300

2

4

GRUPO B: Fabricacion de 1980 A 1996 MORDAZA emision segun sistemas de medicion permitidos

Escalas de medicion permitidos
Nivel MORDAZA permisible

CO %V
1,1

HC PPM
400

RINGELMANN

UNIDADES BACHARACH (UB)
4

2

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