Norma Legal Oficial del día 01 de septiembre del año 2000 (01/09/2000)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, viernes 1 de setiembre de 2000

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

Pag. 192385

economicos del MORDAZA, evaluando el desempeno de los mismos, a traves de un enfoque sistemico, entendido este como una vision integral del rol que cumplen los distintos organos que integran la estructura funcional de la Institucion en la promocion de la competencia y la proteccion de la propiedad intelectual; Que la experiencia peruana muestra que el MORDAZA aerocomercial se ha expandido despues del MORDAZA de liberalizacion, observandose tarifas mas bajas y mayores opciones para los usuarios; Que sin embargo, algunos de los efectos positivos inicialmente observados se revirtieron posteriormente debido a la salida del MORDAZA de muchas empresas, apreciandose una tendencia hacia la concentracion del sector; Que con el ingreso de nuevas empresas, a partir de mediados de 1999, se inicio un MORDAZA ciclo en el segmento domestico aerocomercial, haciendo necesario revisar de acuerdo a la experiencia pasada, cuales son los problemas que enfrentan los agentes que interactuan en este MORDAZA, a fin de promover la competencia y el desarrollo del sector; Que durante los ultimos anos, se han tramitado ante el Servicio de Proteccion al Turista, y el Sistema de Apoyo al Consumidor quejas de usuarios de los servicios que prestan las companias de aviacion comercial. Por su parte, la Comision de Proteccion al Consumidor y la Comision de Represion de Competencia Desleal han tramitado diversas denuncias por falta de adecuada informacion y/o idoneidad en la prestacion del servicio, asi como por infracciones a las normas de publicidad, respectivamente. Asimismo, la Comision de Acceso al MORDAZA ha conocido procedimientos administrativos interpuestos contra autoridades encargadas de regular este mercado. Finalmente, la Comision de Libre Competencia ha tramitado denuncias relativas a discriminacion de precios y ha absuelto consultas relativas a la supuesta existencia de practicas predatorias en dicho sector; Que a raiz de las sucesivas denuncias, quejas y consultas recibidas por los distintos organos funcionales del Indecopi contra empresas que operan en el sector aerocomercial, el Area de Estudios Economicos del Indecopi, inicio actividades destinadas a analizar los principales problemas que afronta dicho MORDAZA a fin de proponer soluciones a dicha problematica; Que los esfuerzos institucionales desplegados para la evaluacion del sector aerocomercial se encuentran recogidos en el Documento de Trabajo N° 011-2000, en el que se analiza el rol del Estado para garantizar el mantenimiento de niveles minimos de calidad del servicio, tanto respecto de la satisfaccion del usuario como del cumplimiento de los estandares de seguridad requeridos; Que en ese sentido y de conformidad con la politica aprobada por el Directorio del Indecopi mediante Resolucion Nº 041-1998INDECOPI/DIR, se debe recoger sugerencias y comentarios de la ciudadania para luego elaborar una nueva version del diagnostico elaborado por el Indecopi, que incorpore tales sugerencias y comentarios; Que por lo MORDAZA expuesto y considerando la trascendencia de la materia contenida en el referido Documento de Trabajo, resulta oportuno ponerlas a consideracion de la sociedad civil en su conjunto y del MORDAZA, con la finalidad de recibir las sugerencias y comentarios en virtud de los cuales el trabajo efectuado pueda perfeccionarse; Estando a lo acordado por el Directorio del Instituto en su Sesion de fecha 29 de agosto del 2000; y, En uso de las facultades que confiere el Articulo 5º del Decreto Ley Nº 25868; RESUELVE : Articulo Primero.- Disponer la publicacion, en Separata Especial de las Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, del Documento de Trabajo Nº 012-2000, denominado "Situacion y Perspectivas del MORDAZA Aerocomercial Peruano", que contiene el estudio y analisis de la realidad del sector aerocomercial peruano, con la finalidad de recibir las sugerencias y comentarios en virtud de los cuales puedan perfeccionarse, hasta el dia 30 de noviembre del 2000. Articulo Segundo.- Dispongase, asimismo, la publicacion del Documento de Trabajo referido en el articulo anterior, en la Pagina Web del Indecopi (http://www.indecopi.gob.pe) con el objeto que la ciudadania en general pueda conocer las propuestas normativas alli contenidas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DIBOS Presidenta del Directorio 9985

Que mediante Resolucion Suprema Nº 121-2000-ITINCI, publicada el 25 de agosto del 2000 en el Diario Oficial El Peruano, se acepto, con efectividad al 31 de agosto del 2000, la renuncia formulada por la Dra. MORDAZA MORDAZA Dibos a la Presidencia del Directorio del Indecopi; Que mediante Resolucion Suprema Nº 122-2000-ITINCI, publicada el 25 de agosto del 2000, se designo, a partir del 1 de setiembre del 2000, al Ing. MORDAZA MORDAZA Pizzorni como MORDAZA Presidente del Directorio del Indecopi; Que a efectos de dar cumplimiento a las citadas Resoluciones, el acto de transferencia del cargo se realizara el dia 1 de setiembre del 2000; Que el Directorio del Instituto ha considerado conveniente que en dicho acto de transferencia de cargo, la Dra. MORDAZA MORDAZA Dibos haga entrega al MORDAZA Presidente del Directorio de la institucion, la documentacion institucional que a continuacion se detalla; - Memoria Institucional (1992-1999) - Memoria Estadistica de Gestion (1993-2000) - Memoria de Planeamiento Estrategico (1994-2000) - Memoria del Area de Estudios Economicos (1996-2000) - Resena de Gestion de MORDAZA MORDAZA Dibos en Indecopi (19952000) - Agenda pendiente (setiembre - diciembre 2000) - Documentos de Trabajo elaborados - Libros de Auditoria Academica del Indecopi Que adicionalmente el Directorio del Instituto ha estimado conveniente que los interesados puedan tener acceso a la referida documentacion; y, De conformidad con el inciso e) del Articulo 5º del Decreto Ley Nº 25868. RESUELVE: Articulo Unico.- Poner a disposicion de los interesados la documentacion referida en los considerandos de la presente Resolucion, disponiendose, para tales efectos, la publicacion de la presente Resolucion en la Separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano asi como en la Pagina Web del Indecopi (http://www.indecopi.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DIBOS Presidenta del Directorio 9991

INEI
Indice de Precios al Consumidor de MORDAZA Metropolitana correspondiente al mes de agosto del ano 2000
RESOLUCION JEFATURAL Nº 227-2000-INEI MORDAZA, 31 de agosto del 2000 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 10º del Decreto Legislativo Nº 502, el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica publicara en el Diario Oficial El Peruano, con caracter de MORDAZA Legal, el primer dia util del mes siguiente al que corresponda, la variacion mensual que MORDAZA experimentado el Indice de Precios al Consumidor de MORDAZA Metropolitana; Que, asimismo la Primera Disposicion Final del Decreto Legislativo Nº 510, expresa que el INEI, debera publicar mensualmente con caracter de MORDAZA Legal, la Variacion Acumulada del Indice de Precios al Consumidor, con respecto al indice del mes de diciembre del ano anterior; Que, por consiguiente, es necesario disponer la publicacion de la Variacion Mensual del Indice de Precios al Consumidor de MORDAZA Metropolitana, correspondiente al mes de agosto del 2000 y la Variacion Acumulada del Indice de Precios al Consumidor con respecto al mes de diciembre de 1999 y aprobar la publicacion del Boletin Mensual que contiene la informacion oficial de precios al consumidor; En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la publicacion de la Variacion Porcentual Mensual y Acumulada del Indice de Precios al Consumidor de MORDAZA Metropolitana, (Base: Ano 1994 = 100,0) correspondiente al mes de agosto del 2000:

Ponen a disposicion del publico documentacion institucional del Indecopi
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 089-2000-INDECOPI/DIR MORDAZA, 31 de agosto del 2000

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.