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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2000 (01/09/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 4

Pág. 192382 NORMAS LEGALES Lima, viernes 1 de setiembre de 2000 cial, aprobado por Resolución Administrativa Nº 052-93-CE-PJ, de fecha 28 de octubre de 1993; Que es atribución de este Organo de Gobierno y Gestión, tomar acuerdos y dictar medidas necesarias, para que las depen- dencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y eficiencia; la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, en Sesión de la fecha; RESUELVE: Primero.- Declarar fundada la solicitud del doctor Nimer Roberto Marroquín Mogrovejo, Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Puno, en consecuencia, disponer su traslado a una plaza de igual nivel en la Corte Superior de Justicia de Arequipa. Segundo.- Transcribir la presente Resolución al Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratu- ra del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia Puno y Arequipa, Gerencia General del Poder Judicial y al interesado. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR RAUL CASTILLO CASTILLO LUIS EDMUNDO SERPA SEGURA JORGE BUENDIA GUTIERREZ DAVID PEZUA VIVANCO 9988 CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Inician procedimiento disciplinario a magistrado por su actuación como vocal de la Sala Penal de Delitos Tri- butarios y Aduaneros de Lima RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 029-2000-CNM P.D. Nº 006-2000-CNM San Isidro, 28 de agosto de 2000 VISTO: El Oficio Nº 2226-2000-CME-PJ con los acompaña- dos, remitidos por el señor Presidente de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, solicitando al Consejo Nacional de la Magistra- tura la destitución del doctor Mario Zózimo Oropeza Villanueva, Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Ancash, por su actuación como Vocal de la Sala Penal de Delitos Tributarios y Aduaneros de Lima; y, CONSIDERANDO: Primero.- Que, el 1 de marzo del 2000, doña Ana Diatchenko denunció ante la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial al doctor Mario Zózimo Oropeza Villanueva, que se desempeñaba como Vocal de la Sala Penal de Delitos Tributarios y Aduaneros de Lima, indicando que el citado magistrado le había solicitado ochocientos dólares americanos y sostener relaciones sexuales, a fin de favorecer a su conviviente, Víctor Sergio Chávez Osorio, en el proceso sobre delito contra la fe pública que se le seguía en la mencionada Sala, citándola para el día siguiente, 2 de marzo, en una habitación del Hostal Belén; Segundo.- Que, en mérito a la denuncia presentada, la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial llevó a cabo un operativo, el 2 de marzo del 2000, en la habitación 411 del Hostal Belén, interviniéndose al referido magistrado, y encon- trándose sobre una mesa de la habitación un fólder con carátula del Poder Judicial, conteniendo ochocientos dólares americanos, los mismos que habían sido entregados por la OCMA a la denun- ciante; y, constatándose que los billetes habían sido manipulados por el magistrado intervenido, mostrando las yemas de sus dedos huellas del reactivo químico; Tercero.- Que, la solicitud de destitución de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial reúne los requisitos formales prescri- tos en el Artículo 25º del Reglamento de Procesos Disciplinarios del Consejo Nacional de la Magistratura y estando a las pruebas actuadas en el expediente que se tiene a la vista, resulta innece- sario abrir investigación preliminar; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 2º, inciso 2.2 de la Ley Nº 26973 y los Artículos 27º, 28º, 33º, 38º y 39º del Reglamento de Procesos Disciplinarios, y al acuerdo del Pleno de fecha 23 de agosto del 2000;SE RESUELVE: Primero.- Abrir proceso disciplinario contra el doctor Mario Zózimo Oropeza Villanueva, Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Ancash, por su actuación como Vocal de la Sala Penal de Delitos Tributarios y Aduaneros de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa, por el plazo máximo de 60 días. Segundo.- Otorgar el plazo de diez días hábiles, contados a partir de la notificación de la presente resolución, para que el Vocal procesado presente su descargo por escrito, permitiéndosele la revisión del expediente en la Secretaría del Consejo en horas de oficina. Regístrese y comuníquese. CARLOS HERMOZA MOYA Presidente 9947 J N E Convocan a candidata no proclamada para que asuma cargo de regidora del Concejo Distrital de Carampoma, pro- vincia de Huarochirí RESOLUCION Nº 1215-2000-JNE Lima, 31 de agosto de 2000 Vista la carta presentada el pasado 25 de agosto de 2000 por el señor Julio Manfredo Hilario Ludeña, alcalde del concejo distrital de Carampoma, provincia de Huarochirí, comunicando que dicho concejo ha declarado la vacancia en el cargo de regidor que ejercía el señor Alejandro Francisco Sánchez Rosadio, al haberse producido el falleci- miento del referido señor el día 13 de junio de 2000; por lo que solicita se nombre al regidor que lo reemplace; CONSIDERANDO: Que en Sesión Ordinaria Nº 11-2000 de fecha 28 de junio de 2000, el concejo distrital de Carampoma, provincia de Huarochirí, acordó declarar la vacancia del cargo de regidor ejercido por el señor Alejandro Francisco Sánchez Rosadio, al haber fallecido con fecha 13 de junio de 2000; Que de la copia certificada del Acta de Defunción Nº 005711 expedida por el Registrador de la municipalidad distrital de Carampoma, que corre a fojas 02, se aprecia que el señor Alejan- dro Francisco Sánchez Rosadio falleció con fecha 13 de junio del presente año; Que, el Artículo 26º inciso 1) de la Ley Orgánica de Municipa- lidades Nº 23853, establece que vacan en el cargo de regidor aquellos que por alguna causa se encuentran impedidos de su desempeño, por plazo mayor de tres meses, por lo que la declara- toria de vacancia en el cargo de regidor del señor Alejandro Francisco Sánchez Rosadio, en el concejo distrital de Carampoma, provincia de Huarochirí, es procedente; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 28º inciso 2) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, en caso de vacancia reemplaza al regidor vacado el suplente de su respectiva lista; Que revisada la relación de candidatos presentada por la lista independiente Reconstrucción Huarochirana, por la que postuló el regidor vacado en las últimas elecciones municipales de 1998, se determina que la regidora suplente que sigue en la misma lista del regidor vacado es doña Victoria Carhuayalle Herrera, candi- data no proclamada a quien se debe convocar para completar el período edil 1999-2002; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Convocar a la candidata no proclamada Victoria Carhuayalle Herrera, de la lista independiente Reconstruc- ción Huarochirana, para que asuma el cargo de regidora en el concejo distrital de Carampoma, provincia de Huarochirí, y complete el número legal de miembros de dicho concejo durante el período municipal 1999-2002, otorgándosele la respectiva credencial. Artículo Segundo.- Las autoridades políticas y policiales prestarán las garantías que se requiera para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. MONTES DE OCA BEGAZO BRINGAS VILLAR SOTO VALLENAS VELA MARQUILLO DE VALDIVIA CANO TRUJILLANO, Secretario General 9960