Norma Legal Oficial del día 14 de septiembre del año 2000 (14/09/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 14 de setiembre de 2000

Establecen medidas destinadas a asegurar la prestacion efectiva y eficiente de servicios de saneamiento y el fortalecimiento de empresas proveedoras de los mismos
DECRETO DE URGENCIA Nº 075-2000 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 908, Ley de Fomento y Desarrollo del Sector Saneamiento declaro a los servicios de saneamiento y las obras destinadas a su prestacion como de necesidad y utilidad publica y de preferente interes nacional con el objetivo de proteger la salud de la poblacion y el medio ambiente; Que, el mismo cuerpo legal establecio, entre otros aspectos, como mision del Estado, a traves de su organo rector, la promocion del desarrollo empresarial fomentando la gestion eficiente de los servicios, basadas en criterios de eficiencia tecnica y economica, y viabilidad financiera; Que, es necesario establecer un regimen transitorio que permita al Estado adoptar las medidas de excepcion requeridas para el fortalecimiento empresarial de tales empresas asegurando el saneamiento economico financiero o reestructuracion patrimonial de tales empresas y la prestacion ininterrumpida de los servicios de saneamiento a nivel nacional; Que, resulta necesario adoptar las medidas que permitan asegurar la prestacion efectiva y eficiente de los servicios descritos con el consiguiente fortalecimiento empresarial de las empresas proveedoras de los mismos; De conformidad con lo establecido en el numeral 19º del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Estado; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Creacion y Objeto del Programa Transitorio de Saneamiento Economico Financiero de las Empresas Prestadoras.Crease el Programa Transitorio de Saneamiento Economico Financiero de las Empresas Prestadoras de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado a fin de ejecutar, las acciones que permitan el fortalecimiento empresarial y patrimonial de las mismas asegurando la prestacion ininterrumpida de los servicios descritos en condiciones de eficiencia y calidad, y la solidez empresarial de las empresas prestadoras de los mismos. Articulo 2º.- Constitucion de Comision Tecnica.La ejecucion del Programa Transitorio de Saneamiento Economico de las Empresas Prestadoras de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado, estara a cargo de una Comision Tecnica integrada por un representante del Ministerio de la Presidencia, quien la presidira, un representante del Ministerio de Economia y Finanzas, un representante de la Comision Liquidadora del FONAVI - COLFONAVI, un representante del Organismo Regulador de Servicios de Saneamiento - SUNASS, un representante del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de Proteccion de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, y un representante de la Comision de Promocion de la Inversion Privada - COPRI. COLFONAVI asumira los gastos de organizacion y funcionamiento de la Comision Tecnica. Articulo 3º.- Mision y Funciones de la Comision Tecnica.La Comision Tecnica a que se refiere el articulo precedente, tiene como mision decidir las acciones necesarias para el saneamiento patrimonial y fortalecimiento institucional y administrativo de las empresas prestadoras, segun corresponda, disponiendo la ejecucion de las mismas a traves de los organismos y/o entidades competentes, asegurando de esta forma la prestacion ininterrumpida de los servicios de agua potable y alcantarillado en beneficio de los usuarios. La Comision Tecnica goza de las mas amplias facultades para disponer la consolidacion, reestructuracion, refinanciacion y/o fraccionamiento de los adeudos, gestion empresarial, la reestructuracion patrimonial o cualesquiera otras que resulten necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto por la presente MORDAZA legal. Articulo 4º.- De la promocion de la inversion privada.El MORDAZA para el otorgamiento en concesion de la prestacion de los servicios de saneamiento y de las obras publicas de infraestructura estara a cargo de la COPRI. El respectivo

contrato de concesion sera suscrito por las Municipalidades en calidad de concedentes. Articulo 5º.- Medidas Reglamentarias.Por Decreto Supremo se dictaran las medidas reglamentarias en materia de determinacion de obligaciones, creditos otorgados a las Empresas Prestadoras de Servicios, contribuciones reembolsables, operatividad del programa transitorio de saneamiento economico financiero y transferencia de la propiedad de las obras de infraestructura construidas. Articulo 6º.- Derogatorias.Derogase la Primera Disposicion Transitoria del Decreto Legislativo Nº 908 y dejese en suspenso la aplicacion de toda disposicion que se oponga al presente. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los trece dias del mes de setiembre del ano dos mil. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA S. Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA BOLONA BEHR Ministro de Economia y Finanzas 10560

PCM
Autorizan viaje de la Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano a MORDAZA para participar en reunion de la Conferencia Regional sobre la Mujer de MORDAZA Latina y el Caribe CEPAL
RESOLUCION SUPREMA Nº 407-2000-PCM MORDAZA, 12 de setiembre del 2000 CONSIDERANDO: Que la Ministra de Estado en el Despacho de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, senora MORDAZA MORDAZA Cuculiza MORDAZA, participara como Presidenta de Mesa de la "Trigesima Primera Reunion de la Mesa Directiva de la Conferencia Regional sobre la Mujer de MORDAZA Latina y el Caribe - CEPAL", a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, del 13 al 15 de setiembre del presente ano; Que en consecuencia es necesario autorizar el viaje de la senora Ministra del Sector PROMUDEH, asi como el reconocimiento de los pasajes, viaticos e impuestos correspondientes; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Decretos Supremos Nºs. 163-81-EF, 031-89-EF, 13590-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la Ministra de Estado en el Despacho de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, senora MORDAZA MORDAZA CUCULIZA MORDAZA, a la MORDAZA de MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, del 12 al 15 de setiembre del 2000, para el fin expuesto en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion por concepto de pasajes, viaticos y tarifa Corpac, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viaticos Tarifa Corpac US$ 460.50 US$ 600.00 US$ 25.00 -----------US$ 1,085.50 =======

Articulo 3º.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion.

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