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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2000 (14/09/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 8

Pág. 192902 NORMAS LEGALES Lima, jueves 14 de setiembre de 2000 Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de setiembre del año dos mil. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República CARLOS BOLOÑA BEHR Ministro de Economía y Finanzas 10563 Fijan montos, forma y plazos en que OSIPTEL, OSINERG, OSITRAN, SUNASS y la CTE deben efectuar las transferencias a que se refiere el D.U. Nº 065-2000 RESOLUCION SUPREMA Nº 263-2000-EF Lima, 11 de setiembre del 2000 CONSIDERANDO: Que, el Artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 065-2000, estableció que excepcionalmente y por única vez se autoriza- ba al Organismo Supervisor de Inversión Privada en Teleco- municaciones - OSIPTEL, al Organismo Supervisor de la Inversión en Energía - OSINERG, al Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN, a la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS y a la Comisión de Tarifas de Energía - CTE a transferir al Tesoro Público los montos que se determinarían mediante Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas en los plazos que se señalaran en dicha norma; Que, por lo expuesto es necesario fijar los montos, la forma y los plazos en que las entidades citadas deben realizar las transferencias autorizadas al Tesoro Público; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legisla- tivo Nº 560 -Ley del Poder Ejecutivo-; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Los montos de las transferencias que deben realizar el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía - OSINERG, el Organismo Supervi- sor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN, la Superintendencia Nacional de Servi- cios de Saneamiento - SUNASS y la Comisión de Tarifas de Energía - CTE al Tesoro Público, son los siguientes: - OSITRAN S/. 1 000 000,00 (Un millón de Nuevos Soles) - OSINERG S/.40 000 000,00 (Cuarenta millones de Nuevos Soles) - CTE S/.27 000 000,00 (Veintisiete millones de Nuevos Soles) - SUNASS S/. 8 000 000,00 (Ocho millones de Nuevos Soles) - OSIPTEL S/. 5 000 000,00 (Cinco millones de Nuevos Soles) Artículo 2º.- Las transferencias se deberán realizar mediante el endoso al Tesoro Público de certificados de depósitos, que mantengan las entidades mencionadas en el artículo anterior en el Sistema Financiero Nacional, hasta por los montos antes referidos, en un plazo que no deberá exceder de dos días útiles de publicada la presente norma. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República CARLOS BOLOÑA BEHR Ministro de Economía y Finanzas 10569 Autorizan viaje de Presidente del OSIPTEL a México para participar en eventos de AHCIET - REGULATEL RESOLUCION SUPREMA Nº 264-2000-EF Lima, 11 de setiembre del 2000CONSIDERANDO: Que, mediante Carta C. 411-SG/2000, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL-, solicita se autorice el viaje del señor Jorge Kunigami Kunigami, Presidente de dicho Organismo, a la ciudad de Oaxaca, México, del 8 al 13 de setiembre del año 2000, para que participe en el Tercer Foro Latinoamericano de REGULATEL y en la III Cumbre de Reguladores y Operadores de AHCIET-REGULATEL, organizados por la Comisión Federal de Telecomunicaciones de México - COFETEL- con la colaboración de las citadas Instituciones; Que, en consecuencia es necesario autorizar, dicho viaje, cuyos gastos serán asumidos por OSIPTEL, con cargo a su presupuesto, correspondiente al ejercicio 2000; De conformidad con lo establecido en los Decretos Supre- mos Nºs. 053-84-PCM, 074-85-PCM, 011-88-PCM, 135-90- PCM, 037-91-PCM y 031-89-EF y en el numeral 1.5 del Texto Unico Ordenado de la Directiva Nº 001-2000/FONAFE; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje del señor Jorge Kunigami Kunigami, Presidente del Organismo Supervisor de Inver- sión Privada en Telecomunicaciones -OSIPTEL-, a la ciudad de Oaxaca, México, del 8 al 13 de setiembre del año 2000, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, según se indica, serán cubiertos con recursos del Presupuesto del OSIPTEL: Viáticos :US$ 1 320,00 Pasajes :US$ 1 066,18 Tarifa CORPAC :US$ 25,00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República CARLOS BOLOÑA BEHR Ministro de Economía y Finanzas 10570 Nombran miembros del Directorio de la Empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima - SEDAPAL RESOLUCION SUPREMA Nº 265-2000-EF Lima, 13 de setiembre del 2000 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 24º del Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de Financia- miento de la Actividad Empresarial del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2000-EF, y normas modifica- torias, el FONAFE designa a los Directores de las empre- sas donde el Estado participa de manera mayoritaria, cuyo nombramiento deberá realizarse mediante Resolu- ción Suprema e instrumentarse en Junta General de Accionistas; Que por Acuerdo de Directorio del FONAFE Nº 122-2000/ 013-FONAFE, de fecha 25 de agosto del 2000 se designó a los directores de la empresa SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA - SEDAPAL; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; Ley Nº 27170, Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2000-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar como miembros del Directorio de la empresa SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTA- RILLADO DE LIMA - SEDAPAL, a las siguientes personas: