Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2000 (15/09/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, viernes 15 de setiembre de 2000

NORMAS LEGALES
DICE:

Pag. 192949

Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA CHAMOT MORDAZA Ministro de Energia y Minas 10640

En la MORDAZA linea del punto i) literal a) del Articulo 5º ... entre el productos y el Estado; mas, ... DEBE DECIR: ... entre el productor y el Estado; mas, ... 10627

MITINCI

Otorgan autorizaciones de generacion Aprueban formatos de Calificacion Prede energia electrica para consumo pro- via, Declaracion de Impacto Ambiental y lineamientos para el Sistema de Consulpio a Nabisco Peru S.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 343-2000-EM/VME MORDAZA, 18 de agosto de 2000 Visto, el Expediente Nº 33112200, que incluye los documentos con Registros Nºs. 1283376, 1287239 y 1289362, sobre otorgamiento de autorizacion para generacion de energia electrica de acuerdo con el Articulo 4º del Decreto Ley Nº 25844, presentado por NABISCO PERU S.A. persona juridica inscrita en el Asiento Nº 21-B de la Ficha Nº 1591 del Registro Mercantil de Lima; CONSIDERANDO: Que, NABISCO PERU S.A., ha solicitado autorizacion para desarrollar actividades de generacion de energia electrica para su propio consumo en las instalaciones existentes de la Central Termica NABISCO de propiedad de la solicitante, la que tiene una capacidad instalada de 0,63 MW; Que, la peticion se halla amparada en las disposiciones contenidas en el Articulo 38º del Decreto Ley Nº 25844 y el Articulo 67º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentacion; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos estipulados en el Decreto Ley Nº 25844 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93EM, ha emitido el Informe favorable Nº 150-2000-EM/DGE; Estando a lo dispuesto por el Articulo 6º del Decreto Ley Nº 25844; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion por tiempo indefinido a NABISCO PERU S.A. que se identificara con Codigo Nº 33112200, para desarrollar actividades de generacion de energia electrica para su propio consumo en las instalaciones existentes de la Central Termica NABISCO, de propiedad de la empresa solicitante, que operara en el distrito, provincia y departamento de MORDAZA, con una capacidad instalada de 0,63 MW. Articulo 2º.- La empresa autorizada esta obligada a operar cumpliendo las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion; asi como a remitir la informacion estadistica y los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM y otras normas legales pertinentes. Articulo 3º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CHAMOT Ministro de Energia y Minas 9970 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 016-2000-EM Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 016-2000-EM, publicado en nuestra edicion del dia 14 de setiembre de 2000, en la pagina 192908.

toria y Auditoria Ambiental a que se refiere el D.S. Nº 019-97-ITINCI
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 116-2000-ITINCI/DM MORDAZA, 12 de setiembre de 2000 CONSIDERANDO:

Que, el "Reglamento de Proteccion Ambiental para el Desarrollo de Actividades de la Industria Manufacturera", aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-ITINCI, establece las pautas y obligaciones que deben cumplir las empresas industriales manufactureras del pais; asi como establece un conjunto de instrumentos de gestion ambiental con el objeto de promover el desarrollo sostenible y competitivo de la industria manufacturera nacional; Que, el Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales ­ MITINCI, en su condicion de autoridad competente encargada de la implementacion de los instrumentos de gestion ambiental, a fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones que el titular de la actividad industrial manufacturera debe llevar a cabo, ha considerado pertinente aprobar los formatos de Calificacion Previa y de Declaracion de Impacto Ambiental asi como los lineamientos para el Sistema de Consultoria y Auditoria Ambiental; Que, los referidos documentos han sido sometidos a consulta ciudadana, a traves de su prepublicacion en el Diario Oficial El Peruano, con el objeto que se presenten aquellas observaciones y sugerencias que las personas naturales y juridicas interesadas, estimen conveniente formular; Que, habiendose recibido, evaluado y considerado las observaciones y recomendaciones alcanzadas durante el MORDAZA de consulta ciudadana, los referidos documentos han quedado expeditos para su aprobacion; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25831 "Ley Organica del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales" y el Decreto Supremo Nº 01997-ITINCI, "Reglamento de Proteccion Ambiental para el Desarrollo de Actividades de la Industria Manufacturera"; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar los formatos de Calificacion Previa y de Declaracion de Impacto Ambiental asi como los lineamientos para el Sistema de Consultoria y Auditoria Ambiental a ser aplicados por el Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, a los que hace referencia el Decreto Supremo Nº 01997-ITINCI, "Reglamento de Proteccion Ambiental para el Desarrollo de Actividades de la Industria Manufacturera". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO, INTEGRACION Y NEGOCIACIONES COMERCIALES INTERNACIONALES DIRECCION DE ASUNTOS AMBIENTALES · FORMATO DE CALIFICACION PREVIA · FORMATO DE DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL · SISTEMA DE CONSULTORIA Y AUDITORIA AMBIENTAL

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