Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 2000 (25/09/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 25 de setiembre de 2000

to en el inciso b) del Articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones para Hospitales de Nivel I, aprobado por Resolucion de Direccion Ejecutiva Nº 894-DE-92 del 8 de junio de 1992; Que, les asiste responsabilidad administrativa disciplinaria a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Arbulu, ex Administrador y Administrador del Hospital III MORDAZA MORDAZA de la Gerencia Departamental MORDAZA, respectivamente, por no haber efectuado la liquidacion y facturacion por prestaciones asistenciales brindadas a asegurados de empleadores morosos, y por no haber emitido mensualmente los listados valorizados por dichas prestaciones, limitando la celeridad de la cobranza, e incumpliendo lo dispuesto en el numeral 3.2.13 de la Directiva de Ejecucion y Evaluacion Presupuestal para 1998, aprobada por Resolucion de Gerencia General Nº 404-GG-98, asi como lo senalado en los incisos a) y c) del Articulo 15º del Reglamento de Organizacion y Funciones para Hospitales de Nivel III, aprobado por Resolucion de Direccion Ejecutiva Nº 894-DE-92 del 8 de junio de 1992. Sin embargo, es del caso senalar que la responsabilidad de ambos servidores se atenua por las deficiencias del Sistema de Gestion Hospitalaria implementada en el Hospital III MORDAZA MORDAZA de la Gerencia Departamental Piura; Que, le asiste responsabilidad administrativa disciplinaria a la senora MORDAZA MORDAZA Mechan Seclen, ex Jefa de la Division de Creditos y Cobranzas de la Gerencia de Red Asistencial de MORDAZA, por no adoptar las medidas necesarias y oportunas para determinar la perdida de las facilidades de pago de los empleadores que se acogieron al Decreto Legislativo Nº 848 y al Decreto Supremo Nº 019-98-EF, encausando el procedimiento al Area de Cobranzas Coactivas para el recupero de los adeudos, habiendo incumplido las funciones inherentes a su cargo, indicadas en los incisos e) y g) del Articulo 22º del Reglamento de Organizacion y Funciones de las Gerencias Departamentales MORDAZA A, aprobado por Resolucion de Gerencia General Nº 649-GG96 de fecha 16 de MORDAZA de 1996; Que, es del caso agregar que la senora MORDAZA MORDAZA Mechan Seclen ceso en el cargo el 7 de diciembre de 1998, considerandose como circunstancia atenuante de su responsabilidad la expedicion de normas modificatorias del Decreto Legislativo Nº 848, asi como la Ley Nº 27005 del 1 de diciembre de 1998; y en el caso del Regimen de Fraccionamiento del Fenomeno de El MORDAZA, la vigencia del aplazamiento de seis meses para los empleadores se amplio hasta febrero de 1999 de acuerdo a la Resolucion Nº 026-GCR-98; Que, le asiste responsabilidad administrativa disciplinaria al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Division de Creditos y Cobranzas de la Gerencia de Red Asistencial de MORDAZA, por no haber adoptado las acciones necesarias para determinar la perdida de facilidades de pago de 246 empleadores que no cancelaron oportunamente sus cuotas de fraccionamiento y/o aportaciones regulares siendo 124 empleadores que se acogieron al regimen de Fraccionamiento Especial del Decreto Legislativo Nº 848, y 122 empleadores acogidos al Decreto Supremo Nº 019-98-EF sobre Facilidades de Pago otorgadas a los deudores afectados por el Fenomeno de El MORDAZA, debiendose merituar los plazos establecidos en la Ley Nº 27005 (al 31 de diciembre de 1998), la Resolucion Ministerial Nº 100-99-EF/15 del 14 de MORDAZA de 1999, la Carta Circular Nº 23-GCR-ESSALUD-99 y la Ley Nº 27100 que establecio un Regimen Especial de Fraccionamiento de las Deudas de Municipalidades y Empresas Municipales; Que, asimismo, le asiste responsabilidad administrativa disciplinaria al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por otorgar la Certificacion de No Adeudos a la Contratista GUICONSA considerando para tales efectos, recibos y/o facturas que no describen el concepto de la prestacion, sino que se generaron como consecuencia de una interpretacion indebida de los criterios normados para detectar los elementos que permitan determinar la existencia de una relacion de dependencia de las personas que emitieron los recibos por honorarios y que debieron considerarse en planillas, asi como para analizar el detalle o concepto de recibo o factura y determinar si constituye o no mano de obra, lo que ha impedido la cobranza de adeudos por concepto de aportaciones por S/.172,614.00 (Ciento setentidos mil seiscientos catorce y 00/100 nuevos soles), incumpliendo los incisos e) y g) del Articulo 22º del Reglamento de Organizacion y Funciones de las Gerencias Departamentales MORDAZA A, aprobado mediante Resolucion de Gerencia General Nº 649-GG-96 de fecha 16 de MORDAZA de 1996; Que, le asiste responsabilidad administrativa disciplinaria al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Encargado del Area de Fiscalizacion de la Gerencia de Red Asistencial de MORDAZA, por otorgar la Certificacion de No Adeudos a la Contratista GUICONSA considerando para tales efectos, recibos y/o facturas que no describen el concepto de la prestacion, sino que se generaron como consecuencia de una interpretacion indebida de los criterios normados para detectar los elementos que permitan determinar la existencia de una relacion de dependencia de las personas que emitieron los recibos por honorarios y que debieron considerarse en planillas, asi como para analizar el detalle o concepto de recibo o factura y determinar si constituye o no mano de obra, lo que ha impedido la cobranza de adeudos por concepto de aportaciones por S/.172,614.00 (Ciento setentidos mil seiscientos catorce y 00/100 nuevos soles), habiendo incumplido la Primera Disposicion Final del Decreto Ley Nº 26162, Ley del Sistema Nacional de Control; Que, no le asiste responsabilidad administrativa disciplinaria al senor MORDAZA MORDAZA Guanilo, Jefe de la Division de Creditos y Cobranzas de la Gerencia Departamental La MORDAZA, por la tasacion y remate de los bienes embargados, debido a que estas

acciones eran ejecutadas por el Asesor Legal de la Gerencia Departamental, quien actuaba como representante legal de la mencionada Gerencia Departamental; Que, de otro lado, le asiste responsabilidad administrativa disciplinaria al senor MORDAZA MORDAZA Guanilo por no haber llevado a cabo un control adecuado del recupero de adeudos, a traves de la emision oportuna de Resoluciones de Cobranza, porque de las 147 liquidaciones correspondientes a los anos 1998-1999 del Hospital MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Gerencia Departamental La MORDAZA, solo se emitieron 23 Resoluciones de Cobranza, denotandose pasividad en el recupero de la suma de S/.161,898.44 (Ciento sesenta y un mil ochocientos noventa y ocho y 44/100 nuevos soles); Que, le asiste responsabilidad administrativa disciplinaria al senor MORDAZA MORDAZA Guanilo, por la inaccion y falta de diligencia ordinaria respecto del recupero de adeudos provenientes de la perdida de facilidades de pago otorgadas como consecuencia del Fenomeno de El MORDAZA, determinando que 96 empleadores pierdan las facilidades otorgadas, sin que se adopte las medidas necesarias para la emision de las Resoluciones correspondientes para continuar con el MORDAZA coactivo, incumpliendo las funciones inherentes a su cargo, segun el Reglamento de Organizacion y Funciones de las Gerencias Departamentales MORDAZA A, aprobado mediante Resolucion de Gerencia General Nº 649-GG-96 de fecha 16 de MORDAZA de 1996; Que, no le asiste responsabilidad administrativa disciplinaria al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Ejecutor Coactivo de la Gerencia Departamental La MORDAZA, debido a que las acciones para la tasacion y remate de los bienes embargados por la Gerencia Departamental La MORDAZA, debieron ser ejecutadas por sus antecesores, desde el ano 1991; ademas , el cargo de Ejecutor Coactivo lo tuvo desde el mes de enero de 1998 hasta noviembre del mismo ano, tiempo durante el cual ha sido diligente en sus labores desarrolladas, lo cual se ha evidenciado con la documentacion presentada en su descargo y escrito de fecha 18 de MORDAZA del ano en curso. De otro lado, mediante Ley Nº 27038 del 31 de diciembre de 1998 se dispuso que las aportaciones que administra la Institucion y la Oficina de Normalizacion Previsional, se rigen por las normas del Codigo Tributario; y que anteriormente, los reclamos se realizaban de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 018-78-TR; y la Cobranza Coactiva, por el Decreto Ley Nº 17355; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 170º del Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa, aprobada por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, los incisos a) y d) del Articulo 28º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276 y el Articulo 31º del Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios, aprobado por Acuerdo de Consejo Directivo Nº 2-30 del ano 1995; a lo recomendado en el Acta Nº 53-CEPADANESSALUD 2000, por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios Alto Nivel, y a las facultades delegadas; SE RESUELVE: 1.- IMPONER la sancion de SIETE (7) DIAS DE SUSPENSION al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Encargado del Area de Fiscalizacion de la Gerencia de Red Asistencial de MORDAZA, por incumplimiento de normas y negligencia en el ejercicio de sus funciones, faltas previstas en los incisos a) y d) del Articulo 28º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. 2.- IMPONER la sancion de DOS (2) DIAS DE SUSPENSION al senor MORDAZA DEDIOS MORDAZA, Director del Hospital I MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Gerencia Departamental MORDAZA, por incumplimiento de normas y negligencia en el ejercicio de sus funciones, faltas previstas en los incisos a) y d) del Articulo 28º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. 3.- IMPONER la sancion de DOS (2) DIAS DE SUSPENSION al senor MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA, Director del Hospital II Talara de la Gerencia Departamental MORDAZA, por incumplimiento de normas y negligencia en el ejercicio de sus funciones, faltas previstas en los incisos a) y d) del Articulo 28º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. 4.- IMPONER la sancion de DOS (2) DIAS DE SUSPENSION al senor MORDAZA MORDAZA RIJALBA, Administrador del Hospital I MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Gerencia Departamental MORDAZA, por incumplimiento de normas y negligencia en el ejercicio de sus funciones, faltas previstas en los incisos a) y d) del Articulo 28º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. 5.- IMPONER la sancion de DOS (2) DIAS DE SUSPENSION al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Administrador del Hospital III MORDAZA MORDAZA de la Gerencia Departamental MORDAZA, por incumplimiento de normas y negligencia en el ejercicio de sus funciones, faltas previstas en los incisos a) y d) del Articulo 28º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion.

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