NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2000 (25/09/2000)
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Pág. 193277 NORMAS LEGALES Lima, lunes 25 de setiembre de 2000 registral vigente y bajo la supervisión y control del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Regístrese, comuníquese y publíquese. CELEDONIO MENDEZ VALDIVIA Jefe Nacional 10917 RESOLUCION JEFATURAL Nº 549-2000-JEF-RENIEC Lima, 18 de setiembre de 2000 Vistos; el Informe Nº 438-GAJ/RENIEC, emitido por la Geren- cia de Asesoría Jurídica, de fecha 7 de junio del 2000 y el Oficio Nº 004-2000-C/AM/CPM-FNOM-J, del Alcalde del Centro Poblado Menor de TACTAGO, distrito de Cumba, provincia de Utcubam- ba, departamento de Amazonas; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo autónomo, creado por la Constitución Política del Estado, con la función de organizar y mantener el Registro Unico de Identificación de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, regula la inscripción de los hechos relativos al estado civil de las personas; Que, la norma citada dispone que el Sistema Registral está integrado entre otros organismos, por las Oficinas Registrales para el procesamiento registral y demás funciones inherentes al Registro de Estado Civil, que la Alta Dirección del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil estime convenientes; Que, conforme el informe del visto la Municipalidad del Centro Poblado Menor de TACTAGO, reúne los requisitos exigi- dos para autorizar la delegación de funciones registrales estable- cidos en los incisos a), b), c), e), i), l), m), n), o), p) y q) del Artículo 44º de la Ley Nº 26497, orgánica del Registro Nacional de Identifi- cación y Estado Civil; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26497, orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la delegación, en vía de regularización a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Menor de TACTAGO, compren- sión del distrito de CUMBA, provincia de UTCUBAMBA, departamento de AMAZONAS, de las funciones registrales seña- ladas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El Jefe de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Menor de TACTAGO, queda encargado de las acciones administrativas que correspondan para llevar adelante la delegación funcional dis- puesta por la presente Resolución, ceñida a la normatividad registral vigente y bajo la supervisión y control del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Regístrese, comuníquese y publíquese. CELEDONIO MENDEZ VALDIVIA Jefe Nacional 10918 RESOLUCION JEFATURAL Nº 550-2000-JEF-RENIEC Lima, 18 de setiembre de 2000Vistos; el Informe Nº 439-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 7 de junio del 2000 y el Oficio Nº 51-AD-MA-99, del Alcalde del Centro Poblado Menor de MISQUIYACU ALTO, distrito de Cajaruro, provincia de Utcubamba, departamento de Amazonas; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo autónomo, creado por la Constitución Política del Estado, con la función de organizar y mantener el Registro Unico de Identificación de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, regula la inscripción de los hechos relativos al estado civil de las personas; Que, la norma citada dispone que el Sistema Registral está integrado entre otros organismos, por las Oficinas Registrales para el procesamiento registral y demás funciones inherentes al Registro de Estado Civil, que la Alta Dirección del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil estime convenientes; Que, conforme el informe del visto la Municipalidad del Centro Poblado Menor de MISQUIYACU ALTO, reúne los requi- sitos exigidos para autorizar la delegación de funciones registra- les establecidos en los incisos a), b), c), e), i), l), m), n), o), p) y q) del Artículo 44º de la Ley Nº 26497, orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26497, orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la delegación, en vía de regularización a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Menor de MISQUIYACU ALTO, comprensión del distrito de Cajaruro, provincia de Utcubamba, departamento de Amazonas, de las funciones registrales señala- das en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El Jefe de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Menor de MISQUIYACU ALTO, queda encargado de las acciones adminis- trativas que correspondan para llevar adelante la delegación funcional dispuesta por la presente Resolución, ceñida a la norma- tividad registral vigente y bajo la supervisión y control del Regis- tro Nacional de Identificación y Estado Civil. Regístrese, comuníquese y publíquese. CELEDONIO MENDEZ VALDIVIA Jefe Nacional 10919 RESOLUCION JEFATURAL Nº 551-2000-JEF-RENIEC Lima, 18 de setiembre de 2000 Vistos; el Informe Nº 440-GAJ/RENIEC, emitido por la Geren- cia de Asesoría Jurídica, de fecha 7 de junio del 2000 y la Solicitud de fecha 31/1/2000, del Alcalde del Centro Poblado Menor de EL PINDO, distrito de La Coipa, provincia de San Ignacio, departa- mento de Cajamarca; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo autónomo, creado por la Constitución Política del Estado, con la función de organizar y mantener el Registro Unico de Identificación de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; INELCOT