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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2000 (25/09/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 16

Pág. 193286 NORMAS LEGALES Lima, lunes 25 de setiembre de 2000 que encontrándose dentro de la relación del Anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza, hayan concluido con el proceso de Habilitación Urbana y soliciten ampararse a la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- La exoneración de la presentación de la Licencia de Construcción, del Certificado de Conformidad de Obra y de la Declaratoria de Fábrica para la tramitación de la autori- zación municipal de funcionamiento temporal regulada en la presente ordenanza no exime al interesado de su obligación de obtenerlas para el inicio de cualquier obra de edificación o para acreditar su finalización o para el reconocimiento legal de una edificación, según sea el caso, de conformidad con la legislación vigente sobre la materia. Artículo Séxto.- La Autorización Municipal de Funciona- miento Temporal regulada por la presente Ordenanza se otorgará únicamente para los giros o actividades consideradas como Co- mercio Local y Vecinal C1 y C2. Artículo Sétimo.- El Certificado de Compatibilidad de Uso otorgado en mérito de la presente Ordenanza contendrá una Conformidad de Operatividad indicando que el establecimiento se encuentra en zonificación conforme y cuenta con los acondiciona- mientos mínimos indispensables para su funcionamiento y que el solicitante se acoge a la presente Ordenanza. Artículo Octavo.- La persona que se acoge a lo dispuesto por la presente ordenanza y que no pueda acreditar su propiedad sobre el inmueble donde funciona o funcionará su establecimien- to, deberá presentar documento fehaciente que acredite su pose- sión sobre el mismo. Artículo Noveno.- Establézcase los siguientes montos reba- jados por derechos administrativos establecidos en el TUPA para la obtención de la Autorización Municipal de Funcionamiento Temporal regulado por la presente Ordenanza, así como por Autorización de Anuncio Adosado a Fachada. a)Hasta el 30 de noviembre del 2000: monto monto rebajado TUPA S/. S/. - Certificado de Acondicionamiento y Compatibilidad de Uso .....………..….. 50.00 150.00 - Certificado de Autorización Municipal de Funcionamiento Temporal ………... 163.00 204.00 - Autorización de Instalación de Anuncio Adosado a Fachada ………… 100.00 140.00 b)Del 1 de diciembre del 2000 hasta el 31 de enero del 2001: monto monto rebajado TUPA S/. S/. - Certificado de Acondicionamiento y Compatibilidad de Uso .....………..….. 88.00 150.00 - Certificado de Autorización Municipal de Funcionamiento Temporal ………... 194.00 204.00 - Autorización de Instalación de Anuncio Adosado a Fachada ………… 120.00 140.00 Artículo Décimo.- Otorgada la Autorización Municipal de Funcionamiento Temporal conforme a la presente Ordenanza, los propietarios de los inmuebles donde se ubican los establecimien- tos autorizados deberán regularizar y/o adecuar su propiedad conforme a la normatividad vigente sobre Habilitaciones Urba- nas, gestión que podrá ser acreditada periódicamente o estar sujeta a fiscalización por la autoridad municipal. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- Suspéndase en su aplicación las disposiciones que se contravengan con la presente Ordenanza con relación a las personas que se acojan a lo dispuesto por la presente norma. Segunda.- Las solicitudes sobre Autorización Municipal de Funcionamiento que se encuentren en trámite con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza podrán acogerse a las presentes disposiciones con la sola presentación de un escrito manifestando su voluntad en dicho sentido, sin cargo a devolución por los derechos ya cancelados. Tercera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del décimo día calendario de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Cuarta .- Encárguese el cumplimiento de la presente Orde- nanza a la Dirección de Comercialización, Dirección de Desarrollo Urbano, Dirección de Fiscalización y Control. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. CARLOS DARGENT CHAMOT AlcaldeANEXO DE LA ORDENANZA N° 47-MSS GRUPOS POBLACIONALES COMPRENDIDOS DEN- TRO DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO SEGUNDO DE LA ORDENANZA N° 47-MSS 1 AA.HH. 15 DE SETIEMBRE 2 AA.HH. APROVISA 3 AA.HH. BANCO DE SEMILLAS 4 AA.HH. BUENOS AIRES (VILLA) 5 AA.HH. COCHARCAS ALTO (VILLA) 6 AA.HH. FELIPE DE LAS CASAS 7 AA.HH. JARDINES DE SAN JUAN 8 AA.HH. JOSE MARIA EGUREN 9 AA.HH. JOSE OLAYA 10 AA.HH. JUAN PABLO II 11 AA.HH. LA FLORESTA 12 AA.HH. LA HUACA 13 AA.HH. LAS BRISAS DE VILLA 14 AA.HH. LAS DELICIAS DE VILLA (VILLA) 15 AA.HH. LAS DUNAS 16 AA.HH. LAS FLORES DE VILLA 17 AA.HH. LOS ARBOLITOS 18 AA.HH. LOS FORESTALES 19 AA.HH. LOS OLIVOS (Parque Bajo) 20 AA.HH. MANUEL MEDINA PAREDES (Parque Bajo) 21 AA.HH. MANUEL SEOANE CORRALES 22 AA.HH. MARCELO FLORES POMA 23 AA.HH. MARIA PARADO DE BELLIDO (VILLA) 24 AA.HH. MATEO PUMACAHUA (VILLA) 25 AA.HH. PROG. MUNICIPAL SIMON BOLIVAR 26 AA.HH. RODRIGO FRANCO 27 AA.HH. SAN CARLOS-PARQUE BAJO 28 AA.HH. SAN GABINO 29 AA.HH. SAN JUAN DE LA LIBERTAD (VILLA) 30 AA.HH. SAN JUAN GRANDE 31 AA.HH. SAN LORENZO 32 AA.HH. SAN PEDRITO 33 AA.HH. SANTA ISABEL DE VILLA 34 AA.HH. SANTA ROSA DE LIMA 35 AA.HH. SEÑOR DE LOS MILAGROS 36 AA.HH. SIMON BOLIVAR 37 AA.HH. TACALA (VILLA) 38 AA.HH. TEJADITA 39 AA.HH. TRES DE OCTUBRE (VILLA) 40 AA.HH. TUPAC AMARU (VILLA) 41 AA.HH. VILLA SANTA ISABEL - Parque Bajo (Cercado) 42 AA.HH. VISTA ALEGRE (VILLA) 43 AA.HH. VISTA HERMOSA DE VILLA 44 ASOC. VILLA LARIENA 45 ASOC. AGRICOLA LA CONCORDIA 46 ASOC. EL OLIVAR 47 ASOC. LA VIRREYNA 48 ASOC. LAS PALMERAS 49 ASOC. LOS PORTALES 50 ASOC. MUTUALISTA DIEZ AMIGOS 51 ASOC. POPULAR TEJADITA 52 ASOC. PROP. HUARANGALITO 53 ASOC. PROP. HUERTO ESQUIVEL 54 ASOC. PROP. LAS PALMAS (Parque Bajo) 55 ASOC. PROP. PARQUE ALTO 56 ASOC. PROP. REPORTEROS GRAFICOS 57 ASOC. PROP. SANTA ROSA (Parque Bajo) 58 ASOC. PROPIETARIOS QUINTA SANTA ROSITA 59 ASOC. VILLA BAJA 60 ASOC. VILLA MERCEDES 61 ASOC. VIV. ALIPIO PONCE 62 ASOC. VIV. CANEVARO DE SURCO 63 ASOC. VIV. EL SOL DE MONTERRICO 64 ASOC. VIV. MARIANO SANTOS 65 ASOC. VIV. SAN JUAN GRANDE 66 ASOC. VIV. VALLE SAGRADO 67 ASOC. VIV. VILLA LIBERTAD DE MONTERRICO 68 ASOC. VIVIENDA LAS PALMAS (Parque Alto) 69 ASOC. VIVIENDA VIÑA DEL MAR 70 COOP. DE VIV. UNMAMARCA 71 COOP. VIV. AMERICA 72 COOP. VIVIENDA EMILIANO MORAN DE LA CADENA 73 PP.JJ. JORGE CHAVEZ 74 PUEBLO JOVEN TEJADA ALTA N° 33 75 URB. 15 DE SETIEMBRE 76 URB. AMP. SAN IGNACIO DE LOYOLA 77 URB. COOP. LA ESPERANZA 78 URB. COOP. VIV. MONTERRICO SUR 79 URB. COOVIECMA 80 URB. LA INMACULADA 81 URB. LAS CASUARINAS 82 URB. LOS PROCERES 83 URB. MARIA PARADO DE BELLIDO (Parque Bajo) 84 URB. PRECURSORES 85 URB. PROLONGACION BENAVIDES 86 URB. REPORTEROS GRAFICOS 87 URB. RESIDENCIAL MONTERRICO SUR 88 URB. SAN IGNACIO DE MONTERRICO 89 URB. SAN JUAN BAUTISTA 90 URB. SAN ROQUE 91 URB. SANTA CARMELA 92 URB. SANTISIMA CRUZ DE BARRANCO 93 URB. VILLA ELBA 10934