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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2000 (25/09/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 6

Pág. 193276 NORMAS LEGALES Lima, lunes 25 de setiembre de 2000 M T C Autorizan viaje de funcionario de COR- PAC S.A. a México para participar en reunión del Subgrupo de Servicios de Tránsito Aéreo del GREPECAS RESOLUCION SUPREMA Nº 132-2000-MTC Lima, 22 de setiembre del 2000 CONSIDERANDO: Que, la Organización de Aviación Civil Internacional - OACI, ha comunicado a la Corporación Peruana de Aeropuertos y Avia- ción Comercial - CORPAC S.A., que del 25 al 29 de septiembre de 2000 se llevará a cabo en la ciudad de México la Novena Reunión del Subgrupo de Servicios de Tránsito Aéreo del GREPECAS; Que, en dicho evento se revisará el examen de los asuntos tratados por la Reunión Regional de Navegación Aérea CAR/ SAM/3 y la reunión GREPECAS/9, el examen de la Red de Rutas de Navegación de Area (RNAV) y utilización de Performance de Navegación Requerida (RNP) en las Regiones CAR/SAM, el exa- men de los trabajos realizados por los siguientes Grupos de Tarea del ATS/SG y Futuro Plan de Trabajo del Subgrupo ATS; Que, el Gerente General de CORPAC S.A., según los términos de su Oficio MTCVC/CORPAC S.A. G.G. -1565-2000, comunica que el Directorio de dicha institución en su Sesión 1917 de fecha 28 de agosto de 2000, estimó pertinente la participación de un funcionario de la Gerencia Central de Aeronavegación, solicitan- do al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción dictar el acto administrativo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25862 y Decretos Supremos Nºs. 053-84-PCM, 074-85-PCM, 011-88-PCM, 135-90-PCM, 037-91-PCM y la Directiva Nº 001-2000-FONAFE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Alfredo Bedregal Oyague, especialista de la Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial - CORPAC S.A., a la ciudad de México, México, del 25 al 29 de setiembre de 2000, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que ocasione el viaje autorizado prece- dentemente será con cargo al presupuesto de CORPAC S.A., de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes US$ 695.44 - Viáticos US$ 1 100.00 - Tarifa por uso de Aeropuerto Lima - Perú US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República AUGUSTO BEDOYA CAMERE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 10973 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Autorizan delegación de funciones inherentes al Registro de Estado Civil en municipalidades de diversos cen- tros poblados menores del país RESOLUCION JEFATURAL Nº 547-2000-JEF-RENIEC Lima, 18 de setiembre de 2000 Vistos; el Informe Nº 436-GAJ/RENIEC, emitido por la Geren- cia de Asesoría Jurídica, de fecha 31 de mayo del 2000 y Oficio Nº 014-2000-MP-CFF-SL-Alc, del Alcalde de la Municipalidad Pro- vincial de Carlos Fermín Fitzcarrald, en representación del Cen- tro Poblado Menor de UCHUSQUILLO, distrito de SAN LUIS,provincia de CARLOS FERMIN FITZCARRALD, departamento de ANCASH; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo autónomo, creado por la Constitución Política del Estado, con la función de organizar y mantener el Registro Unico de Identificación de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, regula la inscripción de los hechos relativos al estado civil de las personas; Que, la norma citada dispone que el Sistema Registral está integrado entre otros organismos, por las Oficinas Registrales para el procesamiento registral y demás funciones inherentes al Registro de Estado Civil, que la Alta Dirección del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil estime convenientes; Que, conforme el informe del visto la Municipalidad del Centro Poblado Menor de UCHUSQUILLO, reúne los requisitos exigidos para autorizar la delegación de funciones registrales establecidos en los incisos a), b), c), e), i), l), m), n), o), p) y q) del Artículo 44º de la Ley Nº 26497, orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26497, orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la delegación, en vía de regularización a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Menor de UCHUSQUILLO, comprensión del distrito de SAN LUIS, provincia de CARLOS FERMIN FITZCARRALD, departamento de ANCASH, de las funciones registrales señaladas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El Jefe de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Menor de UCHUSQUILLO, queda encargado de las acciones administrati- vas que correspondan para llevar adelante la delegación funcional dispuesta por la presente Resolución, ceñida a la normatividad registral vigente y bajo la supervisión y control del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Regístrese, comuníquese y publíquese. CELEDONIO MENDEZ VALDIVIA Jefe Nacional 10916 RESOLUCION JEFATURAL Nº 548-2000-JEF-RENIEC Lima, 18 de setiembre de 2000 Vistos; el Informe Nº 437-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 5 de junio del 2000 y el Oficio Nº 010-2000-A-MCPP-T-HNE, de fecha 13/3/2000 del Alcalde del Centro Poblado Menor de PUQUIS, distrito de TARACO, provincia de HUANCANE, departamento de PUNO; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo autónomo, creado por la Constitución Política del Estado, con la función de organizar y mantener el Registro Unico de Identificación de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, regula la inscripción de los hechos relativos al estado civil de las personas; Que, la norma citada dispone que el Sistema Registral está integrado entre otros organismos, por las Oficinas Registrales para el procesamiento registral y demás funciones inherentes al Registro de Estado Civil, que la Alta Dirección del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil estime convenientes; Que, conforme el informe del visto la Municipalidad del Centro Poblado Menor de PUQUIS, reúne los requisitos exigidos para autorizar la delegación de funciones registrales establecidos en los incisos a), b), c), e), i), l), m), n), o), p) y q) del Artículo 44º de la Ley Nº 26497, orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26497, orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la delegación, en vía de regularización a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Menor de PUQUIS, compren- sión del distrito de TARACO, provincia de HUANCANE, departa- mento de PUNO, de las funciones registrales señaladas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El Jefe de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Menor de PUQUIS, queda encargado de las acciones administrativas que correspondan para llevar adelante la delegación funcional dis- puesta por la presente Resolución, ceñida a la normatividad