Norma Legal Oficial del día 08 de abril del año 2001 (08/04/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, MORDAZA 8 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES
POR CUANTO:

Pag. 201099

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO
Establecen disposiciones para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondientes al primer trimestre del ano 2001
ORDENANZA Nº 029-2001/MVMT EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO POR CUANTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 30.MARZO.2001, bajo la presidencia del senor MORDAZA Dr. MORDAZA Ipenza MORDAZA y con la asistencia de los senores regidores Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA C., Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA Yrribarren MORDAZA, Srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Sr. MORDAZA MORDAZA Rios; se trato sobre el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales - Ejercicio 2001; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Decreto Legislativo Nº 776, Articulo 15º, la fecha de vencimiento del pago del primer trimestre del Impuesto Predial, es el ultimo dia habil del mes de febrero; Que, mediante Ordenanzas Nºs. 023-2001/MVMT y 0252001/MVMT, se establecieron las modalidades de pago, fijando como fecha de vencimiento para el pago al contado o de la primera cuota el 31.MARZO.2001; Que, el ultimo parrafo del Art. 29º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por D.S. Nº 135-99-EF, establece que el plazo para pago de la deuda tributaria podra ser prorrogado con caracter general por la Administracion Tributaria; Que, estando al Informe Nº 039-2001-OR/2001, de fecha 26.MARZO.2001, de la Oficina de Rentas comunicando las razones tecnicas imponderables que impidieron la distribucion oportuna de las cuponeras del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del presente Ejercicio; De conformidad con los Arts. 36º, Inc. 3) y 110º de la Ley Nº 23853 - Organica de Municipalidades; asi como Decreto Legislativo Nº 776 - de Tributacion Municipal y Codigo Tributario; con el MORDAZA Unanime de los senores Regidores; y con la dispensa de la lectura y aprobacion del acta, se ha emitido la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- ESTABLECER como ultimo dia de pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del primer trimestre del 2001, el 30 de MORDAZA del presente ano, en sus modalidades de pago al contado y de la 1era. Cuota, subsistiendo los vencimientos de pago de las cuotas restantes establecidas en las Ordenanzas citadas en el MORDAZA considerando. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Oficina de Rentas y a la Unidad de Informatica y Estadistica, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. MORDAZA MORDAZA del Triunfo, 30 de marzo del 2001 Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA IPENZA MORDAZA MORDAZA 21508

En Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 30.MARZO.2001, bajo la presidencia del senor MORDAZA Dr. MORDAZA Ipenza MORDAZA y con la asistencia de los senores Regidores Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA C., Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA Yrribarren MORDAZA, Srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Sr. MORDAZA MORDAZA Rios; se trato sobre Beneficio Especial de condonacion de intereses moratorios y reajustes de deudas tributarias; y, CONSIDERANDO: Que, la MORDAZA IV del Decreto Supremo Nº 135-99-RF, que aprueba el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, modificado por la Ley Nº 27335, establece que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, el Articulo 41º del Codigo Tributario, establece que los Gobiernos Locales pueden condonar con caracter general, el interes moratorio y sanciones respecto de los tributos que administra; Que, los contribuyentes de la comuna estan demostrando voluntad de pago respecto a sus obligaciones con la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA del Triunfo; pero debido a la situacion socioeconomica por la que atraviesa el MORDAZA, se hace dificil que cumplan oportunamente con sus obligaciones; Que, atendiendo al pedido de los contribuyentes que se han apersonado estos ultimos dias a fin de acogerse a un Beneficio Tributario, se ha visto pertinente otorgarlo en favor de aquellos que tienen deudas por obligaciones tributarias y no tributarias del Ejercicio 1994 hasta el 30 de marzo del 2001 inclusive; Que, los beneficios tributarios deben favorecer a los contribuyentes de menores recursos economicos de acuerdo a los objetivos institucionales y la politica establecida por nuestro Gobierno Local; De conformidad con los Arts. 36º, Inc. 3) y 110º de la Ley Nº 23853 - Organica de Municipalidades; Decreto Legislativo Nº 776 - de Tributacion Municipal y Codigo Tributario; con el MORDAZA Unanime de los senores Regidores; y con la dispensa de la lectura y aprobacion del acta, se ha emitido la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- APROBAR el Beneficio Especial de condonacion de intereses moratorios y reajustes de deudas tributarias por concepto de Impuesto Predial, Tasa de Licencia de Funcionamiento, Tasa de Licencia Especial, Espectaculos Publicos No Deportivos y rebaja de las Multas Administrativas. Articulo Segundo.- ESTABLECER el beneficio de Regularizacion Tributaria Municipal aplicable a los contribuyentes del distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, cuyos predios no superen las 70 UIT en el formato HR y sirva como base imponible para el calculo del Impuesto al Valor del Patrimonio Predial que tengan obligaciones tributarias y administrativas pendientes de pago. Articulo Tercero.- El presente beneficio consistira en la condonacion del 100% de factores de reajuste e intereses moratorios de las deudas, si se efectuara el pago total de la deuda; y del 70% para los casos de pagos fraccionados de los tributos que a continuacion se describen: 1. Impuesto Predial.- Ejercicios Fiscales 1994, 1995, 1996, 1997, 1998, 1999 y 2000 inclusive. 2. Tasa de Licencia de Funcionamiento de los Ejercicios Fiscales 1994, 1995, 1996, 1997, 1998, 1999 inclusive. 3. Tasa de Licencia Especial Ejercicios Fiscales 1994, 1995, 1996, 1997, 1998, 1999 y 2000 inclusive. 4. Multas Administrativas.- El Beneficio comprende a las infracciones notificadas hasta el 30 de marzo del 2001, las que tendran un descuento del 70% sobre el valor de la multa, cualquiera sea el estado en que se encuentren, cobranza ordinaria, cobranza coactiva, recursos de reconsideracion, apelacion o revision, asi como aquellos que voluntariamente reconozcan tener obligaciones pendientes, sin perjuicio de subsanar la infraccion que genero esta obligacion. Articulo Cuarto.- El importe de la deuda podra ser materia de fraccionamiento de acuerdo a los requisitos exigidos en la Directiva de Fraccionamiento de pago vigente. La Tasa de interes del Fraccionamiento sera de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 36º del Codigo Tributario. Articulo Quinto.- Los contribuyentes responsables e infractores que a la fecha gozaran del Beneficio de Fraccionamiento de Pago, podran acogerse a la condonacion. Asimismo los que hubieran perdido dicho beneficio comunicado a traves de la respectiva Resolucion Directoral.

Aprueban beneficio especial de condonacion de intereses moratorios y reajustes de deudas tributarias por concepto de Impuesto Predial y otros
ORDENANZA Nº 030-2001/MVMT EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO

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