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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2001 (08/04/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 2

Pág. 201088 NORMAS LEGALES Lima, domingo 8 de abril de 2001 AGRICULTURA Aceptan donación efectuada por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo a favor del Ministerio RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 099-2001-AG Lima, 6 de abril de 2001 CONSIDERANDO: Que, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarro- llo (PNUD) ha adquirido dentro del marco del Proyecto PER/ 94/023 "Manejo de los Recursos Agua y Suelo" una camioneta Toyota, 4-Runner Wagon DLX, modelo RN135L-GKMDS, año 1995, chasis RN135-0008095, motor 22R-4116096, color tur- quesa oscuro metálico; Que, a su vez el indicado Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) transfiere a título gratuito de dona- ción el vehículo mencionado al Ministerio de Agricultura; Que, es consecuencia, es necesario aceptar la referida donación; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 821, del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la donación efectuada por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) al Ministerio de Agricultura de una camioneta Toyota, 4-Runner Wagon DLX, modelo RN135L-GKMDS, año 1995, chasis RN135-0008095, motor 22R-4116096, color turquesa oscuro metálico. Artículo 2º.- Transcríbase la presente Resolución Supre- ma a la Contraloría General de la República dentro de los plazos establecidos. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros CARLOS AMAT Y LEON Ministro de Agricultura 21564 ECONOMÍA Y FINANZAS Modifican el Impuesto Selectivo al Con- sumo aplicable al producto gasoils, contenido en el Nuevo Apéndice III de la Ley del IGV e ISC DECRETO SUPREMO Nº 057-2001-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Artículo 61º del Texto Unico Ordenado - TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, establece que por Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, se podrá modificar las tasas y/o montos fijos, así como los bienes contenidos en los Apéndices III y/o IV; Que, es conveniente modificar el Impuesto Selectivo al Consumo aplicable a los bienes contenidos en el Nuevo Apén- dice III;En uso de las facultades conferidas por el Artículo 61º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo; DECRETA: Artículo 1º.- Modifícase el Impuesto Selectivo al Consu- mo aplicable a los siguientes bienes contenidos en el Nuevo Apéndice III del Texto Unico Ordenado - TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Con- sumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, en la forma siguiente: PARTIDAS MONTO EN NUEVOS ARANCELARIAS PRODUCTOS SOLES 2710.00.50.10/ Gasoils S/. 1,68 por galón 2710.00.50.90 Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refrenda- do por el Ministro de Economía y Finanzas y entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de abril del año dos mil uno. VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 21559 Ratifican acuerdo de la COPRI median- te el cual se incluye Planta de Procesa- miento administrada por el ITP dentro del proceso de promoción de la inver- sión privada RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 208-2001-EF Lima, 6 de abril de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 006-2001-EF, de fecha 4 de enero del 2001, se constituyó el Comité Especial encargado de realizar el proceso de promoción de la inversión privada de determinadas Estaciones Pesqueras, Centros Pis- cícolas y Centros de Acuicultura; Que, mediante Acuerdo COPRI de fecha 19 de marzo de 2001, se estableció incluir en el proceso de promoción de la inversión privada a la Planta de Procesamiento de surimi y salchichas retortadas, administrada por el Instituto Tecnoló- gico Pesquero del Perú; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 674, la Ley Nº 26440 y la Resolución Suprema Nº 547-2000-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ratifícase el Acuerdo adoptado por la Comi- sión de Promoción de la Inversión Privada - COPRI, conforme al cual se incluye en el proceso de promoción de la inversión privada a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 674, a la Planta de Procesamiento de surimi y salchichas retortadas administrada por el Instituto Tecnológico Pesquero del Perú. Artículo 2º.- Encargar al Comité Especial constituido mediante la Resolución Suprema Nº 006-2001-EF, el proceso de promoción a que se refiere el artículo precedente, el cual se denominará "Comité Especial de Acuicultura y Pesca". Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Pesquería. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería 21568