Norma Legal Oficial del día 08 de abril del año 2001 (08/04/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, MORDAZA 8 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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Y; estando a lo decidido por el Pleno del Concejo por unanimidad, se aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Declarar de necesidad y de utilidad publica el Saneamiento Fisico-Legal de los bienes inmuebles de la Municipalidad Provincial de San MORDAZA de Putina, del departamento de MORDAZA, que a la fecha no se encuentren debidamente registrados en la Oficina Registral de la provincia de San MORDAZA - Juliaca, departamento de Puno. Articulo Segundo.- Disponer que los terrenos, areas, zonas, parcelas o similares que se encuentren ubicados dentro del radio MORDAZA, del area de expansion MORDAZA o del radio de influencia MORDAZA de la MORDAZA de Putina, que no tengan la calidad o condicion de terrenos eriazos, que tengan el uso y/o usufructo como si fueran predios urbanizados o habilitados sin serlo, que se encuentren en estado de abandono por parte de sus posesionarios o se encuentren descampados y sin posesion alguna; y que ademas no cuenten con titulo probatorio de dominio o inscripcion primera de dominio, seran inscritos y registrados a nombre de la Municipalidad Provincial de San MORDAZA de Putina en donde se encuentren ubicados. Articulo Tercero.- La Municipalidad Provincial de San MORDAZA de Putina gestionara la Primera Inscripcion de Dominio de los Bienes inmuebles que viene conduciendo como propietario desde tiempos inmemoriales, en forma publica, pacifica y continua y sobre los que no tiene titulo comprobatorio de dominio. Iniciandose con el Balneario Turistico Municipal, integrado por la piscina termal principal y el hotel; y la Piscina MORDAZA Molina. Articulo Cuarto.- La Municipalidad Provincial de San MORDAZA de Putina inscribira y registrara a nombre de la Municipalidad Provincial de San MORDAZA de Putina los aportes en terrenos, para fines de recreacion publica y parques zonales y MORDAZA deportivos y servicios publicos complementarios; de las areas correspondientes de las Habilitaciones Urbanas regulares e irregulares y de las lotizaciones informales; de las asociaciones de vivienda y pro vivienda, cooperativas de vivienda, urbanizaciones, MORDAZA o de otra forma asociativa con fines de vivienda. Articulo Quinto.- Para el cabal y correcto cumplimiento de lo establecido en los Articulos MORDAZA, Tercero y MORDAZA de la presente Ordenanza, se formara un expediente tecnico administrativo conteniendo: Memoria Descriptiva, Plano de Ubicacion, Plano Perimetrico, Declaracion Jurada, haciendo constar que el inmueble esta libre de todo gravamen, embargo, medida cautelar o MORDAZA judicial, debiendo contar con informe favorable de la Division de Desarrollo e Infraestructura MORDAZA y Rural y de la Unidad de Asesoria Juridica de la Municipalidad; de encontrarse conforme sera aprobado con Resolucion de Alcaldia y presentado a la Oficina Registral Regional - Region MORDAZA, provincia San MORDAZA - Juliaca. Articulo Sexto.- Una vez emitidas las Resoluciones de Alcaldia a que hace referencia el articulo precedente, se oficiara a los Registros Publicos de la propiedad inmueble de Juliaca, solicitando la Inscripcion Provisional del predio o inmueble materia de saneamiento fisico legal; acompanado el Expediente Tecnico, la Resolucion de Alcaldia, asi como todo lo actuado. Articulo Septimo.- Realizada la Inscripcion Provisional, la Municipalidad publicara en el Diario Oficial El Peruano y en un diario de mayor circulacion de la Region, un resumen de la parte resolutiva de la Resolucion de Alcaldia, asi como un resumen de las Esquela de la Inscripcion Provisional; por el lapso de tres (3) dias en forma interdiaria a modo de edictos en los espacios de avisos judiciales de los referidos diarios. Articulo Octavo.- Transcurridos treinta (30) dias calendario de la MORDAZA publicacion de la Inscripcion Provisional y de no mediar observacion, impugnacion u oposicion alguna, la Municipalidad Provincial de San MORDAZA de Putina solicitara la Inscripcion Definitiva por ante la Oficina Registral Regional - Region MORDAZA, provincia San MORDAZA - Juliaca, especificamente, en el Registro de Propiedad Inmueble. Articulo Noveno.- Cumplidos cada uno de los procedimientos se elaboraran los expedientes tecnicos en cuatro juegos de los cuales, luego de registrado e inscrito debidamente cada caso, un juego sera remitido a la Superintendencia de Bienes Nacionales y dos juegos quedaran para la Municipalidad Provincial de San MORDAZA de Putina. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, TRANSITORIAS, FINALES Y DEROGATORIAS Primera.- La inscripcion y registro de cualquiera de las formas de saneamiento fisico legal previstos en la presente Ordenanza sera causal de interrupcion de todo MORDAZA de terminos prescriptivos y de caducidad que esten en curso sobre los predios o inmuebles materia de la inscripcion. Segunda.- Estan exceptuados de ser sometidos a los procedimientos establecidos en la presente Ordenanza los terrenos eriazos, los terrenos agricolas de propiedad de las Comunidades Campesinas que cuenten con titulo probatorio de dominio, la propiedad privada que cuenten con titulo suficiente, y los inmuebles que se encuentren en Litigio

Judicial en los casos en que la Municipalidad MORDAZA sido notificada hasta un dia MORDAZA de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza; bajo responsabilidad administrativa funcional, civil y penal de quien los efectue indebidamente. Tercera.- Disponer que el Despacho de Alcaldia emita los Decretos de Alcaldia que MORDAZA necesarios para reglamentar los procedimientos establecidos en la presente Ordenanza, en caso de ser necesarios. Cuarta.- Derogar toda disposicion o MORDAZA municipal que se oponga a la presente Ordenanza o que limite su aplicacion. Quinta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia para todos sus efectos a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 21511

MUNICIPALIDAD DISTRITAL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Y RIVERO
Declaran en situacion de emergencia al distrito por desastre natural
ACUERDO DE CONCEJO Nº 026-2001-MDJLBYR J.L. MORDAZA y Rivero, 22 de marzo de 2001 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA Y RIVERO VISTO: En Sesion Extraordinaria de fecha 21 de marzo del 2001, el Punto de Agenda "Declaracion de Situacion de Emergencia del distrito de MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Rivero"; CONSIDERANDO: Que, la MORDAZA de MORDAZA en los ultimos dias ha sufrido un fuerte aluvion que ha traido como consecuencia el incremento de los caudales de sus MORDAZA y en especial el ingreso de sus torrenteras que han desbordado y causado graves danos materiales y personales; Que, especificamente en el distrito MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Rivero se tiene los cauces naturales de dos torrenteras, denominadas (II y III) las mismas que han sido estranguladas por personas de manera indebida respecto a los limites minimos permisibles, lo que ha motivado el desborde de los cauces y consecuentemente las inundaciones y danos cuantiosos en la propiedad privada y en especial la publica lo cual es necesario atender de inmediato; Que, aparece del Informe Nº 0150-2001-DDIU-MDJLBYR de la Direccion de Desarrollo e Infraestructura MORDAZA el informe de los danos ocasionados por las precipitaciones fluviales en el distrito, siendo las zonas mas afectadas: malecon Paucarpata, MORDAZA Lambramani, MORDAZA Roberts, avenida Los Incas y puentes Mi Peru y Baden MORDAZA y en general el distrito; Que, los senores Regidores en pleno han emitido el Informe Nº 001-R-2001/MDJLBYR respecto de la inspeccion realizada a las areas afectadas por las torrenciales lluvias y desborde de los cauces naturales de las torrenteras, concluyendose como opinion final que se hace de gran necesidad la Declaracion de la Situacion de Emergencia del distrito de MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Rivero; Que, segun lo establecido en el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en su Articulo 19º, estan exonerados de los Procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico y Adjudicacion Directa segun sea el caso las adquisiciones y contrataciones que se realicen en Situacion de Emergencia declarada de conformidad con la presente Ley, la misma que debera ser aprobada mediante Acuerdo de Concejo Municipal; Que, la Situacion de Emergencia se entiende como aquella en la cual la entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastroficos, de situaciones que supongan grave peligro, entre otras, estando exoneradas las Instituciones de la tramitacion del Expediente Administrativo y podran ordenar la ejecucion de lo estrictamente necesario

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