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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ABRIL DEL AÑO 2001 (20/04/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 76

Pág. 201614 NORMAS LEGALES Lima, viernes 20 de abril de 2001 con mayor precisión los resultados a lograr para el Año Fiscal siguiente. El resultado de la revisión de la Estructura Funcio- nal Programática, debe ser comentada y detallada en el Informe de la Evaluación Presupuestaria Institucional Anual, a que se refiere los Artículos 17º y 18º de la presente Directiva. Para dicho efecto se debe considerar, entre otros, los siguientes criterios: -Grado de realismo de las Metas Presupuestarias de Apertura. -Grado de realismo de los gastos estimados para el cumplimiento de Metas . SECCION IV :RESPONSABILIDADES DE LOS INTEGRANTES DEL SISTEMA DE GESTION PRESUPUESTARIA RESPECTO DE LA EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA Responsabilidad del Titular de Pliego en la Eva- luación Presupuestaria Artículo 14º.- De conformidad con lo establecido en el Artículo 6º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, el Titular de Pliego es el responsable de la presentación oportuna de la informa- ción correspondiente a la Evaluación Presupuestaria Institucional, teniendo en cuenta los plazos de elabora- ción y remisión establecidos en los Artículos 8º y 9º del Decreto Legislativo Nº 909 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2001, y su modificato- ria la Ley Nº 27427. Para tal efecto, dicta las medidas necesarias a fin de asegurar la confiabilidad, seguridad y oportunidad de los procesos que requiere la Evaluación Presupuestaria Institucional. Responsabilidad de la Oficina de Presupuesto del Pliego Artículo 15º.- La Oficina de Presupuesto del Pliego, o la que haga sus veces, es la dependencia técnica responsable de la consolidación de la Evaluación Presu- puestaria Institucional, así como de la elaboración del documento final denominado "Informe de la Evaluación Presupuestaria Institucional" . Para dicho efecto, se encarga de coordinar, recopilar y consolidar la informa- ción proveniente de los diferentes Organos Estructura- les del Pliego, así como de los procesos técnicos señala- dos en las Secciones Primera, Segunda y Tercera del presente Capítulo . Asimismo, se encuentra facultada a dictar las medidas operativas complementarias que se requie- ran, sin desnaturalizar las disposiciones de la pre- sente Directiva y dentro del marco de las normas legales que conforman el Sistema de Gestión Presu- puestaria , a fin de agilizar la elaboración de la información requerida y sin que ello implique la delegación de las responsabilidades a que se refiere el párrafo precedente. Características del tratamiento de la informa- ción de Evaluación Presupuestaria Artículo 16º.- El tratamiento de la información de Evaluación Presupuestaria Institucional se rige por los siguientes lineamientos: a. Criterios homogéneos, claros y precisos.b. Centralización Normativa y Descentralización Operativa. c. Estrecha colaboración de todas las dependencias del Pliego. Modelo de Presentación del "Informe Semes- tral de Evaluación Presupuestaria Institucio- nal" Artículo 17º.- El Informe Semestral de Evaluación Presupuestaria Institucional se elabora sobre la base de la información y resultados obtenidos en la aplica- ción del Indicador de Eficacia a que se refiere el Artículo 10º de la presente Directiva. La estructura del citado Informe es la siguiente: i.Comportamiento de los Ingresos y Gastos experi- mentados durante el semestre. ii.Resultado de la aplicación del Indicador de Eficacia. iii.Enumeración de los problemas presentados durante el semestre. iv.Definición de Medidas Correctivas. Esquema de presentación del "Informe Anual de la Evaluación Presupuestaria Institucio- nal" Artículo 18º. - El "Informe Anual de la Evaluación Presupuestaria Institucional" Semestral y Anual , se elabora sobre la base de la información obtenida en las Secciones I, II y III de la presente Directiva, constando de las siguientes partes: •Parte I: Comprende el detalle de la Escala de Prio- ridades8 aplicable al período a evaluar, la explica- ción del resultado obtenido a nivel de Programa por la aplicación de los diversos Indicadores , los proble- mas presentados a nivel de Pliego, así como las medidas correctivas y sugerencias. •Parte II: Evaluación de Ingresos, conteniendo el análisis y explicación en términos de Eficacia de la ejecución de ingresos del Pliego, respecto al PIA y al PIM. •Parte III: Evaluación de Gastos, a nivel de Actividad y Proyecto , conteniendo el análisis, en términos de Eficacia y Eficiencia9, de la Ejecución Presupuesta- ria del Pliego respecto al PIA y al PIM de dichas Categorías, así como la explicación de los problemas presentados y los correctivos que se estime necesa- rio proponer. •Parte IV: Evaluación de Metas Presupuestarias , a nivel de Actividad y Proyecto , conteniendo el aná- lisis y explicación en términos de Eficacia de la ejecución de las Metas Presupuestarias, enume- 8 Conforme a lo señalado en los Artículos 11º, 15º, 17º, 18º, 21º y 22º de la Directiva Nº 008-2000-EF/76.01 - Directiva para la Programación, Formulación y Aproba- ción de los Presupuestos Institucionales de los Gobiernos Locales para el Año Fiscal 2001. 9 El Indicador de Eficiencia debe contrastar la información entre la Ejecución Presupuestaria de Gastos respecto al cumplimiento de las Cantidades de Unidad de Medida de las Metas Presupuestarias.