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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ABRIL DEL AÑO 2001 (20/04/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 72

Pág. 201610 NORMAS LEGALES Lima, viernes 20 de abril de 2001 Fines de la Evaluación Presupuestaria Artículo 5º.- La Evaluación Presupuestaria Insti- tucional persigue los siguientes fines: a) Determinar el grado de Eficacia en la Ejecución Presupuestaria de los Ingresos y Gastos así como en el nivel de cumplimiento de las Metas Presupuestarias contempladas en las Actividad es y Proyecto s para el Año Fiscal 2001. b) Determinar el grado de Eficiencia en el cum- plimiento de las Metas Presupuestarias teniendo en cuenta su relación con la Ejecución Presupuestaria de los Gastos efectuados durante el período a eva- luar. c) Explicar las desviaciones presentadas en el com- portamiento de la ejecución de ingresos y egresos con- trastándola con la estimación de recursos financieros y la previsión de gastos contemplados en el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA ) así como en el Presu- puesto Institucional Modificado (PIM) y determinar las causas que las originaron. d) Lograr una visión general de la administración del Pliego vinculada con la producción de bienes y servicios que brinda a la comunidad. e) Formular sugerencias para la adopción de medi- das correctivas a fin de mejorar la gestión del Presu- puesto Institucional en los sucesivos Procesos Presu- puestarios. Etapas de la Evaluación Presupuestaria Artículo 6º.- La elaboración de la Evaluación Pre- supuestaria Institucional debe efectuarse en los forma- tos del EV-3 al EV-11 (Evaluación Semestral) y del EV- 3 al EV-13 (Evaluación Anual), de acuerdo al detalle que se presenta en el Anexo Nº 01 - "Indice de Forma- tos". Dichas Evaluaciones se componen de tres (3) Etapas, las cuales deben desarrollarse secuencialmen- te, formando parte integrante del mismo proceso, sien- do éstas las siguientes: •Primera Etapa : "Análisis de la Gestión Presupues- taria en términos de Eficacia y Eficiencia " •Segunda Etapa : "Identificación de los problemas presentados " •Tercera Etapa : "Determinación de Medidas Co- rrectivas y Sugerencias" 1 PROVINCIA DE LIMA: Servicio de Administración Tributaria (SAT), Servicio de Parques de Lima (SERPAR-LIMA), Instituto Catastral e Informático de Lima (ICIL), Instituto Metropolitano de Planificación (IMP), Fondo Metropolitano de Inversiones (INVERMET); PROVINCIA DE TRUJILLO: Servicio de Administra- ción Tributaria de Trujillo (SATT); PROVINCIA DE PIURA: Servicio de Adminis- tración Tributaria de Piura (SATP).CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Objetivo Artículo 1º.- La presente Directiva tiene por objetivo, establecer los procedimientos y lineamientos técnicos necesarios para su aplicación y análisis en los trabajos que se deban efectuar, en la elaboración de las Evalua- ciones Semestral y Anual de los Gobiernos Locales, con la finalidad de apreciar la Gestión Presupuestaria Ins- titucional durante el período correspondiente al Año Fiscal 2001. Base Legal Artículo 2º.- La aplicación de la presente Directiva se sujeta a lo prescrito en el siguiente marco legal: •Decreto Legislativo Nº 183 - Ley Orgánica del Minis- terio de Economía y Finanzas y normas modificato- rias. •Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado. •Decreto Legislativo Nº 909 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2001, y sus normas modificatorias contenidas en la Ley Nº 27427. •Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades y normas modificatorias. •Resolución Viceministerial Nº 148-99-EF/13.03 - Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas y su modifi- catoria la Resolución Viceministerial Nº 108-2000- EF/13. Ambito de Aplicación Artículo 3º.- La presente Directiva es de aplicación obligatoria por parte de todas las Municipalidades Provinciales y Distritales, en su condición de Pliegos Presupuestarios. Asimismo, se encuentran sujetos a la presente Directiva, los Organismos Públicos Descen- tralizados de los Gobiernos Locales1. CAPITULO II EVALUACION PRESUPUESTARIA Concepto de Evaluación Presupuestaria Artículo 4º.- La Evaluación Presupuestaria Ins- titucional es el conjunto de procesos de análisis para determinar, sobre una base continua en el tiempo, los avances financieros y físicos obtenidos por la ejecu- ción presupuestaria a un momento dado, respecto a los montos de ingresos y gastos así como de Metas Presupuestarias aprobadas en el Presupuesto Insti- tucional de Apertura (PIA) y el Presupuesto Institu- cional Modificado (PIM) . Para los efectos de la realización de los procesos a que se contrae el párrafo anterior, las disposiciones que contiene el presente Capítulo, se aplican a la Evalua- ción Semestral y Anual.DIRECTIVA Nº 006-2001-EF/76.01 DIRECTIVA PARA LA EVALUACION PRESUPUESTARIA DE LOS PRESUPUESTOS INSTITUCIONALES DE LOS GOBIERNOS LOCALES AÑO FISCAL 2001