Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2001 (27/04/2001)


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Comuniquese, publiquese y archivese.

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 27 de MORDAZA de 2001

Dada en el Palacio del Congreso, en MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de MORDAZA de dos mil uno. MORDAZA FERRERO Presidente a.i. del Congreso de la Republica MORDAZA PEASE MORDAZA MORDAZA Vicepresidente del Congreso de la Republica 22554

Autorizan a congresista participar en reunion del Comite Ejecutivo de la Conferencia Parlamentaria de las Americas
RESOLUCION Nº 031-2001-P/CR MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2001 Vista la comunicacion del senor Diputado Federal de Brasil MORDAZA Magela, Presidente de la Conferencia Parlamentaria de las Americas, dirigida al Congresista de la Republica MORDAZA Velit Nunez, Presidente del Parlamento Amazonico, para invitarlo a participar en la reunion extraordinaria del Comite Ejecutivo de la Conferencia Parlamentaria de las Americas, que se realizara en Quebec, Canada, del 16 al 20 de MORDAZA de 2001; De conformidad con los Articulos 23º inciso h), 30º inciso i), 32º y 33º del Reglamento del Congreso de la Republica; los Acuerdos Nºs. 029-95/MESA-CR, 070-95/MESA-CR y 002-9899/MESA-CR; y, Estando a lo acordado por la Mesa Directiva en sesion celebrada el 21 de marzo de 2001; SE RESUELVE: Primero.- Autorizar al Congresista MORDAZA Velit Nunez para participar en la reunion extraordinaria del Comite Ejecutivo de la Conferencia Parlamentaria de las Americas, que se realizara en Quebec, Canada, del 16 al 20 de MORDAZA de 2001. Segundo.- Autorizar a la Oficialia Mayor para que, con cargo al Pliego Presupuestal del Congreso de la Republica, otorgue al senor Congresista MORDAZA Velit Nunez los siguientes montos: US$ 1540,00 por viaticos, US$ 1230,14 por pasaje aereo y US$ 25,00 por impuesto de salida. Tercero.- Otorgar la licencia respectiva al mencionado Congresista, con cargo de dar cuenta al Consejo Directivo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FERRERO Presidente a.i. del Congreso de la Republica 22525

Que, el Decreto Supremo Nº 007-85-VC, dispone que el desarrollo local debe tener en cuenta la organizacion fisico espacial de las actividades economicas y sociales de su ambito territorial; Que, de conformidad con lo estipulado por el Decreto de Consejo Directivo Nº 001-97-CD-CONAM, el CONAM conformo un Grupo Tecnico Intersectorial de Ordenamiento Ambiental el cual ha recomendado la elaboracion y aprobacion de lineamientos para la definicion de un plan nacional de ordenamiento territorial y de planes regionales; Que, el Grupo Tecnico elaboro estrategias para la utilizacion del ordenamiento territorial y la zonificacion ecologica economica a nivel nacional, como primera etapa para el diseno e implementacion de una politica de ordenamiento territorial del pais; Que, el Articulo 11º de la Ley Nº 26821 - Ley Organica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, dispone que la Zonificacion Ecologica Economica (ZEE) del MORDAZA se aprueba a propuesta de la Presidencia del Consejo de Ministros, en coordinacion intersectorial; Que, la generacion de datos e informacion para la toma de decisiones en los procesos de ordenamiento territorial y zonificacion ecologica economica demandan recursos y mecanismos de coordinacion, principalmente entre las instituciones publicas; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y el Decreto Legislativo Nº 560; DECRETA: Articulo 1º.- Declarase de interes nacional el ordenamiento territorial ambiental en todo el MORDAZA, y constituyase la Comision Nacional para el Ordenamiento Territorial Ambiental. La Comision Nacional debera proponer: i) Los lineamientos de politica y documentos orientadores del MORDAZA de ordenamiento territorio ambiental. ii) El MORDAZA normativo institucional para su puesta en practica. iii) Los mecanismos para la puesta en marcha de las estrategias para la utilizacion del ordenamiento territorial y zonificacion ecologica economica. iv) El sistema para el acceso e intercambio de informacion cartografica y estadistica en forma actualizada y automatizada para el ordenamiento territorial ambiental. Para cumplir con las tareas encomendadas, esta Comision Nacional dispone del plazo de un ano. Articulo 2º.- La Comision Nacional para el Ordenamiento Territorial Ambiental esta integrada por: a) Un representante de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien la presidira, b) Un representante del Consejo Nacional del Ambiente CONAM, quien actuara como Secretaria Tecnica, c) Un representante del Ministerio de Economia y Finanzas, d) Un representante del Ministerio de la Presidencia, e) Un representante del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, f) Un representante del Ministerio de Energia y Minas, g) Un representante del Ministerio de Agricultura, h) Un representante del Ministerio de Defensa, i) Un representante del Ministerio de Salud, j) Un representante del Ministerio de Educacion, k) Un representante del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, l) Un representante del Instituto de Investigaciones de la Amazonia Peruana - IIAP, m) Un representante del Instituto MORDAZA del Peru IMARPE, n) Un representante de Asociacion Interetnica para el Desarrollo de la MORDAZA Peruana - AIDESEP, o) Un representante de la Confederacion Nacional Amazonicas del Peru - CONAP, p) Un representante de los Organismos No Gubernamentales de Desarrollo, q) Un representante de los Gobiernos Locales, elegido por los Alcaldes Provinciales de las provincias capitales de los departamentos de la Costa, r) Un representante de los Gobiernos Locales, elegido por los Alcaldes Provinciales de las provincias capitales de los departamento de la MORDAZA, s) Un representante de los Gobiernos Locales, elegido por los Alcaldes Provinciales de las provincias capitales de los departamento de la Selva. Cada organismo sectorial y regional constituira un comite de coordinacion interna para el ordenamiento territorial ambiental. Asimismo, para el cabal cumplimiento de su labor, la citada Comision Nacional podra solicitar la opinion, aportes y sugerencias de organismos e instituciones tanto publicos como privados, asi como de profesionales expertos en la materia. Articulo 3º.- Encargase a la Comision Nacional para el Ordenamiento Territorial Ambiental que en el plazo de 120 dias contados a partir de su instalacion, eleve a la Presidencia

PCM
Constituyen la Comision Nacional para el Ordenamiento Territorial Ambiental
DECRETO SUPREMO Nº 045-2001-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, las condiciones actuales de ocupacion y usos del territorio nacional y sus recursos evidencian deficiencias y desequilibrios en su aprovechamiento, tanto por las particularidades fisico-geograficas del MORDAZA, la actual demarcacion politico-administrativa y la falta de un adecuado acondicionamiento del territorio, por el crecimiento poblacional y la desigual distribucion de la poblacion en el territorio; asi como por el desarrollo desequilibrado de las actividades economicas en el pais; Que, el ordenamiento territorial es un MORDAZA destinado a contribuir al desarrollo sostenible y equilibrado del MORDAZA, mediante la ocupacion ordenada y el uso sostenible de sus recursos naturales en el territorio; Que, la Ley Nº 26410 establece que el Consejo Nacional del Ambiente (CONAM), tiene entre sus funciones, la de establecer los criterios y patrones generales de ordenamiento y calidad ambiental;

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