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Pág. 201964 NORMAS LEGALES Lima, viernes 27 de abril de 2001 para los efectos a que se contrae la parte considerativa del presente Decreto Supremo, con cargo al monto fijado para el efecto en el Presupuesto Institucional para cada año fiscal con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios. Artículo 2º.- El Titular del Pliego 009: Ministerio de Economía y Finanzas, es responsable de cautelar que la aplicación de la disposición contenida en el presente dis- positivo legal se enmarque dentro de la disponibilidad presupuestal y financiera de su entidad, propiciando el cumplimiento cabal de sus objetivos y metas institucio- nales. Artículo 3º.- El Ministerio de Economía y Finanzas adop- tará las medidas y disposiciones complementarias que sean necesarias para la aplicación del presente Decreto Supremo y las hará de conocimiento de la Dirección Nacional del Presu- puesto Público. Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será refrenda- do por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de abril del año dos mil uno. VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 22588 Autorizan viaje del Viceministro de Eco- nomía a los EE.UU. para participar en reuniones con el FMI RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 237-2001-EF Lima, 26 de abril de 2001 CONSIDERANDO: Que, el ingeniero JAVIER ABUGATTAS FATULE, Vice- ministro de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas, viajará a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 27 de abril al 1 de mayo del año 2001, para asistir a las Reuniones de Primavera con el Fondo Monetario Inter- nacional y Banco Mundial; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y los Decretos Supremos Nºs. 163-81-EF, 053-84-PCM, 074-85-PCM, 031-89-EF, 135-90- PCM y 037-91-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del ingeniero JAVIER ABUGATTAS FATULE, Viceministro de Economía del Mi- nisterio de Economía y Finanzas, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 27 de abril al 1 de mayo del año 2001, para los fines expuestos en la parte considera- tiva de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 - Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 1 100,00 Pasajes US$ 712,84 Tarifa CORPAC US$ 25,00 Artículo 3º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ningu- na clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 22577Incluyen en los alcances del D.U. Nº 077- 2000 las carteras de crédito transferidas al MEF por el Banco Banex S.A., Orión Corporación de Crédito Banco y Banco Serbanco S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 140-2001-EF/10 Lima, 26 de abril del 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 114-98-EF, modificado por los Decretos Supremos Nºs. 126-98-EF y 017-99-EF, se dispuso que las empresas de operaciones múltiples del Sistema Financiero podían transferir al Ministerio de Economía y Finan- zas parte de su portafolio, recibiendo a cambio bonos del Tesoro Público, autorizándose asimismo la transferencia de dicho por- tafolio a la misma empresa en fideicomiso en cobranza, a fin de gestionar su recuperación de acuerdo con las condiciones esta- blecidas en el contrato que para tal fin se celebrase; Que, en tal sentido, el Banco Banex S.A., Orión Corpora- ción de Crédito Banco y el Banco Serbanco S.A. transfirieron parte de su cartera de créditos al Ministerio de Economía y Finanzas, representado por la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE; Que, la Superintendencia de Banca y Seguros declaró la liquidación del Banco Banex S.A., de Orión Corporación de Crédito Banco y del Banco Serbanco S.A., mediante Resolucio- nes SBS Nºs. 1049-99 del 29 de noviembre de 1999, 392-2000 del 6 de junio del 2000, y 605-2000 del 8 de setiembre de 2000, respectivamente; Que, el Artículo 269º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros-, modificada por las Leyes Nºs. 27008 y 27102, establece como causales para el término de un fideicomiso la liquidación de la empresa fidu- ciaria si al término de seis (6) meses no se encuentra otra empresa que asuma el encargo, causal que ha operado en los casos mencionados en el considerando precedente; Que, en consecuencia, es necesario disponer lo necesario para gestionar la recuperación de dichas carteras; Que, por Decreto de Urgencia Nº 077-2000 se ha dispuesto la transferencia a terceros de las carteras de crédito de entidades del Sector Público encargadas a la Comisión Admi- nistradora de Carteras, proceso que estará a cargo de la Comisión de Promoción de la Inversión Privada - COPRI, para lo cual se ha constituido, mediante Resolución Suprema Nº 436-2000-PCM, un Comité Especial; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 050-2001 se ha ampliado los alcances de esta disposición señalando que por Resolución Ministerial de Economía y Finanzas se podrá otorgar este mismo tratamiento a otras carteras de crédito; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, y en uso de las facultades conferi- das por el Artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 050-2001; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Inclúyanse dentro de los alcances del Artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 077-2000, a las carteras de crédito transferidas al Ministerio de Economía y Finanzas por el Banco Banex S.A., por Orión Corporación de Crédito Banco y por el Banco Serbanco S.A., en virtud del Decreto Supremo Nº 114-98-EF y normas modificatorias. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 22567 EDUCACIÓN Aprueban la Reestructuración Organi- zativa Institucional y el Reglamento de Organización y Funciones del Institu- to Geofísico del Perú DECRETO SUPREMO Nº 026-2001-ED EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA