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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ABRIL DEL AÑO 2001 (27/04/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 4

Pág. 201958 NORMAS LEGALES Lima, viernes 27 de abril de 2001 DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Para la elección de los representantes de los Gobiernos Locales la Secretaría Técnica de la Comisión Nacio- nal para el Ordenamiento Territorial Ambiental coordinará con los Alcaldes Provinciales de las provincias capitales de departa- mento para determinar el lugar y fecha de cada elección contem- plada en los incisos q), r), s) del Artículo 2º del presente Decreto. Segunda.- El representante de los organismos no guber- namentales de desarrollo (ONGs) será elegido mediante acuer- do de las redes o asociaciones de ONGs especializadas en asuntos ambientales. Para proceder a la mencionada elección se empleará el siguiente mecanismo: Las redes o asociaciones de ONGs especializadas en asuntos ambientales comunicarán a la Secretaría Técnica de la Comisión Incluyen procedimientos sobre acce- so a la información en el TUPA de la Presidencia del Consejo de Ministros DECRETO SUPREMO Nº 046-2001-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Artículo 22º del Decreto Legislativo Nº 757 "Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada" establece que el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA se aprobará mediante Decreto Supremo del titular del Sector; Que, mediante Decreto Supremo Nº 018-2001-PCM, se dispuso que las entidades del sector público deben incorporar en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos un procedimiento que posibilite el acceso de las personas a información que posean o produzcan; Que, asimismo dicho dispositivo estableció los criterios generales que regirán dicho procedimiento;Que, en tal sentido, es necesario aprobar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Presidencia del Conse- jo de Ministros; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 "Ley del Poder Ejecutivo", el Artículo 22º del Decreto Legislativo Nº 757 "Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada" y con el Decreto Supremo Nº 004-2000-PCM que aprueba el Reglamento de Organi- zación y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Apruébase el Texto Unico de Procedimien- tos Administrativos - TUPA de la Presidencia del Consejo de Ministros, cuyo texto se encuentra en el Anexo adjunto que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refrenda- do por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de abril del año dos mil uno. VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de MinistrosNacional su interés en participar en la elección, dentro de los cinco (5) días de la publicación del aviso público de convocatoria. La Secretaría Técnica de la Comisión Nacional convocará a una reunión a los representantes de cada una de las redes o asociaciones de organizaciones no gubernamentales de desarrollo que hayan comunicado su interés, para que elijan a su representante ante la Comisión Nacional para el Ordenamiento Territorial Ambiental. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de abril del año dos mil uno. VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros 22570 ANEXO TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Unidad Orgánica: Secretaría General Nº Denominación Requisitos Pago Calificación Dependencia Dependencia Autoridad que del Procedimiento Derechos Auto- Evaluación que inicia el que aprueba resuelve recurso de Trámite mático Positivo Negativo trámite el trámite impugnativo 1Acceso a la información 1. Solicitud dirigida al Secretario 7 días* Oficina de Según corresponda: Reconsideración que posean o produzcan General especificando la infor- trámite a) Dirección General Dirección General los órganos de la PCM mación exacta a la que desea 0.35% UIT documentario de Coordinación correspondiente (**) acceder. Intersectorial 2. Constancia de pago por dere- b) Dirección General cho de trámite. de Gestión Pública D.S. Nº 018-2001-PCM 3. Declaración Jurada comprome- c) Dirección General tiéndose a cancelar el costo de la de Demarcación Apelación reproducción o copia de la infor- Territorial Secretario mación. General Unidad Orgánica: Secretaría Ejecutiva de Cooperación Técnica Internacional - SECTI Nº Denominación Requisitos Pago Calificación Dependencia Dependencia Autoridad que del Procedimiento Derechos Auto- Evaluación que inicia el que aprueba resuelve recurso de Trámite mático Positivo Negativo trámite el trámite impugnativo Técnica Internacional Nota (*) La información será entregada en un plazo máximo de 5 días hábiles contados a partir de la notificación de aprobación de la solicitud. (**) Si la solicitud fuera denegada por carecer de la información solicitada, se pondrá en conocimiento del solicitante dicha circunstancia y en la medida que se conozca su ubicación o destino, se comunicará ello al solicitante. Costo de reproducción: Cobro por folio: 0.03% UIT Cobro por Diskette: 0.50% UIT Cobro por CD: 1.00% UIT 22571