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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE AGOSTO DEL AÑO 2001 (03/08/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 14

Pág. 208168 NORMAS LEGALES Lima, viernes 3 de agosto de 2001 SE RESUELVE: Designar, a partir de la fecha de la presente Resolu- ción, en el cargo de Viceministro de Salud, al señor CAR- LOS MANUEL QUIMPER HERRERA. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Ministro de Salud 28643 Aprueban "Lineamientos Generales para la Organización de las Micro Re- des" y su anexo "Modelo de Manual de Organización y Funciones" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 443-2001-SA/DM Lima, 26 de julio del 2001 Visto el Oficio DGSP Nº 2476-05-2001, de la Dirección de Salud de las Personas; CONSIDERANDO: Que en el marco del proceso de modernización de los servicios públicos de salud, es necesario disponer de nor- mas para la organización de los establecimientos del primer nivel de atención, que introduzcan modalidadesflexibles de organización que promuevan la gestión local y una atención integral de calidad; Estando a lo informado por la Dirección General de Salud de las Personas, y por la Oficina General de Plani- ficación; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legis- lativo Nº 584 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-92-SA; y, Con la opinión favorable del Viceministro de Salud; SE RESUELVE: 1º.- Aprobar el documento denominado "Lineamientos Generales para la Organización de las Micro Redes" y su anexo "Modelo de Manual de Organización y Funciones",que forma parte de la presente resolución, correspon- diendo su aplicación a los establecimientos de salud del primer nivel de atención del Ministerio de Salud en elámbito nacional. 2º.- Encargar a la Dirección General de Salud de las Personas, a través de la Dirección Ejecutiva de Servicios deSalud y en coordinación con la Oficina General de Planifi- cación, la difusión y supervisión del cumplimiento del documento normativo aprobado en el numeral anterior. 3º.- Las Direcciones de Salud, Direcciones Regionales y Subregionales de Salud del país son responsables de la implementación y cumplimiento de los documentos apro-bados en el primer numeral, en sus respectivos ámbitos. 4º.- Toda orientación o directiva sobre elaboración de manuales de organización y funciones de establecimien-tos que operen bajo la modalidad de Comunidad Local de Administración de Salud, deberá sujetarse a los citados lineamientos en lo que corresponda. Regístrese y comuníquese.EDUARDO PRETELL ZÁRATE Ministro de Salud 28476 Aprueban Norma Técnica Sanitaria para la Adición de Fluoruros en Cremas Den- tales, Enjuagatorios y otros productos utilizados en la Higiene Bucal RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 454-2001-SA/DM Lima, 27 de julio del 2001Visto el Oficio DGSP Nº 3353-2001, de la Dirección General de Salud de las Personas. CONSIDERANDO: Que, la Resolución Ministerial Nº 154-2001-SA/DM, de fecha 7 de marzo del 2001, aprueba la "Norma Técnica Sanitaria para la Adición de Fluoruros en Cremas Denta- les, Enjuagatorios y otros productos utilizados en la Higie-ne Bucal"; Que, la Dirección General de Salud de las Personas, considera necesario modificar y actualizar la norma enalgunos de sus artículos, a fin de mejorar los criterios técnicos señalados, para fortalecerla en sus contenidos y que a su vez sirva de instrumento normativo que permitaregular, controlar y supervisar a las empresas, para que incorporen a los productos de higiene personal concentra- ciones adecuadas de flúor con la finalidad de prevenircaries dental y evitar fluorosis dental; Con la opinión favorable del Viceministro de Salud; SE RESUELVE: 1º.- Aprobar la "Norma Técnica Sanitaria para la Adición de Fluoruros en Cremas Dentales, Enjuagatorios y otros productos utilizados en la Higiene Bucal", modifi- cada y actualizada con el fin de mejorar los criteriostécnicos. 2º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 154- 2001-SA/DM, de fecha 7 de marzo del 2001. 3º.- Otorgar un plazo de 6 (seis) meses, a partir de su publicación, para la adecuación a la norma de todo artículo de higiene personal contenido en la presente. Regístrese y comuníquese. EDUARDO PRETELL ZÁRATE Ministro de Salud DIRECCION GENERAL DE SALUD DE LAS PERSONAS DIRECCION EJECUTIVA DE ATENCION INTEGRAL DE SALUD DIRECCION DE SALUD MUJER, NIÑO Y ADOLESCENTE NORMA TECNICA SANITARIA PARA LA ADICION DE FLUORUROS EN CREMAS DENTALES, ENJUAGATORIOS Y OTROS PRODUCTOS UTILIZADOS EN LA HIGIENE BUCAL Artículo 1º.- Objeto El presente documento normativo establece las dispo- siciones que deben cumplir las empresas dedicadas a la elaboración y comercialización de productos utilizados en la higiene bucal y que contienen fluoruro. Artículo 2º.- Definiciones Para efectos del presente documento se entiende: a) Las cremas dentales, geles y otros productos utiliza- dos en la higiene bucal que contienen fluoruro en el rangode 0 a 1500 ppm. en concentración adecuada con la finali- dad de prevenir caries dental son considerados cosméticos. b) Los enjuagatorios bucales con contenido de fluoruro menor a 250 ppm., son considerados cosméticos. c) Las cremas y enjuagatorios bucales con concentra- ción de fluoruro mayores a lo especificado en a) y b) sonconsiderados medicamentos. Artículo 3º.- Disposiciones Técnicas Las cremas dentales y enjuagatorios bucales conside- rados cosméticos y que utilicen fluoruros, como preventivo de caries dental, se sujetarán a las siguientes normastécnico sanitarias: a) Las cremas dentales fluoruradas deberán tener, como principio activo, sales fluoruradas compatibles con su uso tópico. b) La concentración máxima de flúor debe ser expresa- da en partes por millón (ppm); el cual debe incluirse en el rotulado de los envases mediato e inmediato de las cremas,geles y enjuagatorios. Además, se recomienda indicar la fecha de expiración del producto en lugar visible. c) Las cremas dentales que contengan concentraciones de fluoruro superiores a 1100 ppm.; serán indicadas para niños mayores de 6 años y adultos. d) Las cremas dentales con concentraciones conven- cionales de fluoruros (1000 hasta 1100 ppm.); pueden ser