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Pág. 208169 NORMAS LEGALES Lima, viernes 3 de agosto de 2001 indicadas para niños y adultos, con la indicación del rotulado señalada en el inciso h) del presente artículo (Disposiciones técnicas). e) Las cremas dentales indicadas para niños menores de 6 años; deberán tener una concentración de fluoruro de250 a 550 ppm., con la indicación de rotulado señalada enel inciso h) del presente artículo (Disposiciones técnicas). f) Las cremas dentales cuya concentración es de 1000 a 1500 ppm.F, deberán presentar como mínimo 600 ppm. de flúor soluble al año de fabricación y 450 ppm. de flúorsoluble hasta su expiración. Las cremas dentales de 250 a 550 ppm.F deben presen- tar, como mínimo, 60% de flúor soluble hasta su expira-ción. g) Las cremas, geles y enjuagatorios fluorurados no deberán contener más de 260 mg. de flúor total en cadatubo de crema y gel, ni más de 120 mg. de flúor total encada frasco de enjuagatorio, para su presentación comer-cial, respetando las disposiciones, señaladas en el incisof), de la presente norma. h) En la rotulación de cremas, geles y enjuagatorios debe consignarse en caracteres visibles la advertencia deNO INGERIR, o advertencias sinónimas. Las cremas dentales para niños no deberán llevar frases que incentiven la ingestión del producto. Debenconsignarse las siguientes frases u otras similares que no alteren el concepto de las mismas: "Niños menores de 6 años utilizar una pequeña canti- dad (tamaño de una lenteja) y ser supervisados por suspadres". En caso de cremas dentales con concentración de fluo- ruros superior a 1100 ppm., debe consignarse además, laadvertencia. "NO SE RECOMIENDA EL USO EN MENO-RES DE 6 AÑOS", u otras advertencias similares deconformidad con el Art. 98º, literal d) del Reglamento parael Registro, Control y Vigilancia Sanitaria de los Produc- tos Farmacéuticos y afines, aprobados por Decreto Supre- mo Nº 010-97-SA. i) Los anuncios de los productos de higiene bucal no deben dar a entender que la sola aplicación o uso de losagentes fluorurados asegura la inexistencia de cariesdental ni controla el total desarrollo de la placa bacteria- na. Los dibujos o diseños impresos en los envases no deben incentivar el uso excesivo del producto. Artículo 4º.- Supervisión y vigilancia La supervisión y vigilancia del cumplimiento de las Normas Técnicas Sanitarias, referente al uso de fluoruros en cremas dentales, enjuagatorios y otros productos utili-zados en la higiene bucal, como preventivo de la cariesdental, estará a cargo de la Dirección General de Medica-mentos, Insumos y Drogas (DIGEMID), la misma querealizará, en forma permanente, el control cualitativo y cuantitativo de los productos. Artículo 5º.- Evaluación de los productos La Dirección General de Salud de las Personas, verifi- cará mediante el monitoreo biológico la eficacia y seguri-dad de los productos, utilizados como elementos preventi- vos de la caries dental, de acuerdo a sus planes operativos anuales. Lima, 18 de julio de 2001 28456 Autorizan adquirir diversos bienes y servicios de reparación y mantenimien- to para el tomógrafo axial computari- zado del Hospital Nacional "CayetanoHeredia" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 459-2001-SA/DM Lima, 27 de julio del 2001 Visto el Oficio Nº 472-DG-OAJ-HNCH-01-COD 811, del Director General del Hospital Nacional "Cayetano Heredia";CONSIDERANDO: Que el Hospital Nacional "Cayetano Heredia" viene brindando servicios de tomografía a una población de bajos recursos económicos de su área de influencia, cuyo aproximado es de 3 000 000 de personas, así como alSeguro Escolar Gratuito, con gran beneficio para este Programa del Ministerio de Salud y, con el agregado de que además, es el único servicio de referencia en todo LimaNorte; Que de acuerdo al Informe Nº 003-DE-HNCH del Director Ejecutivo y la Jefa del Departamento de Radio-logía, el servicio que brinda el referido nosocomio está en el orden de 500 tomografías mensuales, la mayoría de las cuales son tomografías de cráneo por emergencia, muyimportantes e insustituibles en la toma de decisiones médico quirúrgicas vitales, el mismo que a la fecha se halla paralizado debido a que el equipo de TomografíaAxial Computarizada marca General Electric, modelo Sytec Sri con el que cuenta, se encuentra inoperativo por la falta de partes, repuestos y del adecuado y oportuno servicio demantenimiento, tal como se ha detallado en los Memorán- dum Nºs. 263-RX-HNCH-2001 y 269-RX-HNCH-2001 de la Jefa del Departamento de Radiología del indicado hos-pital; Que la ausencia de dicho equipo compromete en forma directa e inminente la continuidad del servicio esencial einsustituible que el hospital a través de su departamento de Radiología ha venido y viene prestando a sus usuarios y pacientes, por lo que para su puesta en funcionamientoresulta de urgente e impostergable necesidad la adquisi- ción de un HV Tank, de un CAM Board, de un UPS y de un tubo para Tomógrafo Helicoidal de la misma marca ymodelo; así como del servicio para su reparación integral y puesta en operatividad, pues, como se describe en los indicados Memorándum, todos los repuestos y partesanteriormente señaladas han cumplido su vida útil, razón por la cual deben ser reemplazados; Que asimismo, de acuerdo al citado Informe Nº 003- DE-HNCH-2001, el Tomógrafo con el que cuenta el refe- rido hospital ha sido donado por la Cooperación Peruano Japonesa JICA; ha entrado en funcionamiento en el mesde mayo de 1988; y, desde entonces ha venido recibiendo servicio de mantenimiento preventivo y correctivo oportu- no, el mismo que ha estado a cargo de la empresa C y EMEDICA CONSULTORA Y EQUIPADORA MEDICA S.A., única representante en el Perú de la firma General Elec- tric (fabricante del equipo), conforme se advierte del Cer-tificado de representación otorgado, situación que hace necesario que para la reparación y el mantenimiento preventivo y correctivo que se requiere, se cuente con elconcurso de la referida empresa, pues, no sólo se trata de su especialización y su experiencia en la reparación de equipos de la marca General Electric, sino de su capacidadpara suministrar los repuestos originales necesarios para el correcto funcionamiento del tomógrafo del Hospital, en su condición de distribuidor autorizado para la Repúblicadel Perú; Que los incisos c) y h) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establecen que se encuentran exoneradas de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que serealicen en situación de urgencia y las que se realicen para servicios personalísimos, de acuerdo a lo que se establezca en el reglamento, respectivamente; Que asimismo, según el Artículo 20º del referido Texto Unico Ordenado, se considera situación de urgencia cuan- do la ausencia extraordinaria e imprevisible de determi-nado bien o servicio compromete en forma directa e inmi- nente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo y,que dicha situación faculta a la Entidad a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para llevara cabo el proceso de selección que corresponda; Que de otro lado, el Artículo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-bado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, señala que se encuentran exonerados de los procesos de selección los contratos de locación de servicios celebrados con personasnaturales o jurídicas cuando para dicha contratación se haya tenido en cuenta y como requisito esencial a la persona, ya sea por sus características inherentes, parti-culares o especiales, o por su determinada calidad, profe- sión, arte, ciencia u oficio; Que en el presente caso se ha configurado la situación de urgencia y la condición de personalísimos de los servi- cios a contratarse para la reparación y el mantenimiento preventivo y correctivo del equipo de tomografía del Hos-