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Pág. 208401 NORMAS LEGALES Lima, lunes 6 de agosto de 2001 de febrero de 1997, se concedió a RADIO "A" FRE- CUENCIA MODULADA S.A., autorización y permi- so de instalación y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estación re- transmisora del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el dis- trito de Yanacancha, provincia y departamento de Pasco; Que, según el Artículo 50º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Telecomunicaciones, la licencia es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para operar un servicio de radiocomunica- ción autorizado; Que, el Artículo 163º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, señala que realizada la inspección y a mérito del informe técnico respectivo el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción podrá expedir la correspondiente licen- cia; Que, el inciso b) del Artículo 56º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, establece que las autorizaciones otorgadas tendrán un plazo máximo de diez (10) años para los servicios de radiodifu- sión, renovables a solicitud del interesado; Que, el Artículo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las características de instalación y ope- ración autorizadas para el uso o explotación de fre- cuencias y otros parámetros técnicos si antes no se obtiene la correspondiente aprobación del Ministe- rio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción Que, la Dirección de Administración de Frecuen- cias de la Dirección General de Telecomunicaciones, con Informe Nº 068-2001-MTC/15.19.03.2, de acuer- do con los resultados satisfactorios de la inspección técnica y de la evaluación técnica, emite su conformi- dad técnica para que se le otorgue a RADIO "A" FRECUENCIA MODULADA S.A. autorización para operar la referida estación del servicio de radiodifu- sión por el plazo de diez (10) años, incluyéndose el cambio de ubicación y el aumento de potencia solici- tados; y que se procede a adecuar el tipo de emisión de la estación a las normas técnicas de radiodifu- sión; Que, la Dirección de Asesoría Técnica de la Di- rección General de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 413-2001-MTC/15.19.01, señala que es procedente autorizar la operación de la citada esta- ción de radiodifusión por el plazo de diez (10) años, que incluye el período de instalación y prueba otor- gado por la Resolución Ministerial Nº 068-97-MTC/ 15.17; así como también es procedente autorizar los cambios de características técnicas antes indica- dos; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013- 93-TCC; 06-94-TCC; 005-98-MTC; 022-98-MTC; 002-99- MTC y el Texto Único de Procedimientos Administrati-vos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vi- vienda y Construcción; y, Con la opinión favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la empresa RADIO "A" FRECUENCIA MODULADA S.A., por el plazo de diez (10) años la operación de una estación retransmisora del servicio de radiodifusión sonora comercial en Fre- cuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito de Chau- pimarca, provincia y departamento de Pasco, de acuer- do a las siguientes características técnicas: Estación :BC-FM Frecuencia :98.5. MHz Indicativo :OBT-4W-FM Potencia :1 Kw. Emisión :256F8E Horario :H24 Ubicación de la Planta Retransmisora :Pasaje Tarma Nº 1127 - Plaza Gamaniel Blanco, dis- trito de Chaupimarca, pro- vincia y departamento de Pasco. Coordenadas: L.O. 76° 15' 22" L.S. 10° 40' 40" Artículo 2º.- El plazo de la autorización a que se refiere el artículo precedente incluye el período de instalación y prueba de doce (12) meses otorgado por la Resolución Ministerial Nº 068-97-MTC/15.17, por tan- to vencerá el 17 de febrero del año 2007. La Dirección General de Telecomunicaciones procederá a extender la correspondiente licencia de operación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MENACHO RAMOS Viceministro de Comunicaciones 28324 Otorgan a empresas autorización y per- miso de instalación para operar estaciones transmisoras del servicio de radiodifusión comercial por televi- sión RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 563-2001-MTC/15.03 Lima, 24 de julio de 2001