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Pág. 208407 NORMAS LEGALES Lima, lunes 6 de agosto de 2001 practique las pruebas de funcionamiento respectivas, bajo sanción de dejar sin efecto la autorización. Artículo 3º.- La empresa RADIO MAR S.A., está obligada a instalar y operar el servicio de radiodifusión concedido acorde con la presente resolución, estando impedida de modificar las características a que se contrae el Artículo 1º de la presente resolución sin autorización previa de este Ministerio. Artículo 4º.- La autorización a que se contrae la presente Resolución se sujeta a las disposiciones lega- les y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan so- bre la materia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MENACHO RAMOS Viceministro de Comunicaciones 28323Otorgan a persona jurídica autoriza- ción y permiso de instalación para ope- rar estación transmisora del servicio de radiodifusión educativa por televi- sión RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 565-2001-MTC/15.03 Lima, 24 de julio de 2001 VISTA, la solicitud formulada por la ASOCIACIÓN MINISTERIAL MARANATHA, para que se le otorgue autorización para establecer una estación del servicio de radiodifusión educativa por televisión en UHF, en el distrito de Chimbote, provincia de Santa, departa- mento de Ancash;