Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE AGOSTO DEL AÑO 2001 (06/08/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 20

Pág. 208418 NORMAS LEGALES Lima, lunes 6 de agosto de 2001 Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución a la Municipalidad Distrital y Provincial correspondien- tes, COFOPRI, autoridades políticas, civiles y su pu- blicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE GONZALEZ CARRE Director Nacional 28672 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 663/INC Lima, 17 de julio de 2001 VISTO, el Acuerdo Nº 030, tomado de la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, en su Sesión Nº 03, de fecha 16 de enero del 2001; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organis- mo Público Descentralizado dependiente del Ministe- rio de Educación, con personería jurídica de derecho público interno, responsable de la promoción y desa- rrollo de las manifestaciones culturales del país y de la conservación del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el Artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", en- carga al Instituto Nacional de Cultura la función de proteger y declarar Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y artístico, así como las manifestaciones cul- turales, orales y tradicionales del país; Que, mediante el Acuerdo Nº 030, de fecha 16 de enero del 2001, la Comisión Nacional Técnica de Ar- queología recomienda a la Dirección Nacional del Ins- tituto Nacional de Cultura, declarar Patrimonio Cul- tural de la Nación a los siguientes Sitios Arqueológi- cos, ubicados en el departamento de Puno: ·Huacasayapata, Balsaspata, Antaymarca, Chekta- qollo, Tinajani, Compicancha, Wilaqollo, en el distrito de Ayaviri, provincia de Melgar. ·Cerro Grande, Rosaspa, en el distrito de Santa Rosa, provincia de Melgar. ·Maukallacta, en el distrito de Umachiri, provincia de Melgar. ·Maukallacta, en el distrito de Nuñoa, provincia de Melgar. ·Cerro Pukara, en el distrito de Cupi, provincia de Melgar. ·Cheqnarapi, en el distrito de Orurillo, provincia de Melgar. ·Inca Cancha, en el distrito de Llalli, provincia de Melgar. ·Ayrampuni, en la Hacienda de Santa Ana, provin- cia de Azángaro. ·Choquechambi y Chanajilawata, en el distrito y provincia de Azángaro. ·Huancasayani, en el distrito de San José, provin- cia de Azángaro. ·Pitumarka, en el distrito de Ayapata, provincia de Carabaya. ·Mauka Llacta, en el distrito de Ollachea, provin- cia de Carabaya. ·Tranquillani, en el distrito de Macusani, provin- cia de Carabaya. ·Marka Ocosori, en el distrito de Usicayos, provin- cia de Carabaya. ·Marka Marka Pushka, Picchu, Pizca Puncu, Mar- ka Marka Rosaspata y Marka Marka, en el distrito de Usicayos, provincia de Carabaya.·Pukarani, Inca Anatiwi, en el distrito de Juli, provincia de Chucuito. ·Anu Anuni, en los distritos de Juli e Ilave, provin- cia de Chucuito. ·Lampa Pampa, Larin Amaya, Wacani, Wacani Wichica, en el distrito de Pomata, provincia de Chucui- to. ·Tanka Tanka, en el distrito de Zepita, provincia de Chucuito. ·Malicunuta, en el distrito de Cojata, provincia de Huancané. ·Escallani, en el distrito de Pusi y Taraco, provin- cia de Huancané. ·Quenalta y Carpa, en el distrito de Vilquechico, provincia de Huancané. ·Chingora, Viscachani, Qaluyo, Huaynapata, Inca Cancha, Mallaccasi, Japuraya, Mosq'o, Pukara, en el distrito de Pucara, provincia de Pucara. ·Lensora, en el distrito y provincia de Lampa. ·Koira, en la Estación Pucara, provincia de Lampa. ·Kallapa, en el distrito de Casani, provincia de Yunguyo. ·Chaka Chaka, en el distrito y provincia de Yungu- yo. ·Huata, Chanchuni, Siani, en el distrito de Coni- ma, provincia de Moho. ·Pukara Koloo, Uluaro, Inca Pacharia, Quequera- na, Iglesia Marka, Merke Marka, Huacauyapata, Chas- hani, Paru Paru, Cerro Pukara, Calvario, Huancarani, Sanjapata, en el distrito y provincia de Moho. ·Cachichupa, Antarapata, Inca Chupa, Ichuq'ollo, en el distrito de Putina, provincia de San Antonio de Putina. ·Jachachuco, en el distrito de Quilcapuncu, provin- cia de San Antonio de Putina. ·Kenko, Cerro Pucara, Molloco, en el distrito de Acora, provincia de Puno. ·Sillustani, en el distrito de Atuncolla, provincia de Puno. ·Inca Uyo, Wintilla, en el distrito de Chucuito, provincia de Puno. ·Chingarani, en el distrito de Tiquillaca, provincia de Puno. ·Viluyo, Mallku Amaya, Cutimbo, Arku Punku, en el distrito y provincia de Puno. ·Muñachupa, en el distrito de Vilque, provincia de Puno. ·Colo Colo, Trinchera, en el distrito de Patambuco, provincia de Sandia. ·Maukallacta, en el distrito y provincia de Sandia. ·Juchi Pucara, en el distrito de Cabanillas, provin- cia de San Román. ·Katari, en el distrito de Lampa y Juliaca, provin- cia de San Román. ·Huaynarroque, Cerro Espinal, Cerro Mono, en el distrito de Juliaca, provincia de San Román. Con las visaciones de la Dirección General de Patri- monio Arqueológico, la Dirección Ejecutiva y la Geren- cia Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprue- ba el "Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura" y la Resolución Supre- ma Nº 004-2000-ED, Reglamento de Investigaciones Arqueológicas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los siguientes Sitios Arqueológicos, ubicados en el departamento de Puno: