Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 2001 (09/08/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, jueves 9 de agosto de 2001

NORMAS LEGALES

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Que, por otro lado, de la revision de la lista de candidatos de candidatos remitida por el MORDAZA Electoral Especial de Andahuaylas, aparece el nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA que no se encuentra inscrito en el registro de identificacion de personas a cargo del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; razon por la cual, no es posible por ahora convocar al ciudadano que le corresponde ejercer el cargo de Regidor del Concejo Provincial de Andahuaylas, para completar el numero legal de miembros del citado municipio; nombramiento que se efectuara concluidas las indagaciones del caso; Por estas consideraciones, el MORDAZA Nacional de Elecciones en uso de las atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar la vacancia en el cargo de MORDAZA del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez en el Concejo Provincial de Andahuaylas, departamento de MORDAZA, al haber sido MORDAZA y proclamado Congresista de la Republica. Articulo Segundo.- Convocar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato proclamado de la lista independiente "Todas las Sangres", para que asuma el cargo de MORDAZA en el Concejo Provincial de Andahuaylas, para completar el periodo de gobierno municipal 1999 - 2002, extendiendose la respectiva credencial de proclamacion y con conocimiento del citado Concejo. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 28922

Que la Ley Nº 26534 establece que los congresistas a partir de la instalacion del Congreso cesan automaticamente en el ejercicio de cualquier funcion publica; y, estando a que con fecha 27 de MORDAZA del presente ano la Mesa Directiva del Congreso de la Republica ha instalado la primera legislatura ordinaria, procede la declaratoria de vacancia del cargo de MORDAZA del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el Concejo Provincial de ILO; Que, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 1) del Articulo 28º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y el Articulo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, en caso de vacancia del MORDAZA es reemplazado por el MORDAZA MORDAZA, que es el primer Regidor habil que le sigue en su propia lista; y, revisadas las listas de candidatos remitidas por el MORDAZA Electoral Especial de ILO, corresponde asumir el cargo de MORDAZA del Concejo Provincial de ILO, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez, candidato proclamado Regidor de la lista independiente "Fuerza ILO"; y, para completar el numero legal de miembros del citado concejo corresponde asumir el cargo de Regidora a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, candidata no proclamada de la citada lista; Por estas consideraciones, el MORDAZA Nacional de Elecciones en uso de las atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar la vacancia en el cargo de MORDAZA del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el Concejo Provincial de ILO, al haber sido MORDAZA y proclamado Congresista de la Republica. Articulo Segundo.- Convocar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez, candidato proclamado de la lista independiente "Fuerza ILO", para que asuma el cargo de MORDAZA en el Concejo Provincial de ILO, para completar el periodo de gobierno municipal 1999 - 2002, extendiendose la respectiva credencial de proclamacion y con conocimiento del Concejo Provincial de ILO. Articulo Tercero.- Convocar a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, candidata no proclamada de la lista independiente "Fuerza ILO", para que asuma el cargo municipal de Regidora en el Concejo Provincial de ILO y complete el numero legal de miembros de dicho concejo durante el periodo de gobierno municipal 1999 2002, otorgandose la respectiva credencial a la Regidora convocada. Articulo Cuarto.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 28919 RESOLUCION Nº 555-2001-JNE MORDAZA, 7 de agosto de 2001 CONSIDERANDO: Que del Acta de Proclamacion del resultado de las elecciones municipales del 11 de octubre del ano 1998 realizadas en la provincia de Bellavista, el MORDAZA Electoral Especial de Bellavista proclamo como MORDAZA del Concejo Provincial de Bellavista, departamento de San MORDAZA, para el periodo municipal 1999 - 2002 al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato postulado por el Movimiento Independiente Vamos Vecino; Que mediante Resolucion Nº 473-2001-JNE de fecha 22 de MORDAZA del ano 2001, el MORDAZA Nacional de Elec-

Convocan a candidatos proclamados y no proclamados para que asuman cargos de MORDAZA y regidor de los Concejos Provinciales de Ilo, Bellavista y Contumaza
RESOLUCION Nº 551-2001-JNE MORDAZA, 7 de agosto de 2001 CONSIDERANDO: Que del Acta de Proclamacion del resultado de las elecciones municipales del 11 de octubre del ano 1998 realizadas en la provincia de ILO, el MORDAZA Electoral Especial de ILO proclamo como MORDAZA del Concejo Provincial de ILO para el periodo municipal 1999 2002 al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato postulado por la lista independiente "Fuerza ILO"; Que mediante Resolucion Nº 473-2001-JNE de fecha 22 de MORDAZA del ano 2001, el MORDAZA Nacional de Elecciones proclamo como Congresista de la Republica para el periodo parlamentario 2001 - 2006, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al haber sido elegido como tal en las elecciones generales realizadas el 8 de MORDAZA del 2001; Que el mandato de congresista es incompatible con el ejercicio de cualquier otra funcion publica, excepto la de Ministro de Estado y el desempeno de comisiones extraordinarias de caracter internacional, tal como esta establecido en el Articulo 92º de la Constitucion Politica del Estado;

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