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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE AGOSTO DEL AÑO 2001 (09/08/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 48

Pág. 208522 NORMAS LEGALES Lima, jueves 9 de agosto de 2001 rable de las Superintendencias Adjuntas de Banca y de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones que le confiere la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Segu- ros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Segu- ros, Ley Nº 26702, y en uso de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 807-99; RESUELVE: Artículo 1º.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a que se refiere el Artículo 215º de la Ley General, para que el Banco Interamericano de Finanzas - BIF proceda a la enajenación de los bienes señalados en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- El Banco Interamericano de Finanzas - BIF deberá proceder conforme a lo establecido en la Circular Nº B-2075-2000, debiendo constituir las corres- pondientes provisiones con cargo a resultados. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendente Adjunta de Banca ANEXO A LA RESOLUCIÓN SBS Nº 462-2001 Relación de inmuebles recibidos en dación de pago de obligaciones de deudores, sobre los cuales se autoriza al Banco Interamericano de Finanzas - BIF prórroga del plazo para su enajenación (venta), con- forme a lo dispuesto en el Artículo 215º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Ban- ca y Seguros - Ley Nº 26702 y la Circular SBS Nº B- 2075-2000. Fecha/Adjud. Tipo Descripción Valor de Prórroga Adjudicación 2000.06.30 Inmueble Lotes 7, 8 y 9, Mz. I-13, 687 974.17 2001.12.30 Zona Industrial, distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao 28820 Dejan sin efecto resolución que autori- zó a Santander Perú Holding S.A. ad- quirir acciones del capital social de Compañía de Seguros de Vida Santan- der S.A. RESOLUCIÓN SBS Nº 570-2001 Lima, 31 de julio de 2001 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la empresa Grupo Santander Central Hispano S.A. para que deje sin efecto la autorización otorgada para la adquisición de un número de acciones superior al 10 por ciento del capital social de la empresa Seguros de Vida Santander Central Hispano S.A.; CONSIDERANDO: Que, con fecha 30 de noviembre de 1999 mediante la Resolución SBS Nº 1065-99 se autorizó a la empresa Santander Perú Holding S.A. (hoy Grupo Santander Central Hispano S.A.) la adquisición del 14,99 por ciento del capital social de la Compañía de Seguros de Vida Santander S.A. (hoy Seguros de Vida Santander CentralHispano S.A.), de propiedad de la Compañía de Seguros de Vida Santander S.A. de Chile; Que, dicha transacción no llegó a concretarse por decisión de las partes; Que, mediante carta de fecha 28 de junio de 2001, la empresa ha declinado de la autorización otorgada, lo que motiva dejar sin efecto la Resolución SBS Nº 1065-99; Estando a lo informado por el Intendente de Institu- ciones Financieras "D" mediante Informe Nº DESF "D"- 056-OT-2001 y a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Banca, Seguros y Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 349º de la Ley General; RESUELVE: Artículo Único.- Dejar sin efecto la Resolución SBS Nº 1065-99 del 30 de noviembre de 1999, mediante la cual se autorizó a la empresa Santander Perú Holding S.A. (hoy Grupo Santander Central Hispano S.A.) a adquirir acciones hasta por un total de 65,61 por ciento del capital social de la Compañía de Seguros de Vida Santander S.A. (hoy Seguros de Vida Santander Central Hispano S.A.). Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CORTAVARRIA CHECKLEY Superintendente de Banca y Seguros 28815 Autorizan al Banco Santander Central Hispano S.A. adquirir acciones del capi- tal social de Seguros de Vida Santan- der Central Hispano S.A. RESOLUCIÓN SBS Nº 571-2001 Lima, 31 de julio de 2001 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el Banco Santander Cen- tral Hispano S.A. para que se le autorice adquirir un número de acciones superior al 10 por ciento del capital social de la empresa Seguros de Vida Santander Central Hispano S.A. CONSIDERANDO: Que, el Banco Santander Central Hispano S.A. pre- tende adquirir el 14,99 por ciento del capital social de Seguros de Vida Santander Central Hispano S.A., que son propiedad de Compañía de Seguros de Vida Santan- der S.A. de Chile; Que, con esta transferencia de acciones, sumadas a las que actualmente posee, el Banco Santander Central Hispano S.A., alcanzaría una participación del 49,37 por ciento en el capital social de esta empresa; Que, el Artículo 57º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, dispone que la transferencia de acciones de una empresa de los sistemas financiero o de seguros, por encima del diez por ciento de su capital social, a favor de una sola persona, directamente o por conducto de terceros, re- quiere autorización previa de esta Superintendencia; Que, el adquiriente Banco Santander Central Hispa- no S.A., sus accionistas, directores y funciones no se encuentran comprendidos en los impedimentos ni limi- taciones señaladas en el Artículo 58º de la precitada Ley General; Estando a lo informado por el Intendente de Institu- ciones Financieras "D" mediante Informe Nº DESF"D"-