Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2001 (25/08/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, sabado 25 de agosto de 2001

NORMAS LEGALES

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miembros, reunidos en su sesion de fecha 15 de agosto del 2001; RESUELVE: Primero.- Aprobar como Normas Tecnicas Peruanas, las siguientes: NTP 202.002:2001 LECHE Y PRODUCTOS LACTEOS. Leche evaporada. Requisitos 2ª Edicion Reemplaza a la NTP 202.002:1981

de la Propiedad Mobiliaria del Estado, debe realizarse en concordancia con lo dispuesto en el Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, en todo lo que sea pertinente. Articulo Tercero.- La presente disposicion rige a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA AMEZAGA MORDAZA Superintendente de Bienes Nacionales 29721

Segundo.- Dejar sin efecto la siguiente MORDAZA Tecnica Peruana: NTP 202.002:1981 Leche evaporada

Registrese y publiquese. MORDAZA RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales 29728

Autorizan adquisicion de bienes y contratacion de servicios que seran destinados a damnificados por sismo Prorrogan plazo de vigencia de Direc- ocurrido el 23 de junio, mediante protiva para el Saneamiento de la Propie- cedimiento de menor cuantia dad Mobiliaria del Estado CONSEJO TRANSITORIO DE
RESOLUCION Nº 293-2001/SBN MORDAZA, 31 de MORDAZA del 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 209-2000/SBN, publicada el 31 de MORDAZA del 2000, se aprueba la Directiva Nº 0012000/SBN-OPE-CIMN, Saneamiento de la Propiedad Mobiliaria del Estado, la misma que en su Primera Disposicion Final senala el plazo de 1 ano para acogerse al procedimiento descrito en la misma, contado a partir de su publicacion; Que, por Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, publicado el 4 de MORDAZA del 2001, se aprueba el Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales, que senala como funcion y atribucion de la misma, dictar las Directivas aplicables para la administracion, adquisicion y disposicion de los bienes de propiedad estatal; Que, por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, publicado el 18 de MORDAZA del 2001, se aprueba el Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, el cual regula la administracion de los bienes de propiedad estatal; Que, mediante Informe Nº 397-2001/SBN-JPM, de fecha 26 de MORDAZA del 2001, la Jefatura de Patrimonio Mobiliario senala que ha recibido solicitudes de distintas entidades estatales, referidas a la prorroga del plazo para acogerse al procedimiento de Saneamiento de la Propiedad Mobiliaria del Estado; Que, un numero importante de entidades del Estado no han contado con las condiciones y medios adecuados para el desarrollo del MORDAZA de saneamiento de la propiedad mobiliaria del Estado; Estando a lo informado por la Jefatura de Patrimonio Mobiliario y con la visacion de la Gerencia Legal; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Ampliar por 6 meses la vigencia de la Directiva Nº 001-2000/SBN-OPE-CIMN; Saneamiento de la Propiedad Mobiliaria del Estado, aprobada por Resolucion Nº 209-2000/SBN. Articulo Segundo.- La aplicacion de la Directiva Nº 001-2000/SBN-OPE-CIMN relativa al Saneamiento EL PRESIDENTE EJECUTIVO DEL CONSEJO TRANSITORIO DE ADMINISTRACION REGIONAL - MORDAZA CONSIDERANDO: Que mediante D.S. Nº 077-2001-PCM del 25.6.2001, se declaro en emergencia, por el plazo de 60 dias, los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, Tacna y las provincias de Parinacochas y MORDAZA del MORDAZA MORDAZA en el departamento de MORDAZA, debido al sismo ocurrido el 23 de junio del 2001, obligando a las Instituciones y Organismos del Estado vinculados a las operaciones de emergencia a brindar ayuda a las personas damnificadas y realizar acciones de rehabilitacion, afectadas por el movimiento telurico, exonerandoles por el tiempo indicado de los requisitos de licitacion y Concurso Publico y autorizando la adquisicion de bienes y contratacion de servicios necesarios para menguar los desastres producidos; Que, el Consejo Transitorio de Administracion Regional - MORDAZA, como organo rector y ejecutor vinculado a las operaciones de emergencia dentro de la jurisdiccion del departamento de MORDAZA, debe proporcionar apoyo inmediato a la poblacion afectada, conforme a la normatividad vigente; Que, de acuerdo al Art. 3º del D.S. Nº 077-2001PCM, MORDAZA citado, se exonera al CTAR MORDAZA, por el tiempo que dure la emergencia, del requisito de Licitacion Publica y Concurso Publico autorizandosele la adquisicion de bienes y servicios que se destinaran a las personas damnificadas y zonas de emergencia, a traves de adjudicacion directa de Menor Cuantia; Que, a requerimiento del Consejo Transitorio de Administracion Regional - MORDAZA, mediante Oficios Nº 568-2001-CTAR/PE, Nº 582-2001-CTAR/PE, Nº 5932001-CTAR/PE y Nº 178-2001-CTAR/PE-ST-GRPPDI, solicita al Presidente de la Comision Ejecutiva de Emergencia atender las necesidades por parte del CTAR ADMINISTRACION REGIONAL - MORDAZA RESOLUCION PRESIDENCIAL REGIONAL Nº 354-2001-CTAR/PE

SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES

CONSEJOS TRANSITORIOS DE ADMINISTRACION REGIONAL

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