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Pág. 209218 NORMAS LEGALES Lima, sábado 25 de agosto de 2001 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Nº 065-98-MML-DMDU-DGO, de fecha 1 de julio de 1998, se aprueba de conformidad con el plano Nº 046a-98-MML-DGO-DHU, el Planeamiento In- tegral del terreno de 542,745.37 m2, calificado como Otros Usos "OU", conformados por los lotes Nº 3 con un área de CUARENTA Y UN MIL NOVECIENTOS VEINTINUE- VE METROS CUADRADOS CON SESENTA DECÍME- TROS CUADRADOS (41,929.60 m2), lote Nº 4 con un área de CIENTO NOVENTA Y OCHO MIL CUATROCIEN- TOS SETENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y SIETE DECÍMETROS CUADRADOS (198,478.87 m2) y lote Nº 5 con un área de TRESCIENTOS DOS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON NOVENTA DECÍMETROS CUA- DRADOS (302,336.90 m2), ubicados en la Quebrada la Rinconada, entre los Cerros "Media Luna" y "Retamal", colindante con la Tercera Etapa de la Urbanización Rin- conada del Lago, distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima, aprobándose además de confor- midad con el Plano signado con el Nº 046-98-MML-DGO- DHU, los Proyectos Definitivos de Habilitación Urbana del lote Unico, consistente en el trazado y Lotización, pavimentación de calzadas y aceras; Estando al Informe Nº 264-2000-MML-DMDU-DHU- DCO de fecha 11 de diciembre del 2000 y Nº 090-2001- MML-DMDU-DHU-DCO de fecha 16 de abril del 2001, emitido por la División de Control de Obras e Informe Nº 123-2001-MML-DMDU-DHU-AL de fecha 7 de mayo del 2001, emitido por la Asesoría Legal de la Dirección de Habilitaciones Urbanas; Con el visto bueno de la División de Control de Obras y con lo recomendado por la Dirección de Habilitaciones Urbanas; De conformidad con lo previsto en el Art. 168º del Edicto Metropolitano Nº 021 y el Decreto de Alcaldía Nº 081-97 del 30 de octubre de 1997, Ordenanza Nº 133 del 19 de diciembre de 1997, Ordenanza Nº 273 del 18 de mayo del 2000, Decreto de Alcaldía Nº 055 del 11 de julio del 2000 y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR, cumplidas por la ASOCIACION CIVIL SANTA MARIA - ACSM y la ASO- CIACION PARA VOCACIONES Y VIDA APOSTOLICA - AVVA, de conformidad con el plano signado con el Nº 077-2000-MML-DMDU-DHU las Obras de Habilitación Urbana del Lote Unico del terreno de QUINIENTOS CUARENTA Y DOS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON TREINTA Y SIETE DECÍMETROS CUADRADOS (542,745.37 m2), calificado como Otros Usos "OU", destinado para la construcción de una Capilla, Auditorio, Centro Pastoral, Centro Educativo de Varones, Casa de Retiro y Centro Deportivo, conformados por los lotes Nº 3 con un área de CUARENTA Y UN MIL NOVECIENTOS VEINTINUE- VE METROS CUADRADOS CON SESENTA DECÍME- TROS CUADRADOS (41,929.60 m2), lote Nº 4 con un área de CIENTO NOVENTA Y OCHO MIL CUATRO- CIENTOS SETENTA Y OCHO METROS CUADRA- DOS CON OCHENTA Y SIETE DECÍMETROS CUA- DRADOS (198,478.87 m2) y lote Nº 5 con un área de TRESCIENTOS DOS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON NOVENTA DECÍMETROS CUADRADOS (302,336.90 m2), ubica- dos en la Quebrada la Rinconada, entre los Cerros "Media Luna" y "Retamal", colindante con la Tercera Etapa de la Urbanización Rinconada del Lago, distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima y por consiguiente, autorícese la libre venta del Lote Unico que la constituye según el siguiente cuadro de áreas: Area Bruta = 542,745.37 m2 Area Util = 542,745.37 m2 Artículo Segundo.- DISPONER, que los propieta- rios de la Habilitación Urbana, gestionen ante los Regis- tros Públicos de Lima y Callao la acumulación de los lotes Nº 3, lote Nº 4 y lote Nº 5, los cuales conforman el Lote Unico que se recepciona y queden obligados a insertar en el contrato de Compraventa que celebren, la Cláusula que establezca la indivisibilidad del mismo sin la debida autorización municipal. Artículo Tercero.- DISPONER, que la Municipali- dad Distrital de La Molina, al momento de otorgar la Licencia de Construcción respectiva sobre el terreno materia de Recepción, la otorgue de conformidad con losfines establecidos en los Testimonios de Adjudicación de Venta Directa, otorgados por la Municipalidad de Lima Metropolitana hoy Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, a cargo de los interesados en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario a partir de la notificación de la presente. Artículo Quinto.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución a la Municipalidad Distrital de La Molina para que incorpore al radio de su Jurisdicción el área que se Recepciona, a la Dirección Técnica de Tierras Eriazas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a la Supe- rintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, para su conocimiento y fines y a la Oficina Registral de Lima y Callao para su inscripción corres- pondiente. Regístrese, publíquese y cúmplase. CARLOS BRINGAS CONSTANTINI Director Municipal Dirección Municipal de Desarrollo Urbano 29232 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHANCHAMAYO Aprueban Texto Único de Procedimien- tos Administrativos de la Municipali- dad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 0031-2001-MPCH La Merced, 28 de junio del 2001 CONSIDERANDO: Que por Decreto Legislativo Nº 757, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada, se ha establecido la obligatoriedad, para todas las entidades de la Admi- nistración Pública, de aprobar, actualizar y publicar su correspondiente Texto Unico de Procedimientos Admi- nistrativos - TUPA; Que las entidades de la Administración Pública de- pendientes de los Gobiernos Locales deben aprobar su correspondiente TUPA por Ordenanza Municipal de la Municipalidad Provincial; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 22º del Decreto Legislativo Nº 757; En Sesión de Concejo de fecha 28 de junio de 2001, se aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL Artículo 1º.- Por la siguiente Ordenanza Municipal se aprueba el TUPA de la Municipalidad Provincial de Chanchamayo. Artículo 2º.- En la Municipalidad Provincial de Chan- chamayo se realizarán exclusivamente los procedi- mientos administrativos que constan en el TUPA que se aprueba y adjunta a la presente y forma parte de la presente Resolución. Artículo 3º.- Entiéndase que los procedimientos administrativos que no constan expresamente han sido eliminados. Artículo 4º.- Dispóngase el cumplimiento obligato- rio del Texto Unico de Procedimientos Administrativos, a cargo de todas las Unidades Orgánicas de la Municipali- dad Provincial de Chanchamayo. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ROMEL MORENO TREJO Alcalde 29748