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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE AGOSTO DEL AÑO 2001 (26/08/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 5

Pág. 209223 NORMAS LEGALES Lima, domingo 26 de agosto de 2001 terio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, ante el Directorio de la Comi- sión Nacional de Zonas Francas, de Tratamiento Especial Comercial y Zonas Especiales de Desarrollo - CONAFRAN. Artículo 2º.- Dejar sin efecto, a partir de la fecha, la Resolución Ministerial Nº 030-2000-ITINCI/DM, de fecha 28 de febrero del 2000, dándole las gracias al señor José Antonio Luna Bazo, por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAUL DIEZ CANSECO TERRY Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 29835 JUSTICIA Autorizan a instituciones funcionar como centros de conciliación con sede en la ciudad de Lima RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 211-2001-JUS Lima, 20 de agosto de 2001 Vista la solicitud presentada con Registro Nº 10191- 2001, de fecha 9 de mayo de 2001, de la asociación civil Centro de Conciliación Paz y Justicia G & D; CONSIDERANDO: Que la asociación Centro de Conciliación Paz y Justicia G & D, es una asociación civil sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la función conciliadora; Que la mencionada institución ha solicitado se le auto- rice para el funcionamiento como Centro de Conciliación denominado "PAZ PARA EL DESARROLLO", con sede en la ciudad de Lima; Que conforme obra del acta de Inspección Ocular de fecha 30 de julio de 2001, se realizó la constatación respec- tiva en las instalaciones e infraestructura física de su Centro de Conciliación; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Artículos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliación, y los Artículos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001- JUS, por lo que es procedente autorizarla para funcionar como Centro de Conciliación; Estando a lo opinado en el Informe Nº 777-2001-JUS/ DM-STC de la Secretaría Técnica de Conciliación, es perti- nente atender la solicitud de la asociación Centro de Con- ciliación Paz y Justicia G & D; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación, modifica- da por Ley Nº 27398 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS y Resolución Ministerial Nº 350-2000-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR a la asociación Centro de Conciliación Paz y Justicia G & D, a funcionar como Centro de Conciliación, denominado "PAZ PARA EL DESARRO- LLO", con sede en la ciudad de Lima. Artículo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicación de la Ley de Conciliación y su Reglamento, supervisará el correcto funcionamiento del Centro de Conciliación y apli- cará, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuer- do a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Viceministro de Justicia 29828 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 212-2001-JUS Lima, 20 de agosto de 2001Vista la solicitud de Registro Nº 11388, de fecha 23 de mayo de 2001, de la asociación Institución Promotora de Conciliación Arte y Paz I.P.CO.NA.PAZ; CONSIDERANDO: Que la asociación Institución Promotora de Concilia- ción Arte y Paz I.P.CO.NA.PAZ, es una asociación civil sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la función conciliadora; Que la mencionada institución ha solicitado se le auto- rice para el funcionamiento como Centro de Conciliación denominado Institución Promotora de Conciliación Arte y Paz - "I.P.CONAPAZ", con sede en la ciudad de Lima; Que conforme obra del acta de inspección ocular de fecha 20 de julio de 2001, se realizó la constatación respec- tiva en las instalaciones e infraestructura física de su Centro de Conciliación; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Artículos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliación, y los Artículos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla para funcionar como Centro de Conciliación; Estando a lo opinado en el Informe Nº 902-2001-JUS/ DM-STC de la Secretaría Técnica de Conciliación, es perti- nente atender la solicitud de la asociación Institución Promotora de Conciliación Arte y Paz I.P.CO.NA.PAZ; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación, modificada por Ley Nº 27398 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS y Resolución Ministerial Nº 350- 2000-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR a la asociación Institución Promotora de Conciliación Arte y Paz I.P.CO.NA.PAZ, a funcionar como Centro de Conciliación, denominado Ins- titución Promotora de Conciliación Arte y Paz - "I.P.CO- NAPAZ", con sede en la ciudad de Lima. Artículo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicación de la Ley de Conciliación y su Reglamento, supervisará el correcto funcionamiento del Centro de Conciliación y apli- cará, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuer- do a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Viceministro de Justicia 29829 P R E S Autorizan a procurador iniciar proce- sos judiciales a presuntos responsa- bles de irregularidades en la ejecución de obras contratadas por el INFES RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 294-2001-PRES Lima, 20 de agosto del 2001 Visto el Oficio Nº 499-2001-GG-PRES-INFES, del Ge- rente General del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 9 de diciembre de 1996, el Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES celebró con la firma AMVASA Contratistas Generales S.R.Ltda. el Contrato de Construcción de Obra a Suma Alzada, con el objeto de dotar de infraestructura educativa al C.E. Nº 88025 "Ramón Castilla", ubicado en el distrito de Coishco, provincia de Santa, departamento de Ancash, materia de la Licitación Pública Nº 113-96-PRES-INFES; Que, de conformidad con los términos y condiciones del Contrato de Obra a Suma Alzada, la firma contratista asumió la responsabilidad frente al INFES y/o terceros por las imperfecciones, vicios de obra, además de la destrucción