Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE AGOSTO DEL AÑO 2001 (30/08/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 1

DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALES Lima, jueves 30 de agosto de 2001 AÑO XIX - Nº 7739 Pág. 209331 Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe "AÑO DE LA CONMEMORACIÓN DE LOS 450 AÑOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS" CONGRESO DE LA REPÚBLICA RESOLUCIÓN LEGISLA TIVA DEL CONGRESO Nº 006-2001-CR CARLOS FERRERO PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Resolución siguiente: RESOLUCIÓN QUE MODIFICA EL TERCER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 34º DEL REGLAMENT O DEL CONGRESO Artículo único .- Objeto de la resolución Modifícase el tercer párrafo del Artículo 34º del Regla- mento del Congreso en los siguientes términos: "(...) En la conformación de las Comisiones se procura apli- car los principios de pluralidad, proporcionalidad y espe- cialidad en la materia. La distribución de los Congresistas en las mismas se racionaliza de modo que ningún Congre- sista pertenezca a más de cinco Comisiones ni menos de una, entre Ordinarias, de Investigación y Especiales de estudio y trabajo conjunto, exceptuando de esta regla a los miembros de la Mesa Directiva. Está exenta de esta regla la participación en Comisiones protocolares o ceremonia- les." Dada en el Palacio del Congreso, en Lima, a los vein- tinueve días del mes de agosto de dos mil uno. CARLOS FERRERO Presidente del Congreso de la República HENRY PEASE GARCÍA Primer Vicepresidente del Congreso de la República 30094 AGRICULTURA Autorizan a funcionaria de la Oficina General de Administración del Minis- terio a ausentarse del país RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0971-2001-AG Lima, 27 de agosto de 2001 VISTA: La solicitud del Director General de la Oficina General de Administración del Ministerio de Agricultura; y,CONSIDERANDO: Que, la señora Lic. MARIA ELENA SANCHEZ ZAM- BRANO, Directora de la Oficina de Logística de la Oficina General de Administración del Ministerio de Agricultura se ausentará del país del 28 de agosto al 2 de setiembre para atender asuntos de índole personal; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 048- 2001-PCM y 053-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la Sra. Lic. María Elena Sánchez Zambrano, Directora de la Oficina de Logística de la Oficina General de Administración del Ministerio de Agricultura, a ausentarse del país del 28 de agosto al 2 de setiembre de 2001, para atender asuntos de índole personal. Artículo 2º.- La presente Resolución no irrogará gas- tos al Tesoro Público, los que serán asumidos en su integridad por la funcionaria citada. Artículo 3º.- La presente Resolución no generará derecho a exoneración de tributos ni de derechos aduane- ros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 29970 ECONOMÍA Y FINANZAS Aprueban donación efectuada a favor de la Municipalidad Distrital de Ancón RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 416-2001-EF Lima, 29 de agosto de 2001 CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Ancón, provin- cia y departamento de Lima, por Acuerdo de Concejo Nº 079-2000/MDA de fecha 17 de noviembre de 2000 modificada por Acuerdo de Concejo Nº 089-2000 de fecha 18 de diciembre de 2000 aceptó la donación efec- tuada por Verband Der Heimkehrer Kriegsgefangenen - und Vermiâten - Angehörigen Deutschlands e.V. Ortsverband Kaufbeuren/Allgäu KREIS de Alemania consistente en diversos bienes; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Orde- nado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán grava- das con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impues- to General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificato- rias; y, Estando a lo acordado;