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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE AGOSTO DEL AÑO 2001 (30/08/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 3

Pág. 209333 NORMAS LEGALES Lima, jueves 30 de agosto de 2001 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 311-2001-EM/ VMM, de fecha 16 de julio de 2001, se autorizó al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Energía y Minas, para que en nombre y representación del Estado, formule la correspondiente denuncia penal y demás acciones legales pertinentes contra Guillermo Cantorín Moreno, Humberto Pinazo Bella, Claudio Pino Fosa y Luciano Torpoco Cerrón, por extracción de mineral no metálico sin derecho alguno en agravio del Estado; Que, las resoluciones administrativas que autorizan el inicio de acciones judiciales, tienen el carácter de inimpug- nables, por ser actos de administración y no actos adminis- trativos, toda vez que tienen por finalidad hacer funcionar la actividad del Sector Energía y Minas a través del ejercicio de la defensa judicial del Estado a cargo de la Procuraduría Pública, por lo que el recurso de reconside- ración interpuesto contra la referida Resolución deviene en inadmisible; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y en el Artículo 1º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar inadmisible el recurso de reconsideración interpuesto por Luciano Torpoco Cerrón contra la Resolución Ministerial Nº 311-2001-EM/VMM, de fecha 16 de julio de 2001, por el fundamento expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución. Regístrese y comuníquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 29979Designan representante ante el Con- sejo Nacional de Desarrollo de Fron- teras RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 400-2001-EM/SG Lima, 27 de agosto de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 057-2001-PCM, se creó el Consejo Nacional de Desarrollo de Fronteras, encargado de proponer la política de Estado en materia de desarrollo fronterizo y de promover, coordinar y evaluar su cumplimiento; Que, el Artículo 3º de dicha norma señala que el Consejo Nacional de Desarrollo de Fronteras estará presidido por el Ministro de Relaciones Exteriores o su representante, e integrado por un Viceministro de cada Sector del Poder Ejecutivo, quienes serán nom- brados por Resolución Ministerial del sector que repre- sentan; Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el conside- rando anterior, resulta necesario designar al represen- tante del Ministerio de Energía y Minas ante el Consejo Nacional de Desarrollo de Fronteras; De conformidad con lo establecido por el inciso f) del Artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas aprobado por Decreto Supremo Nº 027-93-EM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al Ing. Carlos Federico Garay- cochea Mejía, Viceministro de Energía del Ministerio de Energía y Minas como representante del Ministerio de Energía y Minas ante el Consejo Nacional de Desarrollo de Fronteras.