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Pág. 213260 NORMAS LEGALES Lima, sábado 1 de diciembre de 2001 Legislativa por el Congreso de la República del Perú. Firmado en la ciudad en Lima, (firmado) POR EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DEL PERU (firmado) POR EL CENTRO INTERNACIONAL DE LA PAPA 35528 LEY Nº 27566 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE AUT ORIZA TRANSFERENCIA DE P ARTIDAS EN EL PRESUPUEST O DEL SECT OR PÚBLICO DEL PLIEGO 067 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS A LOS PLIEGOS 011 MINISTERIO DE SALUD, 006 INSTITUT O NACIONAL DE DEFENSA CIVIL Y 341 PROGRAMA NACIONAL DE ASISTENCIA ALIMENT ARIA Artículo 1º .- Finalidad Autorízase una Transferencia de Partidas en el Pre- supuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2001, hasta por la suma de CUATRO MILLONES DOSCIEN- TOS SESENTA Y CUATRO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4 264 000,00), conforme al siguiente detalle: DE LA: SECCIÓN SEGUNDA :INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS PLIEGO 067 :Superintendencia Nacional de los Registros Pú- blicos UNIDAD EJECUTORA 014 :Oficina Registral Lima - Callao FUNCIÓN 03:Administración y Planeamiento PROGRAMA 003 :Administración SUBPROGRAMA 0010 :Registros ACTIVIDAD 00271 :Gestión Registral FTE. DE FTO. 09:Recursos Directamente Recaudados (En Nuevos Soles) CATEGORÍA DE GASTO 6. GASTOS DE CAPITAL 2 264 000,00 7. OTROS GASTOS DE CAPITAL 2 264 000,00 SUBTOTAL EGRESOS: 2 264 000,00 PROYECTO 00563 :Implementación del Sistema de Informática FTE. DE FTO. 09:Recursos Directamente Recaudados (En Nuevos Soles) CATEGORIA DE GASTO 6. GASTOS DE CAPITAL 2 000 000,00 5. INVERSIONES 2 000 000,00 SUBTOTAL EGRESOS : 2 000 000,00 TOTAL EGRESOS : 4 264 000.00A LA: SECCIÓN PRIMERA :GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 011 :Ministerio de Salud UNIDAD EJECUTORA 123 :Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud FUNCIÓN 14:Salud y Saneamiento PROGRAMA 064 :Salud Individual SUBPROGRAMA 0178 :Atención Médica Básica ACTIVIDAD 00667 :Seguro Materno Infantil FTE. DE FTO. 13:Donaciones y Transferencias (En Nuevos Soles) CATEGORÍA DE GASTO 5. GASTOS CORRIENTES 3 500 000,00 3. BIENES Y SERVICIOS 3 500 000,00 TOTAL EGRESOS 3 500 000,00 SECCIÓN SEGUNDA :INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS PLIEGO 006 :Instituto Nacional de Defensa Civil UNIDAD EJECUTORA 001 :INDECI - Instituto Nacional de Defensa Civil FUNCIÓN 07:Defensa y Seguridad Nacional PROGRAMA 024 :Defensa Contra Siniestros SUBPROGRAMA 0066 :Defensa Civil ACTIVIDAD 00164 :Coordinación del Sistema Nacional de Defensa Civil FTE. DE FTO. 13:Donaciones y Transferencias (En Nuevos Soles) CATEGORÍA DE GASTO 5. GASTOS CORRIENTES 264 000,00 3. BIENES Y SERVICIOS 264 000,00 TOTAL EGRESOS 264 000,00 SECCIÓN SEGUNDA :INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS PLIEGO 341 :Programa Nacional de Asistencia Alimentaria UNIDAD EJECUTORA 001 :Programa Nacional de Asistencia Alimentaria FUNCIÓN 05:Asistencia y Previsión Social PROGRAMA 013 :Asistencia Solidaria SUBPROGRAMA 0049 :Promoción y Asistencia Social ACTIVIDAD 00541 :Apoyo al Ciudadano, a la Familia y al Discapaci- tado FTE. DE FTO. 13:Donaciones y Transferencias (En Nuevos Soles) CATEGORÍA DE GASTO 5. GASTOS CORRIENTES 500 000.00 4. OTROS GASTOS CORRIENTES 500 000.00 TOTAL EGRESOS 500 000.00 Artículo 2º .- De la Transferencia Financiera de los Recursos Dentro de los 5 (cinco) días siguientes a la entrada en vigencia de la presente Ley, la Superintendencia Nacio- nal de los Registros Públicos transferirá los recursos financieros a cada uno de los Pliegos correspondientes por los montos a que se refiere el artículo precedente. Artículo 3º .- De la Obligación de desagregar la Transferencia de Partidas Los Pliegos comprendidos en el presente dispositivo desagregan en anexos, el detalle de los ingresos que correspondan a la Transferencia de Partidas dispuesta en el artículo precedente, al nivel de Categoría del Ingreso, Genérica del Ingreso, Subgenérica del Ingreso y Específica del Ingreso. Los citados anexos son remitidos a la Dirección Na- cional del Presupuesto Público dentro de los 5 (cinco) días siguientes de su aprobación. Artículo 4º .- De las Codificaciones La Oficina de Presupuesto de los Pliegos comprendidos en la presente transferencia de partidas, solicitarán a la Dirección Nacional de Presupuesto Público las codificacio- nes que se requieran como consecuencia de la incorpora- ción de nuevas Partidas de Ingresos, así como Componen- tes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Artículo 5º .- De las Notas de Modificación Presu- puestarias La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos instruyen a las Unidades Ejecutoras,