Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2001 (01/12/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, sabado 1 de diciembre de 2001 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, en la MORDAZA de MORDAZA D.C. Estados Unidos de Norteamerica, se realizara del 4 al 6 de diciembre del 2001, la Reunion de Comercio e Integracion del Banco Interamericano de Desarrollo - BID y diversas reuniones con el Representante Comercial de los Estados Unidos - USTR; Que, es conveniente autorizar la participacion de un representante del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales en dicha reunion; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Ley Nº 25831 y Decreto Supremo Nº 048-2001PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 053-2001PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del doctor MORDAZA Ferrero Diez-Canseco, Viceministro de Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales a la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de Norteamerica del 3 al 7 de diciembre del 2001, con el objeto de que participe en representacion del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, en las reuniones mencionadas en la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema, estaran a cargo del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 1,606.20 Viaticos US$ 880.00 Tarifa CORPAC US$ 25.00 Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales 35544

Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, las contrataciones para servicios personalisimos estan exoneradas de los procesos de seleccion de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa que les correspondan, procediendo su contratacion, mediante una Adjudicacion Directa de Menor Cuantia conforme a lo dispuesto por el Articulo 116º del Reglamento de Ley aprobado por D.S. Nº 0132001-PCM; Que, el Articulo 111º del Reglamento de la precitada MORDAZA, establece que son servicios personalisimos los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio; Que, mediante Memorandum Nº 412-A-2001-MITINCI/VMT/DNT-DEJCMT, adjunto al cual corre el requerimiento del senor Viceministro de Turismo, se solicita la contratacion de un estudio especializado para que elabore un proyecto de dispositivo legal para las modificaciones del regimen normativo de los Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas, que permitan superar la problematica que viene presentando la administracion de estos juegos a la fecha; Que, la Oficina General de Administracion ha propuesto la contratacion del Estudio Ferrero, para la prestacion de dicho servicio, Estudio que cuenta con un destacado grupo de trabajo constituido por profesionales en distintas materias, con capacidad, conocimiento y experiencia, para proporcionar el servicio requerido; De acuerdo con el Informe Nº 011-2001-MITINCI/SG/ OGA-OASA, de la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares, aprobado por la Oficina General de Administracion; y, el Informe Legal Nº 130-2001-MITINCI/SG-OAG, de la Oficina de Asesoria General del Ministerio que determina que es factible la calificacion de la causal de exoneracion prevista en el inciso h) del Articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; De conformidad con los Articulos 19º inciso h) y 20º de la Ley Nº 26850 - Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, Articulos 111º y 116º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y Decreto Ley Nº 25831; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar la contratacion del Estudio Ferrero como servicios personalisimos de conformidad con el inciso h) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM. Articulo 2º.- Exonerar del MORDAZA de Adjudicacion Directa, la contratacion del Estudio Ferrero con el objeto de que elabore un proyecto de dispositivo legal para modificar el regimen que regula la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas. Articulo 3º.- La contratacion a que se refiere el articulo anterior, sera realizada por la Oficina General de Administracion, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados de la Direccion Ejecutiva de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas. Articulo 4º.- La Oficina General de Administracion, remitira MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial, y de los Informes que sustentan esta exoneracion, a la Contraloria General de la Republica, dentro de los 10 dias calendario siguientes a la fecha de su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese.

Exoneran de MORDAZA de adjudicacion directa la contratacion de estudio juridico que elaborara proyecto para modificar regimen que regula explotacion de juegos de casino y maquinas tragamonedas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 271-2001-ITINCI/DM MORDAZA, 23 de noviembre de 2001 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el inciso h) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de

MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales 35363

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