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Pág. 213273 NORMAS LEGALES Lima, sábado 1 de diciembre de 2001 CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Washington D.C. Estados Uni- dos de Norteamérica, se realizará del 4 al 6 de diciembre del 2001, la Reunión de Comercio e Integración del Banco Interamericano de Desarrollo - BID y diversas reuniones con el Representante Comercial de los Esta- dos Unidos - USTR; Que, es conveniente autorizar la participación de un representante del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internaciona- les en dicha reunión; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Ley Nº 25831 y Decreto Supremo Nº 048-2001- PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 053-2001- PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del doctor Alfredo Ferrero Diez-Canseco, Viceministro de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales a la ciu- dad de Washington D.C., Estados Unidos de Nortea- mérica del 3 al 7 de diciembre del 2001, con el objeto de que participe en representación del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Co- merciales Internacionales, en las reuniones mencio- nadas en la parte considerativa de la presente Resolu- ción Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, estarán a cargo del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negocia- ciones Comerciales Internacionales, de acuerdo al si- guiente detalle: Pasajes US$ 1,606.20 Viáticos US$ 880.00 Tarifa CORPAC US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denomina- ción. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Industria, Turismo, Inte- gración y Negociaciones Comerciales Internacionales. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República RAUL DIEZ CANSECO TERRY Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 35544 Exoneran de proceso de adjudicación directa la contratación de estudio jurí- dico que elaborará proyecto para mo- dificar régimen que regula explotación de juegos de casino y máquinas traga- monedas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 271-2001-ITINCI/DM Lima, 23 de noviembre de 2001 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el inciso h) del Artículo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, las contrataciones para ser- vicios personalísimos están exoneradas de los procesos de selección de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa que les correspondan, procediendo su contratación, mediante una Adjudicación Directa de Menor Cuantía conforme a lo dispuesto por el Artículo 116º del Reglamento de Ley aprobado por D.S. Nº 013- 2001-PCM; Que, el Artículo 111º del Reglamento de la precitada norma, establece que son servicios personalísimos los contratos de locación de servicios celebrados con perso- nas naturales o jurídicas cuando para dicha contratación se haya tenido en cuenta como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus características inhe- rentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesión, ciencia, arte u oficio; Que, mediante Memorándum Nº 412-A-2001-MITIN- CI/VMT/DNT-DEJCMT, adjunto al cual corre el requeri- miento del señor Viceministro de Turismo, se solicita la contratación de un estudio especializado para que elabo- re un proyecto de dispositivo legal para las modifi- caciones del régimen normativo de los Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas, que permitan superar la problemática que viene presentando la administración de estos juegos a la fecha; Que, la Oficina General de Administración ha pro- puesto la contratación del Estudio Ferrero, para la prestación de dicho servicio, Estudio que cuenta con un destacado grupo de trabajo constituido por profesiona- les en distintas materias, con capacidad, conocimiento y experiencia, para proporcionar el servicio requerido; De acuerdo con el Informe Nº 011-2001-MITINCI/SG/ OGA-OASA, de la Oficina de Abastecimientos y Servi- cios Auxiliares, aprobado por la Oficina General de Administración; y, el Informe Legal Nº 130-2001-MITIN- CI/SG-OAG, de la Oficina de Asesoría General del Minis- terio que determina que es factible la calificación de la causal de exoneración prevista en el inciso h) del Artícu- lo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; De conformidad con los Artículos 19º inciso h) y 20º de la Ley Nº 26850 - Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, Artículos 111º y 116º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y Decreto Ley Nº 25831; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar la contratación del Estudio Ferrero como servicios personalísimos de conformidad con el inciso h) del Artículo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM. Artículo 2º.- Exonerar del proceso de Adjudicación Directa, la contratación del Estudio Ferrero con el objeto de que elabore un proyecto de dispositivo legal para modificar el régimen que regula la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas. Artículo 3º.- La contratación a que se refiere el artículo anterior, será realizada por la Oficina General de Administración, con cargo a la Fuente de Financia- miento Recursos Directamente Recaudados de la Direc- ción Ejecutiva de Juegos de Casino y Máquinas Traga- monedas. Artículo 4º.- La Oficina General de Administración, remitirá copia de la presente Resolución Ministerial, y de los Informes que sustentan esta exoneración, a la Contraloría General de la República, dentro de los 10 días calendario siguientes a la fecha de su expedición. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAUL DIEZ CANSECO TERRY Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 35363