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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2001 (03/12/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 22

Pág. 213344 NORMAS LEGALES Lima, lunes 3 de diciembre de 2001 SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES Aprueban transferencia patrimonial del Parque Turístico Nacional Laguna de Quistococha a favor del CTAR Loreto RESOLUCIÓN Nº 352-2001/SBN La Molina, 16 de noviembre de 2001 Visto el Expediente Nº 01899-2000, mediante el cual el Ministerio de Agricultura solicita la aprobación de la transferencia patrimonial intersectorial del inmueble de su propiedad denominado Parque Turístico Nacional Laguna de Quistococha, ubicado en el sector Quistococha, distrito de Iquitos, provincia de Maynas, departamento de Loreto, a favor del Consejo Transitorio de Administración Regional Loreto - CTAR Loreto; y, CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Agricultura es propietario del inmueble de 369,00 ha. - Unidad Catastral Nº 31248, del denominado Parque Turístico Nacional Laguna de Quistococha, ubicado en el Sector Quistococha, distrito de Iquitos, provincia de Maynas, departamento de Loreto, inscrito en la Ficha Nº 35609 del Registro de la Propiedad Inmueble de Iquitos a su favor y registrado en el Asiento Nº 279 del Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP; Que, el Consejo Transitorio de Administración Regional Loreto - CTAR Loreto, mediante Oficio Nº 383-99-CTAR-L-P, reitera al Ministerio de Agricultura la solicitud de transferencia del inmueble antes descrito a su favor, el que mediante Oficio Nº 879-2000-AG-SEGMA, otorga su conformidad, teniendo en consideración que el citado inmueble no se encuentra sujeto a las normas de la Ley de Areas Naturales Protegidas, establecidas por Ley Nº 26834; Que, por Oficio Nº 1280-2000-CTAR-L-GRA, el Consejo Transitorio de Administración Regional - CTAR Loreto remitió el Informe de disponibilidad presupuestal asignado al Parque Turístico Nacional Laguna de Quistococha; Que, mediante Oficio Nº 1647-99-MITINCI-VMT-DNT, la Dirección Nacional de Turismo del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales señala que se encuentra vigente la declaración de la Laguna de Quistococha como Zona de Reserva Turística Nacional en la clasificación de Parque Turístico Nacional, por lo que, cualquier intervención o acción que altere el estado normal de dicha área se efectuará previa opinión favorable del Sector Turismo; Que, la Dirección de Apoyo Técnico de la Superintendencia de Bienes Nacionales, mediante Informe Nº 239-2000/SBN-DAT, ha constatado que el predio antes descrito, está constituido por el denominado Parque Turístico Nacional Laguna de Quistococha, el que se encuentra administrado a la fecha por el Consejo Transitorio de Administración Regional Loreto; Que, conforme a lo dispuesto por el Artículo 17º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, concordado con el Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001, las transferencias patrimoniales prediales entre entidades públicas se aprueban por Resolución de la Superintendencia de Bienes Nacionales; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, modificado por Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto de Urgencia Nº 071-2001 y Decreto Supremo Nº 154-2001-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia patrimonial del inmueble de 369,00 ha. de propiedad del Ministerio de Agricultura denominado Parque Turístico Nacional Laguna de Quistococha, ubicado en el sector Quistococha, distrito de Iquitos, provincia de Maynas, departamento de Loreto, inscrito en la Ficha Nº 35609 del Registro de la Propiedad Inmueble de Iquitos, a favor del Consejo Transitorio de Administración Regional Loreto - CTAR Loreto, quien se encargará de su mantenimiento y administración por constituir un centro de recreación y esparcimiento de la Amazonía peruana. Artículo 2º.- La Oficina Registral Regional Loreto de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, porel mérito de la presente Resolución de la Superintendencia de Bienes Nacionales inscribirá la transferencia en el Registro de la Propiedad Inmueble de Iquitos. Regístrese y comuníquese. AIDA AMEZAGA MENENDEZ Superintendente de Bienes Nacionales 35482 Aprueban transferencia de diversos inmuebles en calidad de aporte de capital del Estado a favor de SERPOST S.A. RESOLUCIÓN Nº 329-2001/SBN La Molina, 24 de setiembre del 2001 Visto el Expediente Nº 10043-2000, mediante el cual el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, solicita la transferencia en calidad de aporte de capital del Estado, a favor de la empresa de Servicios Postales del Perú S.A. - SERPOST S.A., del inmueble ubicado en el pasaje Diez Nº 200 de la urbanización Andrés Araujo, distrito, provincia y departamento de Tumbes; CONSIDERANDO: Que, mediante el Artículo 10º del Decreto Legislativo Nº 685, se creó la empresa de Servicios Postales del Perú Sociedad Anónima - SERPOST S.A. como una persona jurídica de derecho privado regida por la Ley de la Actividad Empresarial del Estado, cuyo patrimonio está conformado, entre otros, por los bienes inmuebles de la Dirección General de Correos que serán aportados a su capital por el Estado; Que, el Ministerio de Transportes, Comunicaciones Vivienda y Construcción mediante el Oficio Nº 839-2000-MTC/ 15.12, ha solicitado la transferencia del inmueble ubicado en el pasaje Diez Nº 200 de la urbanización Andrés Araujo, distrito, provincia y departamento de Tumbes, en calidad de aporte de capital a favor de la Empresa de Servicios Postales del Perú Sociedad Anónima - SERPOST S.A.; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 24-94-MTC, se expidió la Resolución Ministerial Nº 213-2001-MTC/15.03, de fecha 25 de mayo del 2001, expedida conforme al Decreto Legislativo Nº 685 con la relación de un inmueble de la Dirección General de Correos a ser transferido como aporte del Estado al capital social de SERPOST S.A.; Que, la Dirección de Margesí y Acciones Registrales de la Superintendencia de Bienes Nacionales ha informado que el predio submateria se encuentra debidamente inscrito a favor del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción en la Ficha Nº 000737 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral Regional - Región Grau; Que, mediante Tasación Nº 181-2001/SBN-DIN de fecha 30 de marzo del 2001, la Dirección de Ingenieria de la Superintendencia de Bienes Nacionales ha determinado el valor del predio en la suma de US$ 7 059,15 o su equivalente de S/. 24 848,21; Que, en aplicación de lo dispuesto por el Artículo 4º del Decreto Ley Nº 18806 modificado por el Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001, el Poder Ejecutivo podrá aprobar a favor de las Empresas del Estado, las transferencias de bienes en propiedad necesarios para el desarrollo de sus actividades comerciales e industriales, como aporte de capital por su valor de tasación, a través de una Resolución de Superintendencia de Bienes Nacionales; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 685, Decreto Ley Nº 18806 modificado por Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Decreto Ley Nº 25556, modificado por Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395 y Decreto Supremo Nº 154-2001-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia en calidad de aporte de capital del Estado, a favor de la Empresa de Servicios Postales del Perú Sociedad Anónima - SERPOST S.A., del inmueble ubicado en el pasaje Diez Nº 200 de la urbanización Andrés Araujo, distrito, provincia y departamento de Tumbes, cuyo