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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2001 (14/12/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 9

Pág. 213879 NORMAS LEGALES Lima, viernes 14 de diciembre de 2001 sustituya o por un plazo que no podrá exceder de 45 días calendario; Que, estando próximo a vencerse el plazo señalado, las referidas empresas han requerido una prórroga a la autorización otorgada al Ministerio de Economía y Finan- zas, teniendo en cuenta que si bien actualmente es posi- ble contratar la nueva Cláusula AVN 52 F, el monto máximo de la misma no cubriría suficientemente los montos reque- ridos, por lo que es necesario continuar garantizando la prestación de los servicios públicos de transporte aéreo; De conformidad con el numeral 19 del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA: Artículo 1º.- OBJETO Autorícese al Ministerio de Economía y Finanzas a ga- rantizar a la Corporación Peruana de Aeropuertos y Avia- ción Comercial S.A. - CORPAC S.A. y Lima Airport Part- ners S.R.L., los montos no cubiertos por las Pólizas de Responsabilidad Civil disponibles en el mercado para co- bertura por el riesgo a que se contrae la Cláusula AVN 52 C o la que la sustituya, en los mismos porcentajes estable- cidos en los Artículos 1º y 2º del Decreto de Urgencia Nº 113-2001. Artículo 2º.- PLAZO La garantía autorizada en el artículo precedente regirá hasta que CORPAC S.A. y Lima Airport Partners S.R.L. logren contratar los montos que cubran adecuadamente los riesgos previstos en la Cláusula AVN 52 C o la que la sustituya, o por un plazo que no podrá exceder los ciento ochenta días calendario contados a partir de la vigencia de la presente norma, lo que ocurra primero. Artículo 3º.- OBLIGACIÓN DE LAS EMPRESAS Las empresas deberán contratar las pólizas que cubran total o parcialmente los riesgos a que se contrae la Cláu- sula AVN 52 C, que estén disponibles en el mercado de seguros como requisito para que opere la garantía autori- zada en el Artículo 1º de la presente norma. Artículo 4º.- REFRENDO El presente Decreto de Urgencia será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Eco- nomía y Finanzas y el Ministro de Transportes, Comunica- ciones, Vivienda y Construcción. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de diciembre del año dos mil uno. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas LUIS CHANG REYES Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 36350 P C M Autorizan viaje de Presidenta del OSI- TRAN a Colombia para participar en evento de la Comisión Latinoamerica- na de Aviación Civil RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 646-2001-PCM Lima, 13 de diciembre de 2001 Visto el Oficio Nº 076-01-SG-OSITRAN, de la Secretaría General del Organismo Supervisor de la Inversión en Infra- estructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN; y, CONSIDERANDO: Que, la Comisión Latinoamericana de Aviación Civil ha cursado invitación a ese organismo para que participe enla primera reunión del "Comité Post-Coloquio" a llevarse a cabo en la ciudad de Bogotá, Colombia, el día 14 de di- ciembre del presente año; Que, es pertinente autorizar el viaje de la Presidenta del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN, con la finalidad de que participe en la citada reunión; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM modificado por el Decreto Supremo Nº 053- 2001-PCM, y el Decreto Supremo Nº 004-2000-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora Leonie Roca Voto-Bernales, Presidenta del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Públi- co -OSITRAN- a la ciudad de Bogotá, Colombia, del 13 al 14 de diciembre de 2001, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución serán con cargo al Presupuesto del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN, de acuerdo al siguiente detalle: Sra. Leonie Roca Voto-Bernales - Pasaje aéreo US$441.62 - Viático US$400.00 - Tarifa Corpac US$25.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario designado deberá presentar a la Institución un Informe detallado, des- cribiendo las acciones realizadas durante el viaje autoriza- do, conjuntamente con la entrega de la rendición de cuen- tas correspondiente a los viáticos entregados. Artículo 4º.- El cumplimiento de la presente Resolu- ción, no otorgará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros 36354 Autorizan viaje del Presidente de OSIPTEL a Suiza para participar en evento de la Unión Internacional de Telecomunicaciones RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 647-2001-PCM Lima, 13 de diciembre de 2001 Visto la Carta Nº 536-SG/2001 del Secretario General (e) del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL; CONSIDERANDO: Que el Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, ha sido invitado para parti- cipar como Expositor en el Simposio Mundial para Organis- mos Reguladores, organizado por la Oficina de Desarrollo de las Telecomunicaciones (BDT) de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), a desarrollarse en la ciudad de Ginebra, Suiza, del 3 al 5 de diciembre del 2001; Que asimismo, el Organismo Supervisor de la Inver- sión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL ha sido invitado a participar en el Simposio UIT/OMPI sobre nom- bres de dominio plurilingües, organizado por la Secretaría General de la Unión Internacional de Telecomunicaciones - UIT, a desarrollarse en la ciudad citada en el párrafo pre- cedente del 6 al 7 de diciembre del 2001; Que los temas a tratar en ambos Simposios forman parte de la Agenda crítica del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, por