Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2001 (14/12/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, viernes 14 de diciembre de 2001

NORMAS LEGALES
EGRESOS Egresos Corrientes Egresos de Capital Servicio de la Deuda Saldo TOTAL EGRESOS

Pag. 213881
(EN NUEVOS SOLES) 1 624 479 197 424 974 235 38 531 578 346 772 662 -------------------2 434 757 672 ===========

Anexo Politica Remunerativa Empresa Minera Regional Grau Bayovar S.A. Las remuneraciones mensuales maximas por todo concepto seran las siguientes:
Categorias Gerente General Profesionales Tecnicos o Asistentes Operadores o Auxiliares Monto MORDAZA (S/.) 6 500,00 3 500,00 1 700,00 900,00

El numero de remuneraciones no excedera de 14 al ano, incluyendo las gratificaciones de ley. 36327

Articulo 2º.- El desagregado a nivel de Empresa Municipal y Entidad del Presupuesto aprobado en el articulo precedente, se detalla en los Anexos que forman parte de la presente MORDAZA legal, de acuerdo a lo siguiente: Descripcion Ingresos por Categoria del Ingreso Egresos por Categoria del Gasto Anexo Anexo Nº 01 Anexo Nº 02

Aprueban el Presupuesto de Ingresos y Egresos para el Ano Fiscal 2002 de Empresas Municipales y Entidades Reguladoras, Supervisoras, Fondos, Administradoras de Recursos y otras Entidades de Servicio
DECRETO SUPREMO Nº 231-2001-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Articulo 21º de la Ley Nº 27209 -Ley de Gestion Presupuestaria del Estado- establece que las entidades que conforman la actividad empresarial del Estado asi como las empresas pertenecientes a los Gobiernos Locales deben programar y formular sus respectivos presupuestos en base a las directivas que emita el Ministerio de Economia y Finanzas; Que, el Articulo 16º del Decreto de Urgencia Nº 035-2001, senala que las entidades del Sector Publico cuyo presupuesto no forme parte del Presupuesto General de la Republica, deben aprobar este a mas tardar el 15 de diciembre del ano previo a su entrada en vigencia, por el organo correspondiente establecido en las normas vigentes; Que, el Articulo 22º de la Ley Nº 27573 -Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2002- precisa que mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, se aprobara el Presupuesto Consolidado y se dictara las normas de gestion del MORDAZA presupuestario, suscripcion de convenios de gestion, politica remunerativa y otras medidas que se requieran para el mejor desempeno durante el ano fiscal 2002 de las Entidades Reguladoras, Supervisoras, Administradoras de Recursos, Fondos y Otras Entidades de Servicio contenidas en el citado articulo; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 029-2001-EF/76.01 se aprobo la Directiva Nº 008-2001-EF/76.01 que regula el MORDAZA de programacion correspondiente al ano 2002 de los presupuestos de las empresas municipales y de las entidades senaladas en el Articulo 22º de la Ley Nº 27573 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2002; Que, habiendose culminado el MORDAZA de programacion MORDAZA mencionado, es indispensable dictar medidas que les permita a las citadas entidades aprobar sus Presupuestos Institucionales para el Ano Fiscal 2002; De conformidad con el numeral 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, el Articulo 22º de la Ley Nº 27573, el Articulo 21º de la Ley Nº 27209 y el Decreto de Urgencia Nº 035-2001; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebase el Presupuesto de Ingresos y Egresos para el Ano Fiscal 2002, de las Empresas Municipales y Entidades comprendidas en el Articulo 22º de la Ley Nº 27573 -Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2002de acuerdo a la estructura y montos siguientes: (EN NUEVOS SOLES) INGRESOS Ingresos Corrientes Ingresos de Capital Transferencias Financiamiento TOTAL INGRESOS 1 984 700 819 708 328 13 450 223 435 898 302 -------------------2 434 757 672 ===========

Articulo 3º.- Los Titulares de las Empresas Municipales y Entidades comprendidas en la presente MORDAZA legal, aprueban mediante Resolucion el Presupuesto Institucional de Apertura para el Ano Fiscal 2002, en un plazo que no excedera los cinco (5) dias de aprobado el presente Decreto Supremo. Para tal efecto, la Direccion Nacional del Presupuesto Publico remite a las citadas empresas y entidades el desagregado de los Ingresos y Egresos, a nivel de Categoria del Ingreso y de Categoria del Gasto, mediante un Reporte denominado "Aprobacion Institucional del Presupuesto para el ano 2002". MORDAZA de la Resolucion a que se hace referencia en el primer parrafo, asi como de los Formatos y Anexos establecidos para tal fin en la Directiva para el MORDAZA Presupuestario de las Entidades Reguladoras, Supervisoras, Administradoras de Recursos, Fondos, Empresas Municipales y Otras Entidades de Servicios para el ano fiscal 2002, se remiten dentro de los cinco (5) dias siguientes de aprobada, a la Comision de Presupuesto y Cuenta General de la Republica, a la Contraloria General de la Republica y a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico. Articulo 4º.- La mayor captacion u obtencion de recursos que se perciban durante el periodo de ejecucion presupuestaria del ano fiscal 2002, asi como la creacion, fusion o formalizacion de nuevas Entidades o Empresas Municipales respecto a las consideradas en la presente MORDAZA legal, podra modificar el nivel del Presupuesto de los Ingresos y Egresos aprobado en el Articulo 1º del presente dispositivo legal, de acuerdo con los procedimientos establecidos en la Directiva para el MORDAZA Presupuestario de las Entidades Reguladoras, Supervisoras, Administradoras de Recursos, Fondos, Empresas Municipales y Otras Entidades de Servicios para el ano fiscal 2002. La modificacion MORDAZA referida se efectua en periodos trimestrales mediante Resolucion del Ministro de Economia y Finanzas. Articulo 5º.- Para la aplicacion de las modalidades de contratacion y adquisicion establecidas en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, los topes maximos totales para cada Empresa Municipal y Entidad a que se refiere el Articulo 9º del Reglamento de la citada MORDAZA aprobado con Decreto Supremo Nº 013-2001PCM, de acuerdo a su categoria, seran los siguientes:
- Para la Adquisicion de Bienes y Suministros Categoria A B C (En Nuevos Soles) Adjudicacion Directa Licitacion Publica Hasta 750 000 Hasta 500 000 Hasta 350 000 Mas de 750 000 Mas de 500 000 Mas de 350 000

- Para la Contratacion de Servicios y Consultorias Categoria A ByC (En Nuevos Soles) Adjudicacion Directa Concurso Publico Hasta 250 000 Hasta 150 000 Mas de 250 000 Mas de 150 000

- Para la Contratacion de Obras (En Nuevos Soles) Adjudicacion Directa Licitacion Publica Hasta 900 000 Mas de 900 000

Categoria A, B y C

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