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Pág. 214666 NORMAS LEGALES Lima, sábado 29 de diciembre de 2001 4601.91.00.00 --De materia vegetal 12 4601.99.00.00 --Los demás 12 46.02 Artículos de cestería obtenidos directamente en su forma con materia trenzable o confeccionados con artículos de la partida 46.01; manufacturas de esponja vegetal (paste o «lufa»). 4602.10.00.00 -De materia vegetal 12 4602.90.00.00 -Los demás 12 S e c c i ó n X PASTA DE MADERA O DE LAS DEMAS MATERIAS FIBROSAS CELULOSICAS; PAPEL O CARTON PARA RECICLAR (DESPERDICIOS Y DESECHOS); PAPEL O CARTON Y SUS APLICACIONES Capítulo 47 Pasta de madera o de las demás materias fibrosas celulósicas; papel o cartón para reciclar (desperdicios y desechos) Nota. 1. En la partida 47.02, se entiende por pasta química de madera para disolver la pasta química cuya fracción de pasta insoluble después de una hora en una disolución al 18% de hidróxido de sodio (NaOH) a 20°C, sea superior o igual al 92% en peso en la pasta de madera a la sosa (soda) o al sulfato o superior o igual al 88% en peso en la pasta de madera al sulfito, siempre que en este último caso el contenido de cenizas sea inferior o igual al 0,15% en peso. Código Designación de la Mercancía A/V 4701.00.00.00 Pasta mecánica de madera. 12 4702.00.00.00 Pasta química de madera para disolver. 4 47.03 Pasta química de madera a la sosa (soda) o al sulfato, excepto la pasta para disolver. -Cruda: 4703.11.00.00 --De coníferas 12 4703.19.00.00 --Distinta de la de coníferas 12 -Semiblanqueada o blanqueada: 4703.21.00.00 --De coníferas 4 4703.29.00.00 --Distinta de la de coníferas 4 47.04 Pasta química de madera al sulfito, excepto la pasta para disolver. -Cruda: 4704.11.00.00 --De coníferas 4 4704.19.00.00 --Distinta de la de coníferas 4 -Semiblanqueada o blanqueada: 4704.21.00.00 --De coníferas 4 4704.29.00.00 --Distinta de la de coníferas 4 4705.00.00.00 Pasta de madera obtenida por la combinación de tratamientos mecánico y químico. 12 47.06 Pasta de fibras obtenidas de papel o cartón reciclado (desperdicios y desechos) o de las demás materias fibrosas celulósicas. 4706.10.00.00 -Pasta de línter de algodón 4 4706.20.00.00 -Pasta de fibras obtenidas de papel o cartón reciclado (desperdicios y desechos) 12 -Las demás: 4706.91.00.00 --Mecánicas 4 4706.92.00.00 --Químicas 12 4706.93.00.00 --Semiquímicas 4 47.07 Papel o cartón para reciclar (desperdicios y desechos). 4707.10.00.00 -Papel o cartón Kraft crudo o papel o cartón corrugado 12 4707.20.00.00 -Los demás papeles o cartones obtenidos principalmente a partir de pasta química blanqueada sin colorear en la masa 4 4707.30.00.00 -Papel o cartón obtenido principalmente a partir de pasta mecánica (por ejemplo: diarios, periódicos e impresos similares) 12 4707.90.00.00 -Los demás, incluidos los desperdicios y desechos sin clasificar 12 Capítulo 48 Papel y cartón; manufacturas de pasta de celulosa, de papel o cartón Notas. 1. En este Capítulo, salvo disposición en contrario, toda referencia a papel incluye también al cartón, sin que se tenga en cuenta el espesor o el peso por m2. 2. Este Capítulo no comprende: a) los artículos del Capítulo 30; b) las hojas para el marcado a fuego de la partida 32.12; c) los papeles perfumados y los papeles impregnados o recubiertos de cosméticos (Capítulo 33); d) el papel y la guata de celulosa impregnados, recubiertos o revestidos de jabón o de detergentes (partida 34.01), o de cremas, encáusticos, abrillantadores (lustres) o preparaciones similares (partida 34.05); e) el papel y cartón sensibilizados de las partidas 37.01 a 37.04; f) el papel impregnado con reactivos de diagnóstico o de laboratorio (partida 38.22); g) el plástico estratificado con papel o cartón, los productos constituidos por una capa de papel o cartón recubiertos o revestidos de una capa de plástico cuando el espesor de este último sea superior a la mitad del espesor total, y las manufacturas de estas materias, excepto los revestimientos para paredes de la partida 48.14 (Capítulo 39); h) los artículos de la partida 42.02 (por ejemplo: artículos de viaje); ij) los artículos del Capítulo 46 (manufacturas de espartería o cestería); k) los hilados de papel y los artículos textiles de hilados de papel (Sección XI); l) los artículos de los Capítulos 64 ó 65;Código Designación de la Mercancía A/V