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Pág. 214663 NORMAS LEGALES Lima, sábado 29 de diciembre de 2001 c) las virutas y astillas de madera ni la madera molida o pulverizada, de las especies utilizadas principalmente como tintóreas o curtientes (partida 14.04); d) el carbón activado (partida 38.02); e) los artículos de la partida 42.02; f) las manufacturas del Capítulo 46; g) el calzado y sus partes, del Capítulo 64; h) los artículos del Capítulo 66 (por ejemplo: paraguas, bastones y sus partes); ij) las manufacturas de la partida 68.08; k) la bisutería de la partida 71.17; l) los artículos de las Secciones XVI o XVII (por ejemplo: partes de máquinas, cajas, cubiertas o armarios para máquinas y aparatos y partes de carretería); m) los artículos de la Sección XVIII (por ejemplo: cajas y envolturas similares de aparatos de relojería y los instrumentos musicales y sus partes); n) las partes de armas (partida 93.05); o) los artículos del Capítulo 94 (por ejemplo: muebles, aparatos de alumbrado, construcciones prefabricadas); p) los artículos del Capítulo 95 (por ejemplo: juguetes, juegos, artefactos deportivos); q) los artículos del Capítulo 96 (por ejemplo: pipas y partes de pipas, botones, lápices), excepto los mangos y monturas, de madera, para artículos de la partida 96.03; r) los artículos del Capítulo 97 (por ejemplo: objetos de arte). 2. En este Capítulo, se entiende por madera densificada , la madera, incluso la chapada, que haya recibido un tratamiento químico o físico (en la madera chapada, éste debe ser más intenso que el necesario para asegurar la cohesión) de tal naturaleza que produzca un aumento sensible de la densidad o de la dureza, así como una mayor resistencia a los efectos mecánicos, químicos o eléctricos. 3. En las partidas 44.14 a 44.21, los artículos de tableros de partículas o tableros similares, de tableros de fibra, de madera estratificada o de madera densificada, se asimilan a los artículos correspondientes de madera. 4. Los productos de las partidas 44.10, 44.11 ó 44.12 pueden estar trabajados para obtener los perfiles admitidos en la madera de la partida 44.09, curvados, ondulados, perforados, cortados u obtenidos en forma distinta de la cuadrada o rectangular o trabajados de otro modo, siempre que estos trabajos no les confieran las características de artículos de otras partidas. 5. La partida 44.17 no comprende las herramientas cuya hoja, cuchilla, superficie u otra parte operante esté constituida por alguna de las materias mencionadas en la Nota 1 del Capítulo 82. 6. Sin perjuicio de lo dispuesto en la Nota 1 anterior y salvo disposición en contrario, cualquier referencia a madera en un texto de partida de este Capítulo se aplica también al bambú y demás materias de naturaleza leñosa. Nota de subpartida. 1. En las subpartidas 4403.41 a 4403.49, 4407.24 a 4407.29, 4408.31 a 4408.39 y 4412.13 a 4412.99, se entiende por maderas tropicales las siguientes: «Abura, Acajou d’Afrique, Afrormosia, Ako, Alan, Andiroba, Aningré, Avodiré, Azobé, Balau, Balsa, Bossé clair, Bossé foncé, Cativo, Cedro, Dabema, Dark Red Meranti, Dibétou, Doussié, Framiré, Freijo, Fromager, Fuma, Geronggang, Ilomba, Imbuia, Ipé, Iroko, Jaboty, Jelutong, Jequitiba, Jongkong, Kapur, Kempas, Keruing, Kosipo, Kotibé, Koto, Light Red Meranti, Limba, Louro, Maçaranduba, Mahogany, Makoré, Mandioqueira, Mansonia, Mengkulang, Meranti Bakau, Merawan, Merbau, Merpauh, Mersawa, Moabi, Niangon, Nyatoh, Obeche, Okoumé, Onzabili, Orey, Ovengkol, Ozigo, Padauk, Paldao, Palissandre de Guatema- la, Palissandre de Para, Palissandre de Rio, Palissandre de Rose, Pau Amarelo, Pau Marfim, Pulai, Punah, Quaruba, Ramin, Sapelli, Saqui-Saqui, Sepetir, Sipo, Sucupira, Suren, Tauari, Teak, Tiama, Tola, Virola, White Lauan, White Meranti, White Seraya, Yellow Meranti». Código Designación de la Mercancía A/V 44.01 Leña; madera en plaquitas o partículas; aserrín, desperdicios y desechos, de madera, incluso aglomerados en leños, briquetas, bolitas o formas similares. 4401.10.00.00 -Leña 12 -Madera en plaquitas o partículas: 4401.21.00.00 --De coníferas 12 4401.22.00.00 --Distinta de la de coníferas 12 4401.30.00.00 -Aserrín, desperdicios y desechos, de madera, incluso aglomerados en leños, briquetas, bolitas o formas similares 12 4402.00.00.00 Carbón vegetal (comprendido el de cáscaras o de huesos [carozos] de frutos), incluso aglomerado. 12 44.03 Madera en bruto, incluso descortezada, desalburada o escuadrada. 4403.10.00.00 -Tratada con pintura, creosota u otros agentes de conservación 12 4403.20.00.00 -Las demás, de coníferas 12 -Las demás, de las maderas tropicales citadas en la Nota de subpartida 1 de este Capítulo: 4403.41.00.00 --Dark Red Meranti, Light Red Meranti y Meranti Bakau 12 4403.49.00.00 --Las demás 12 -Las demás: 4403.91.00.00 --De encina, roble, alcornoque y demás belloteros ( Quercus spp. ) 12 4403.92.00.00 --De haya ( Fagus spp. ) 12 4403.99.00.00 --Las demás 12 44.04 Flejes de madera; rodrigones hendidos; estacas y estaquillas de madera, apuntadas, sin aserrar longitudinalmente; madera simplemente desbastada o redondeada, pero sin tornear, curvar ni trabajar de otro modo, para bastones, paraguas, mangos de herramientas o similares; madera en tablillas, láminas, cintas o similares. 4404.10.00.00 -De coníferas 12 4404.20.00.00 -Distinta de la de coníferas 12 4405.00.00.00 Lana de madera; harina de madera. 12 44.06 Traviesas (durmientes) de madera para vías férreas o similares. 4406.10.00.00 -Sin impregnar 12 4406.90.00.00 -Las demás 12 44.07 Madera aserrada o desbastada longitudinalmente, cortada o desenrollada, incluso cepillada, lijada o unida por los extremos, de espesor superior a 6 mm. 4407.10 -De coníferas: 4407.10.10.00 --Tablillas para fabricación de lápices 4 4407.10.90.00 --Las demás 12 -De las maderas tropicales citadas en la Nota de subpartida 1 de este Capítulo: 4407.24.00.00 --Virola, Mahogany ( Swietenia spp. ), Imbuia y Balsa 12 4407.25.00.00 --Dark Red Meranti, Light Red Meranti y Meranti Bakau 12 4407.26.00.00 --White Lauan, White Meranti, White Seraya, Yellow Meranti y Alan 12 4407.29.00.00 --Las demás 12 -Las demás: 4407.91.00.00 --De encina, roble, alcornoque y demás belloteros ( Quercus spp. ) 12